La tarjeta de operación habilita a un taxi, bus o vehículo de servicio especial para prestar el servicio público de transporte en Colombia. La expide la autoridad de transporte (secretaría de movilidad o Ministerio de Transporte, según la modalidad) a solicitud de la empresa. Dura 1 año en taxis y 2 en las demás modalidades; sin ella, el vehículo puede ser inmovilizado.
Si conduce un taxi o cualquier vehículo de servicio público y necesita tramitar o renovar la tarjeta de operación, aquí están los pasos, los documentos que exige el Decreto 1079 de 2015 y los plazos que corren para usted y para la empresa.

¿Qué es la tarjeta de operación y quién la necesita?
La tarjeta de operación es el permiso que autoriza un vehículo específico para prestar el servicio público de transporte terrestre en una modalidad determinada. No basta con tener el vehículo a nombre propio ni tener el SOAT vigente: sin esta tarjeta, el servicio es ilegal.
Están obligados a tramitarla los propietarios de:
- Taxis (servicio individual dentro del municipio, distrito o área metropolitana): vigencia de 1 año
- Buses, busetas y microbuses de transporte colectivo urbano, distrital o metropolitano: 2 años
- Vehículos de pasajeros por carretera (intermunicipales): 2 años
- Vehículos de transporte mixto (pasajeros y carga, típicos de zonas rurales): 2 años
- Vehículos de servicio especial: escolar, empresarial, turismo, salud y grupos específicos de usuarios: 2 años
Los vehículos de uso particular nunca necesitan tarjeta de operación. Tampoco los camiones de transporte de carga: la tarjeta se suprimió para la carga en 1997 (Decreto 988) y el régimen de carga del Decreto 1079 de 2015 no la exige; lo que se controla ahí es el manifiesto electrónico de carga de cada viaje.
Marco legal que regula la tarjeta de operación
La tarjeta de operación se basa en el sistema de habilitación del transporte público establecido por la Ley 336 de 1996 (Estatuto Nacional del Transporte). Ningún particular puede prestar el servicio público de transporte sin que la autoridad competente haya habilitado tanto a la empresa como al vehículo.
Las normas que rigen directamente el trámite son:
- Decreto 1079 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte), que compiló los decretos de 2001 por modalidad: colectivo (Decreto 170), carretera (171), taxi (172) y mixto (175)
- Artículos 2.2.1.3.8.1 a 2.2.1.3.8.8 del Decreto 1079: definición, vigencia, requisitos y obligaciones de la tarjeta para taxis
- Circular 20224000587281 de 2022 del Ministerio de Transporte: portar la tarjeta puede ser en físico o mostrando la información registrada en el RUNT
Operar sin tarjeta vigente expone el vehículo a la inmovilización (artículo 49 de la Ley 336 de 1996), con el costo de grúa y patios. Si la tarjeta está vencida, las autoridades de tránsito pueden retenerla y remitirla a la autoridad que la expidió para abrir la investigación (artículo 2.2.1.3.8.8 del Decreto 1079).
Documentos necesarios para tramitar la tarjeta de operación
| Documento | Observación |
|---|---|
| Fotocopia de la licencia de tránsito | La tarjeta de propiedad del vehículo, con servicio público. |
| RTM (revisión técnico-mecánica) vigente | Expedida por un CDA. No se exige a los vehículos último modelo. |
| SOAT vigente | El SOAT para taxis tiene tarifa diferente al particular. |
| Pólizas de responsabilidad civil | Certificación de la aseguradora de que el vehículo está amparado en las pólizas contractual y extracontractual de la empresa. |
| Certificación del contrato de vinculación | La firma el representante legal de la empresa habilitada. |
| Solicitud y pago de derechos | Los presenta la empresa ante la autoridad de transporte, con la relación de vehículos. |
Paso a paso: cómo tramitar la tarjeta de operación en 2026
El trámite tiene dos fases: primero se vincula el vehículo a una empresa habilitada, y luego la empresa solicita la tarjeta ante la autoridad competente. El propietario no hace el trámite directamente ante la autoridad: la ley obliga a la empresa a gestionar las tarjetas de todos sus vehículos y a entregárselas.
- Busque una empresa de transporte habilitada para la modalidad que necesita (taxi, colectivo, intermunicipal, especial). Las de taxi y colectivo urbano las habilita la autoridad de transporte de cada ciudad; las de carretera y especial, el Ministerio de Transporte. Muchos municipios tienen el parque de taxis congelado, así que verifique disponibilidad antes de comprar el vehículo.
- Firme el contrato de vinculación. La empresa le asigna la ruta o cupo y suscriben el contrato. Léalo bien: establece la cuota mensual, obligaciones y causales de desvinculación.
- Entregue los documentos a la empresa: copia de la licencia de tránsito, SOAT y RTM vigentes. La empresa añade la certificación del contrato y la de las pólizas.
- La empresa radica la solicitud ante la autoridad municipal, distrital o metropolitana (taxi y colectivo urbano) o ante la dirección territorial del Ministerio de Transporte (carretera, mixto y especial).
- La empresa consigna los derechos a favor de la autoridad de transporte. No puede cobrarle a usted nada por tramitar la tarjeta (artículo 2.2.1.3.8.6 del Decreto 1079 para taxis; la misma regla rige en las demás modalidades).
- Reciba la tarjeta de operación. Una vez aprobada, la empresa se la entrega. Queda registrada en el RUNT. Llévela siempre a bordo.
Costos y tiempos del trámite en 2026
| Concepto | Valor | A quién se paga |
|---|---|---|
| Derechos de la tarjeta | Los fija cada autoridad de transporte; no hay tarifa nacional | Los consigna la empresa a la autoridad |
| Gestión de la tarjeta | $0: la empresa no puede cobrarla | — |
| Revisión técnico-mecánica | Anual desde el segundo año de matrícula en servicio público; tarifa del CDA | CDA |
| Cuota de administración | La pactada en el contrato de vinculación | Empresa de transporte |
La norma no fija un plazo de respuesta a la autoridad, pero sí a las partes: en taxis, el propietario entrega los documentos a la empresa al menos dos meses antes del vencimiento y la empresa pide la renovación al menos un mes antes; en carretera, mixto y especial, la empresa debe pedirla con dos meses. Al recibir las nuevas, la empresa tiene 10 días para devolver las vencidas.
Renovación de la tarjeta de operación: plazos y caso práctico
La tarjeta de operación del taxi tiene vigencia de un año; la de buses, intermunicipales, mixtos y especiales, de dos. No hay renovación automática. En taxis, el propietario debe entregar los documentos a la empresa por lo menos dos meses antes del vencimiento, para que la empresa pida la renovación con al menos un mes de margen.
Para la renovación se presentan los mismos documentos de la primera vez: licencia de tránsito, SOAT y RTM vigentes. Caso María, propietaria de un taxi en Cali: su tarjeta vence el 15 de agosto. El límite para entregar los documentos a la empresa es el 15 de junio; ella los entrega el 10 de junio, y la empresa tiene hasta el 15 de julio para radicar ante la autoridad de tránsito de Cali. Si María hubiera llevado los papeles el 14 de julio, como hace mucha gente, la empresa ya estaría fuera de plazo y el riesgo de quedarse parada con la tarjeta vencida sería suyo.
Errores frecuentes al tramitar o renovar
| Error | Consecuencia | Cómo evitarlo |
|---|---|---|
| RTM vencida al radicar | La empresa rechaza la vinculación | Revisar vigencia de RTM con 2 meses de anticipación |
| Entregar los documentos tarde | La empresa no alcanza a pedir la renovación a tiempo | En taxis, entregarlos al menos 2 meses antes del vencimiento |
| Empresa deshabilitada | La tarjeta queda sin respaldo legal | Verificar estado de la empresa en MinTransporte |
| Circular con la tarjeta vencida | Retención de la tarjeta, investigación e inmovilización | Anotar la fecha de vencimiento y no salir a trabajar sin la nueva |
Particularidades según el tipo de servicio
No todos los vehículos de servicio público tramitan la tarjeta de la misma manera. Cada modalidad tiene sus propias condiciones.
Taxi
Es la modalidad con más restricciones por cupos. En ciudades como Bogotá y Medellín los cupos de taxi están cerrados desde hace años: no hay nuevas tarjetas para vehículos que ingresen al parque, solo renovaciones de las existentes. Para acceder, el propietario de un taxi nuevo debe comprar el cupo a otro propietario que salga del sistema, por reposición. El cupo se negocia entre particulares y su precio depende de la ciudad: pregúntelo antes de comprar el carro y súmelo al presupuesto.
Bus de ruta urbana
Las empresas de transporte urbano cuentan con rutas asignadas por el municipio. Para vincular un vehículo, el propietario debe buscar una empresa con ruta disponible en el corredor que le interesa. En ciudades con sistemas integrados de transporte (como Bogotá con SITP), el esquema es diferente: las empresas operadoras del sistema contratan directamente a los conductores y los vehículos son propiedad de la empresa o de operadores que suscriben contratos de concesión con el Distrito.
Transporte intermunicipal
Las rutas intermunicipales las autoriza el Ministerio de Transporte mediante resolución de habilitación. El propietario del vehículo se vincula a una empresa con permiso para la ruta específica (por ejemplo, Bogotá-Ibagué). La demanda de cupos varía según la ruta: rutas muy transitadas tienen cupos restringidos, mientras que rutas de menor demanda pueden tener disponibilidad.
Carga
Los camiones de carga no tramitan tarjeta de operación: se suprimió en 1997 y el régimen de carga del Decreto 1079 de 2015 no la contempla. Lo que se exige es que el vehículo esté matriculado en servicio público, que la empresa de carga esté habilitada y que cada viaje lleve el manifiesto electrónico de carga registrado en el RNDC del Ministerio de Transporte. Si alguien le ofrece «tramitar la tarjeta de operación» de un camión, desconfíe.
Preguntas frecuentes sobre la tarjeta de operación
¿Quién necesita la tarjeta de operación?
Los vehículos de servicio público de pasajeros: taxis, buses y busetas de transporte colectivo, intermunicipales, mixtos y de servicio especial (escolar, empresarial, turismo, salud). No la necesitan los particulares ni los camiones de carga, para los que se suprimió en 1997. Operar sin tarjeta vigente expone el vehículo a inmovilización (artículo 49 de la Ley 336 de 1996) y a una investigación de la autoridad de transporte.
¿Cuánto cuesta la tarjeta de operación?
No existe una tarifa nacional única: los derechos los fija cada autoridad de transporte y los consigna la empresa. Lo que sí fija la norma es que la empresa no puede cobrarle al propietario por gestionar la tarjeta (Decreto 1079 de 2015). La cuota de administración mensual es otra cosa: se paga por la vinculación y su valor es el pactado en el contrato. Confirme los derechos vigentes con la Secretaría de Movilidad de su municipio o con el Ministerio de Transporte en www.mintransporte.gov.co.
¿Cuánto tiempo tiene de vigencia?
Un año en taxis (artículo 2.2.1.3.8.3 del Decreto 1079 de 2015) y dos años en transporte colectivo, por carretera, mixto y especial. No hay prórroga automática: debe renovarse activamente a través de la empresa de transporte habilitada antes de que venza. Si vence, el vehículo no puede prestar servicio público legalmente aunque tenga SOAT y RTM vigentes.
¿Cómo renovar la tarjeta de operación?
La renovación la gestiona la empresa de transporte, no el propietario directamente. En taxis, entréguele los documentos (licencia de tránsito, SOAT y RTM vigentes) al menos dos meses antes del vencimiento; la empresa debe radicar la renovación con un mes de anticipación como mínimo ante la autoridad de transporte. En las demás modalidades, la empresa debe pedirla con dos meses. Si la empresa le cobra por el trámite, puede quejarse ante la autoridad de transporte o la Superintendencia de Transporte.
¿Qué pasa si la tarjeta está vencida?
No hay período de gracia. Con la tarjeta vencida, el vehículo no puede prestar el servicio: las autoridades de tránsito pueden retenerla y remitirla a quien la expidió para abrir una investigación, y el vehículo puede ser inmovilizado mientras se aclara la situación. Para recuperarlo deberá pagar grúa y patios y acreditar la tarjeta renovada. Si el retraso fue de la empresa, que no pidió la renovación a tiempo pese a recibir sus documentos, guárdelo por escrito: la obligación de gestionarla era suya.
Consulte más información en el pilar de Tránsito y Movilidad. También le puede interesar: licencia de conducción en Colombia, RUNT Colombia: consultas y servicios y tipos de comparendos y códigos de infracción.
Actualizado el 15 de octubre de 2026
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