Para consultar procesos en la Rama Judicial, ingrese a la Consulta de Procesos Nacional Unificada de ramajudicial.gov.co o, si el juzgado trabaja en ella, a TYBA (Justicia XXI Web). Puede buscar por número de radicado, nombre de la parte o razón social. El servicio es gratuito, disponible las 24 horas y no requiere registro previo ni abogado. Muestra las actuaciones que registran los juzgados y tribunales del país.
Tiene una notificación de embargo, una demanda laboral o una tutela y no sabe en qué estado va el expediente. O quiere verificar si alguien le interpuso una demanda sin que usted se haya enterado. La Rama Judicial tiene un portal de consulta pública que permite rastrear cualquier expediente judicial activo del país, sin pagar y sin intermediarios.

Qué información puede consultar en el portal
La Consulta de Procesos Nacional Unificada reúne lo que registran los despachos en sus sistemas de gestión (Justicia XXI y TYBA): juzgados civiles, penales, laborales, de familia y administrativos, y tribunales. Si un juzgado no ha registrado una actuación, no aparece: en ese caso hay que preguntar en el propio despacho. La Corte Constitucional y el Consejo de Estado tienen consultas propias.
En cada expediente puede ver:
- Número de radicado completo (23 dígitos)
- Nombre del despacho que lleva el proceso
- Partes procesales: demandante, demandado, terceros
- Actuaciones y autos en orden cronológico
- Providencias (sentencias, autos) con su fecha, y el documento cuando el despacho lo adjunta
- Estado actual del proceso (activo, terminado, archivado)
Datos necesarios para la consulta
Puede buscar de tres maneras distintas según la información que tenga:
| Tipo de búsqueda | Datos necesarios | Cuándo usarla |
|---|---|---|
| Por número de radicado | Número de 23 dígitos del expediente | Cuando tiene el radicado de la notificación |
| Por nombre de la parte | Nombre completo o razón social, ciudad | Cuando no tiene el radicado |
| Por sujeto procesal | Nombre + tipo (demandante, demandado) | Para verificar si le interpusieron una demanda |
El número de radicado tiene el formato XXXXX-XX-XX-XXX-XXXX-XXXXX-XX (23 dígitos: departamento y ciudad, corporación, especialidad, despacho, año, consecutivo y recurso). Si tiene una notificación judicial, el radicado aparece en la parte superior del documento.
Paso a paso: consulta en el portal web de la Rama Judicial
El portal oficial es el canal principal y no requiere registro ni clave.
- Ingrese a consultaprocesos.ramajudicial.gov.co; también llega desde ramajudicial.gov.co, opción Consulta de procesos.
- Seleccione el tipo de búsqueda: por número de radicado, nombre de sujeto procesal o razón social.
- Si busca por radicado, escriba los 23 dígitos sin guiones ni espacios.
- Si busca por nombre, escriba apellidos y nombres completos; filtre por departamento o ciudad si el nombre es común.
- Haga clic en Consultar. El sistema carga los procesos coincidentes.
- Seleccione el proceso que le interesa y verá las actuaciones en orden cronológico.
- Haga clic en cada actuación para leer el texto del auto o sentencia.
Nota: la consulta muestra lo que el despacho haya registrado. Si radicó un memorial y no aparece, no significa que se haya perdido: pregunte en el juzgado.
TYBA (Justicia XXI Web): la consulta de los juzgados que la usan
TYBA es el sistema de gestión judicial en línea (Justicia XXI Web) en el que cada vez más despachos registran actuaciones y publican estados. No es una app de celular: se abre en el navegador, también desde el móvil, y es gratuita. Sus procesos se ven además en la consulta unificada, pero TYBA trae la consulta de estados por despacho.
- Entre a procesojudicial.ramajudicial.gov.co, consulta de procesos de Justicia XXI Web.
- Digite el código del proceso (23 dígitos) y el código de verificación.
- Haga clic en Consultar y revise las actuaciones.
- Para ver los estados que publicó un juzgado, use la consulta de fijación de estados y filtre por ciudad, especialidad, despacho y fechas.
Ninguna de las dos consultas reemplaza la notificación judicial: los plazos corren desde que usted queda notificado, no desde que ve la actuación en pantalla.
Errores frecuentes y cómo solucionarlos
| Error | Causa probable | Solución |
|---|---|---|
| “No se encontraron resultados” con radicado | Dígito de más o de menos | Cuente los 23 dígitos del radicado con cuidado; uno solo fuera de lugar no arroja resultados |
| Portal muy lento o no carga | Alta demanda o mantenimiento | Intente más tarde o, si el juzgado trabaja en TYBA, consulte allí |
| Proceso sin actuaciones recientes | El despacho aún no la registra | Si es urgente, escriba o llame directamente al despacho |
| Nombre no arroja resultados | Variante del nombre | Pruebe con solo el primer apellido o sin segundo nombre; combine con la ciudad del juzgado |
Personas presas de libertad y consulta de expediente penal: caso especial
Cuando una persona está privada de libertad y tiene familia que quiere seguir el proceso desde afuera, el portal de la Rama Judicial permite hacerlo sin necesidad de ir al juzgado. El familiar solo necesita el número de radicado (que suele estar en la notificación de captura o en la orden de detención preventiva) para ver las actuaciones que registre el juzgado.
Si la persona detenida no sabe su número de radicado, puede pedirle al defensor público asignado que se lo proporcione, o acudir directamente al despacho judicial correspondiente. Mientras el caso está en investigación, el seguimiento se hace en la Fiscalía con el número único de noticia criminal (NUNC, 21 dígitos), en la opción Consulte el estado de su denuncia.
Caso práctico: cómo Andrés rastreó una demanda laboral en 5 minutos
Andrés recibió en febrero de 2026 una notificación de demanda laboral por pago de prestaciones sociales. El documento incluía el radicado 76001310502120260018300. En el portal de la Rama Judicial ingresó ese número y en menos de un minuto vio todas las actuaciones: fecha de radicación de la demanda, el auto admisorio y la notificación a su empresa. Supo en qué estaba el proceso y cuánto tiempo tenía para contestar, sin necesidad de contratar abogado solo para ese rastreo inicial.
Aparece un proceso que usted no sabía que existía
Es el motivo por el que mucha gente hace esta consulta, y también el hallazgo que peor se digiere: un proceso en su contra, con actuaciones de hace meses o años, del que nunca recibió aviso. La primera reacción suele ser pensar que es un error. Normalmente no lo es.
La ley colombiana prevé que un proceso avance cuando no se logra ubicar al demandado. Si quien demanda manifiesta que ignora su domicilio, el juez ordena el emplazamiento —una publicación que hace las veces de citación— y, si usted no comparece dentro del plazo, le designa un curador ad litem: un abogado que asume su representación para que el proceso pueda continuar. Usted no se enteró, pero formalmente estaba representado.
De ahí que alguien pueda descubrir una sentencia, o incluso un embargo, sin haber recibido jamás un papel en la mano.
Qué revisar en el expediente antes de alarmarse
La consulta en línea muestra las actuaciones. Busque en ellas estos datos, que son los que determinan qué puede hacer:
- Cómo se le notificó: personalmente, por aviso, o mediante emplazamiento y curador ad litem. Es el punto decisivo.
- A qué dirección se envió la notificación. Si es una donde usted ya no vivía, anótelo.
- En qué etapa está: admisión, notificación, pruebas, sentencia o ejecución. No es lo mismo llegar antes de la sentencia que después.
- El juzgado y el número de radicado, que necesitará para cualquier gestión.
La notificación mal hecha tiene remedio
Este es el punto que conviene conocer: el artículo 133 del Código General del Proceso contempla la nulidad por indebida notificación. Si el emplazamiento no se surtió en debida forma —por ejemplo, si el demandante afirmó desconocer su dirección cuando sí la conocía o podía conocerla— lo actuado puede anularse y el proceso retrotraerse para que usted ejerza su defensa.
No es un tecnicismo menor: mientras el emplazamiento no se haya cumplido correctamente, no puede dictarse sentencia válida en su contra.
Dicho esto, con la misma franqueza: alegar una nulidad procesal no es algo que convenga intentar por cuenta propia. Hay términos que corren, oportunidades que precluyen y una forma específica de plantear el incidente. Aquí sí hace falta un abogado, y cuanto antes mejor. Si no puede pagarlo, tiene derecho a solicitar uno gratuito en la Defensoría del Pueblo.
Lo que sí puede hacer usted mismo desde hoy: descargar y guardar las actuaciones que muestra la consulta, con la fecha de captura. Ese registro es la base sobre la que trabajará quien lo asesore, y evita que se pierda información si el expediente cambia de estado. Y aproveche para revisar si hay otras señales de uso indebido de sus datos, consultando sus reportes en centrales de riesgo.
Preguntas frecuentes sobre la consulta en la Rama Judicial
¿La consulta es gratuita?
Sí, completamente gratis. La consulta unificada y TYBA son servicios públicos de la Rama Judicial, sin costo para el ciudadano. No existe ningún portal oficial que cobre por esta consulta. Si alguien le ofrece “acceso especial” al sistema a cambio de dinero, es una estafa; el servicio es de acceso libre para cualquier persona sin registro.
¿Puedo consultar cualquier tipo de proceso?
Puede consultar procesos civiles, penales, laborales, de familia y contencioso-administrativos de los juzgados y tribunales que registran sus actuaciones en la consulta. Los procesos de la Corte Constitucional se consultan en su portal propio. Las denuncias que siguen en investigación se consultan en la Fiscalía, con el número de noticia criminal de 21 dígitos, no en este portal.
¿Puedo buscar por NIT o cédula?
No directamente. El portal no tiene campo de búsqueda por cédula o NIT. Puede buscar por número de radicado (23 dígitos) o por nombre de la parte. El radicado siempre da el resultado más preciso. Si no tiene el radicado, busque por nombre completo combinado con el nombre del departamento o ciudad del juzgado para filtrar.
¿El portal envía notificaciones automáticas?
No cuente con alertas automáticas: revise la consulta cada cierto tiempo, sobre todo si espera una decisión. Las notificaciones judiciales oficiales (las que generan plazos para actuar) llegan por correo electrónico si las partes quedaron registradas al inicio del proceso. Esas notificaciones también quedan registradas en el expediente electrónico del portal.
¿Puedo consultar sin abogado?
Sí, cualquier persona puede consultar el estado de cualquier proceso judicial sin necesidad de abogado ni registro. El portal es público y abierto. Si tiene dudas sobre lo que encuentra en el expediente o qué pasos seguir, puede acudir gratuitamente a la Defensoría del Pueblo, que tiene asesores jurídicos en sus 42 defensorías regionales o en la línea gratuita 01800-914814.
Notificaciones electrónicas: diferencia entre consultar y ser notificado
Consultar el proceso en el portal es distinto a recibir una notificación judicial. Cuando el juez emite un auto o una sentencia, las partes del proceso deben ser notificadas oficialmente para que empiecen a correr los plazos procesales (ej. para recurrir una decisión). Estos son los tres mecanismos más comunes:
- Notificación por estado: la providencia se fija en la cartelera electrónica del despacho durante un día hábil. El plazo para recurrir corre desde el día siguiente. Usted puede verla en el portal.
- Notificación personal: se envía la providencia como mensaje de datos al correo del notificado; se entiende hecha dos días hábiles después del envío, y los términos empiezan a contarse cuando hay acuse de recibo o se puede constatar que el destinatario accedió al mensaje (art. 8 de la Ley 2213 de 2022).
- Notificación por aviso: cuando no fue posible la personal, se envía un aviso a la dirección del notificado con copia de la providencia (art. 292 del Código General del Proceso).
Consecuencia práctica: si usted no registró un correo electrónico al inicio del proceso, las notificaciones se harán por estado o aviso, y puede perder plazos para recurrir sin darse cuenta. Revise el portal periódicamente y, si es parte activa, confirme con el despacho que su correo está registrado correctamente.
Consultar procesos de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado
El portal de la Rama Judicial no incluye los procesos de la Corte Constitucional ni del Consejo de Estado (máxima instancia contencioso-administrativa). Cada uno tiene su propio sistema:
| Instancia | Portal de consulta | Tipo de proceso |
|---|---|---|
| Juzgados y tribunales | consultaprocesos.ramajudicial.gov.co | Civiles, penales, laborales, familia, administrativos en primera y segunda instancia |
| Corte Constitucional | corteconstitucional.gov.co | Tutelas seleccionadas para revisión, demandas de inconstitucionalidad |
| Consejo de Estado | consejodeestado.gov.co (SAMAI) | Procesos contencioso-administrativos en segunda instancia y acción de nulidad |
| Corte Suprema de Justicia | cortesuprema.gov.co | Casación civil, penal y laboral |
Si tiene una tutela que fue impugnada y quiere saber si la Corte Constitucional la seleccionó para revisión, debe consultar directamente en el portal de esa corporación. La mayoría de tutelas NO son seleccionadas para revisión y queda en firme la decisión del juez de segunda instancia, o la de primera si nadie la impugnó.
Más temas en el pilar Justicia y Derechos. Si encontró una demanda en su contra y necesita asesoría legal gratuita, lea sobre los defensores públicos de la Defensoría del Pueblo. Para procesos urgentes con derechos fundamentales, revise la guía de acción de tutela en Colombia.
Actualizado el 15 de octubre de 2026
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