Los BEPS (Beneficios Económicos Periódicos) son un mecanismo de ahorro voluntario administrado por Colpensiones para personas con ingresos de menos de 1 SMMLV que no alcanzan a pensionarse. Si al cumplir 57 años (mujeres) o 62 (hombres) destina lo ahorrado a una anualidad vitalicia, el Gobierno le suma un incentivo del 20 % de su ahorro. En 2026 el aporte mínimo es $20.000 y el tope, $2.450.000 al año.
Quien trabaja en la informalidad rara vez reúne las semanas para pensionarse. Los BEPS son la alternativa pensional diseñada especialmente para trabajadores informales, amas de casa, vendedores ambulantes, agricultores y cualquier persona con ingresos irregulares que no puede cotizar al régimen contributivo. A diferencia de Colombia Mayor (que es un subsidio fijo), los BEPS dependen de lo que la persona ahorra: a más ahorro, mayor renta mensual al retiro.

¿Qué son los BEPS y cómo funcionan?
BEPS significa Beneficios Económicos Periódicos. Son una cuenta de ahorro individual en Colpensiones. Al cumplir la edad, el ahorrador escoge entre cuatro destinos: contratar una anualidad vitalicia con una aseguradora (la única opción que trae el incentivo del 20 %), pedir la devolución en un solo pago, usar la plata para pagar un inmueble propio o trasladarla al sistema de pensiones para completar semanas (art. 2.2.13.5.2 del Decreto 1833 de 2016).
Los BEPS fueron creados por la Ley 1328 de 2009 y reglamentados por el Decreto 604 de 2013. La Reforma Pensional (Ley 2381 de 2024) los vincula al pilar semicontributivo, pero esa ley solo entra a regir el 1 de abril de 2027 (sentencia C-264 de 2026): hoy los BEPS funcionan con las reglas del Decreto 1833 de 2016.
¿Quién puede ahorrar en BEPS?
Se exige ser colombiano y tener ingresos de menos de 1 SMMLV, algo que Colpensiones valida con la afiliación al régimen subsidiado de salud o como beneficiario en el contributivo. En la práctica, pueden vincularse:
- Trabajadores informales sin cotización regular al sistema pensional
- Amas de casa y cuidadores sin ingresos laborales formales
- Vendedores ambulantes, tenderos, agricultores informales
- Trabajadores independientes con ingresos inferiores al SMMLV
- Personas con cotización interrumpida que no llegarán a 1.300 semanas
No pueden vincularse a BEPS: quienes estén cotizando activamente al régimen contributivo (Colpensiones o un fondo privado), pues para ellos existe el sistema de pensión obligatoria. Quien cotiza en el sistema contributivo y quiere ahorrar más tiene la opción de un fondo de pensiones voluntarias.
Montos de aporte y el subsidio estatal en 2026
| Concepto | Valor 2026 |
|---|---|
| Aporte mínimo | $20.000 |
| Tope de ahorro anual | $2.450.000 |
| Incentivo del Estado | 20 % de lo ahorrado, solo si se destina a la anualidad vitalicia |
| Edad de acceso mujeres | 57 años |
| Edad de acceso hombres | 62 años |
| Forma de pago al retiro | Anualidad vitalicia pagada cada dos meses, de hasta el 85 % del SMMLV por mes ($1.488.269 en 2026) |
| Administrador | Colpensiones |
El incentivo equivale al 20 % de lo ahorrado: por cada $1.000.000, el Gobierno pone $200.000. Pero solo llega si los recursos se destinan a la anualidad vitalicia. Si una persona ahorró $12.000.000 en su vida laboral, recibe $2.400.000 de incentivo y la aseguradora calcula la anualidad sobre $14.400.000. Si en cambio pide la devolución en un solo pago, recibe sus $12.000.000 sin incentivo.
Paso a paso: cómo afiliarse y empezar a ahorrar en BEPS
- Verificar la elegibilidad: confirmar que no está cotizando activamente al régimen contributivo (Colpensiones o un fondo privado) y que sus ingresos son de menos de 1 SMMLV.
- Registrarse en el portal de Colpensiones: ir a colpensiones.gov.co, crear una cuenta con cédula y correo electrónico.
- Solicitar la vinculación al programa BEPS: en el menú buscar «BEPS» o «Beneficios Económicos Periódicos» y completar el formulario de vinculación.
- Elegir la periodicidad del aporte: puede ahorrar mensualmente, quincenal, semanal o de forma esporádica. No hay sanción por no ahorrar durante periodos de ingresos bajos.
- Realizar los aportes: en los puntos de recaudo autorizados o los canales que publique Colpensiones. El mínimo en 2026 es $20.000 por aporte y el tope, $2.450.000 en el año.
- Hacer seguimiento: el portal muestra el saldo acumulado y proyección de la renta vitalicia estimada según lo ahorrado hasta la fecha.
¿Cuánto pagan los BEPS al retiro? Caso de Rosa con 30 años de aportes
Rosa, vendedora informal, empezó a ahorrar en BEPS a los 27 años y lo hizo por 30 años, aportando $50.000 al mes en promedio. Cálculo aproximado:
- Total ahorrado en 30 años: $50.000 × 12 meses × 30 años = $18.000.000
- Aporte anual: $600.000, por debajo del tope de $2.450.000, así que todo cuenta
- Incentivo del Gobierno si escoge la anualidad: 20 % × $18.000.000 = $3.600.000
- Capital con el que la aseguradora calcula la anualidad: $18.000.000 + $3.600.000 = $21.600.000
- Anualidad: la fija la aseguradora con sus tablas de vida y se paga cada dos meses. Si Rosa prefiriera la devolución en un solo pago, recibiría sus $18.000.000 sin los $3.600.000 del incentivo
La anualidad de BEPS es menor que una pensión mínima ($1.750.905 al mes en 2026). Por eso mucha gente la usa como complemento de Colombia Mayor ($230.000 al mes para mujeres de 60 años o más y hombres de 65 o más, con Sisbén A, B o C1): como BEPS no es una pensión, no excluye del subsidio.
BEPS vs Colombia Mayor vs pensión contributiva
| Criterio | BEPS | Colombia Mayor | Pensión contributiva |
|---|---|---|---|
| Aporte individual | Sí (énfasis) | No | Sí (obligatorio) |
| Subsidio estatal | 20 % sobre lo ahorrado, si toma la anualidad | Hasta $230.000/mes directo | No (salvo pensión mínima garantizada) |
| Monto al retiro | Variable (según ahorro) | $80.000 o $230.000/mes según la edad | Mínimo $1.750.905/mes |
| Requisito de semanas | Ninguno | Ninguno (Sisbén A, B o C1) | En Colpensiones, 1.300 los hombres y 1.250 las mujeres en 2026 |
| ¿Compatible con otro beneficio? | Sí, con Colombia Mayor | No con una pensión | No compatible con Colombia Mayor |
Preguntas frecuentes sobre los BEPS de Colpensiones
¿Se puede tener BEPS y Colombia Mayor al mismo tiempo?
Sí. La anualidad BEPS no es una pensión, y lo que excluye de Colombia Mayor es recibir una pensión. Quien ahorra en BEPS y tiene Sisbén A, B o C1 puede recibir también Colombia Mayor al llegar a la edad del subsidio. Si en su alcaldía le ponen problema, pida por escrito la norma en la que se basan.
¿Cuál es el aporte mínimo mensual en BEPS?
El aporte mínimo en 2026 es $20.000. No hay obligación de ahorrar todos los meses — cuando hay ingresos disponibles se ahorra y cuando no, no. Esta flexibilidad es especialmente útil para trabajadores informales con ingresos irregulares. El límite es anual: en 2026 no puede ahorrar más de $2.450.000 en el año.
¿Si ya cotizo a Colpensiones puedo tener BEPS?
No. Si está cotizando activamente al régimen contributivo (Colpensiones o un fondo privado), no puede vincularse a BEPS. Los BEPS son exclusivamente para personas sin acceso al sistema contributivo. Quienes cotizan al régimen contributivo y quieren ahorrar más tienen disponibles los fondos de pensiones voluntarias.
¿Se puede hacer un solo aporte grande a BEPS?
Sí, pero dentro del tope anual: en 2026 un aporte único puede llegar a $2.450.000, no más. No hay obligación de periodicidad ni montos fijos: puede aportar mucho en un año de buenos ingresos y nada en uno malo. Lo que ahorre se suma a su cuenta y, si al final escoge la anualidad vitalicia, el Gobierno le agrega el 20 % de todo lo ahorrado.
¿Si fallezco antes del retiro, los ahorros de BEPS los hereda mi familia?
Sí. Si el titular de BEPS fallece antes de cumplir la edad de retiro, el saldo acumulado en la cuenta (sin el subsidio del 20%, que solo aplica al retiro del titular) se devuelve a los beneficiarios designados o a los herederos legales. No hay un equivalente a pensión de sobrevivientes en BEPS: los herederos reciben el capital, no una renta. Y si el titular ya había contratado la anualidad, esta se acaba con su muerte; no se hereda ni se sustituye.
BEPS y la Reforma Pensional Ley 2381: qué cambió
Por ahora, nada. La Ley 2381 de 2024 vincula los BEPS al pilar semicontributivo, pero la Corte Constitucional fijó su entrada en vigencia para el 1 de abril de 2027 (sentencia C-264 de 2026). Hasta entonces, los BEPS siguen siendo un mecanismo voluntario aparte del sistema contributivo, con las reglas del Decreto 1833 de 2016.
- El incentivo sigue siendo del 20 %: la reforma no lo ha cambiado todavía, porque no rige.
- Cuando entre a regir: el detalle de cómo encajarán los BEPS en el pilar semicontributivo depende de la reglamentación que expida el Gobierno; ninguna regla nueva aplica antes del 1 de abril de 2027.
- Su ahorro no está en riesgo: lo que tenga en la cuenta BEPS sigue siendo suyo y se rige por las reglas actuales.
Cómo retirar los ahorros BEPS al llegar a la edad de retiro
Al cumplir 57 años (mujeres) o 62 años (hombres) con saldo BEPS acumulado, el proceso de retiro funciona así:
- Solicitar el retiro ante Colpensiones: Presente la solicitud en colpensiones.gov.co o en una oficina física. Lleve su cédula.
- Elección del destino: anualidad vitalicia con una aseguradora (pagos cada dos meses de por vida, con el incentivo del 20 %), devolución del ahorro en un solo pago (sin incentivo), pago de un inmueble propio o traslado al sistema de pensiones para completar semanas. La anualidad es irrevocable: piense bien antes de firmar.
- Si Colpensiones no responde: presente un derecho de petición, que debe contestarse en 15 días hábiles, y si sigue sin respuesta, quéjese ante la Superintendencia Financiera, que es la que vigila a Colpensiones.
BEPS para independientes: ahorro pensional más flexible en 2026
Los BEPS son especialmente útiles para trabajadores independientes, vendedores informales, artesanos y personas que no pueden comprometerse con un aporte mensual fijo. Las ventajas para este perfil:
- Aportes flexibles: Puede aportar desde $20.000 cada vez, hasta completar $2.450.000 en el año (topes de 2026), cuando tenga plata disponible. Los meses que no tenga ingresos, no está obligado a aportar.
- Sin sanción por no aportar: A diferencia del régimen contributivo, no hay multas ni penalidades por períodos sin aporte en BEPS.
- Seguro de vida sin costo: quien hace al menos seis aportes de $20.000 en el año, o ahorra el equivalente a seis salarios mínimos diarios (unos $350.181), queda cubierto con un seguro de vida que incluye enfermedades graves y gastos exequiales.
- Ahorro que no se pierde: si fallece antes de la edad de retiro, sus herederos pueden reclamar lo ahorrado.
BEPS frente al régimen contributivo: ¿puedo tener los dos?
Los BEPS están diseñados para personas que no están en el régimen contributivo (no son empleados formales cotizando a Colpensiones o a un fondo privado). La Ley 2381 cambia la relación entre los dos sistemas, pero no rige hasta el 1 de abril de 2027. Si usted es empleado formal que cotiza mes a mes al régimen pensional y su ingreso supera 1 SMMLV, los BEPS no son para usted: su vehículo de ahorro pensional es Colpensiones o el fondo privado al que esté afiliado. Consulte con un asesor de Colpensiones si tiene dudas sobre su régimen de cotización antes de inscribirse en BEPS.
Consulte más sobre el sistema de pensiones en Colombia. También puede interesarle Colombia Mayor, el otro apoyo para la vejez sin pensión, y cómo funciona Colpensiones.
Actualizado el 15 de octubre de 2026
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