Las becas estudios discapacidad en Colombia incluyen el Fondo de Apoyo Financiero para Estudiantes con Discapacidad (crédito 100 % condonable del Ministerio de Educación, el ICETEX y la Fundación Saldarriaga Concha, con matrícula hasta 8 SMMLV y sostenimiento hasta 4 SMMLV por semestre), la Política de Gratuidad en las instituciones públicas y los apoyos obligatorios de permanencia que toda institución de educación superior debe proveer por ley. El trámite inicia en icetex.gov.co sin ningún costo.
El artículo 11 de la Ley 1618 de 2013 obliga al Estado a garantizar el acceso a la educación de las personas con discapacidad en condiciones de equidad. En la práctica, eso se traduce en tres canales: subsidios que cubren matrícula, créditos con condiciones preferenciales y apoyos dentro del aula que permiten cursar estudios sin barreras físicas, comunicativas ni cognitivas. Conocer cada opción, y combinarlas bien, puede eliminar la matrícula para una persona con discapacidad en Sisbén A, B o C matriculada en una institución pública.

Derechos educativos de las personas con discapacidad: marco legal
La educación inclusiva para personas con discapacidad en Colombia se apoya en estas normas:
- Ley 1618/2013, art. 11: obliga a todas las instituciones educativas a garantizar la inclusión de PcD y prohíbe rechazar estudiantes por razón de discapacidad.
- Decreto 1421/2017: reglamenta la educación inclusiva en básica y media, con ajustes razonables obligatorios en todos los colegios del país.
- Ley 2307/2023: crea la Política de Gratuidad, que paga la matrícula de pregrado en instituciones de educación superior públicas a estudiantes vulnerables.
- Ley 1346/2009 (Convención ONU sobre PcD): Colombia se comprometió a asegurar el acceso a la educación superior para personas con discapacidad sin discriminación.
Estas normas no son opcionales. Una universidad que niegue el ingreso a una persona con discapacidad o que se niegue a proveer los apoyos necesarios incurre en discriminación sancionable por el Ministerio de Educación Nacional (mineducacion.gov.co). En casos urgentes, la tutela procede invocando el artículo 67 de la Constitución.
Política de Gratuidad: matrícula pagada en instituciones públicas
Generación E Equidad ya no recibe estudiantes nuevos desde 2023: quien entra hoy a una institución pública tiene la Política de Gratuidad de la Ley 2307 de 2023, que paga la matrícula ordinaria de pregrado. Las personas con discapacidad acceden por la misma vía que cualquier estudiante, sin demostrar la discapacidad: se verifican el Sisbén y las demás condiciones, y no hay límite de edad.
- Requisito principal: estar en el Sisbén en los grupos A, B o C, o en los otros grupos que cubre la política, y no tener título profesional universitario.
- Cobertura: matrícula ordinaria de pregrado (técnico profesional, tecnológico o universitario) en la institución pública donde fue admitido. No cubre alimentación ni transporte.
- Cómo aplicar: no hay convocatoria: la institución cruza los datos con el Ministerio de Educación, que le paga la matrícula directamente. Si no aparece, reclame en la oficina de admisiones o de Bienestar.
- Restricción: solo instituciones públicas; para estudiar en una privada, la vía es el Fondo para Estudiantes con Discapacidad o un crédito ICETEX.
Fondo ICETEX para estudiantes con discapacidad: qué cubre
El Fondo de Apoyo Financiero para Estudiantes con Discapacidad en Educación Superior lo financian el Ministerio de Educación y la Fundación Saldarriaga Concha, y lo opera el ICETEX. En la convocatoria 2025-2 estas eran sus condiciones:
| Característica | Condición para personas con discapacidad |
|---|---|
| Tipo de apoyo | Crédito 100 % condonable: no se devuelve si se gradúa y pide la condonación |
| Matrícula | Hasta 8 SMMLV por semestre ($14.007.240 en 2026) |
| Sostenimiento | Hasta 4 SMMLV por semestre ($7.003.620 en 2026) |
| Niveles | Técnico profesional, tecnológico y universitario, presencial o virtual |
| Instituciones | Públicas o privadas reconocidas por el Estado |
| Requisito clave | Estar inscrito en el RLCPD del Ministerio de Salud |
Cómo tramitarlo: la inscripción se hace en el micrositio del fondo en icetex.gov.co cuando hay convocatoria, y después se cargan los documentos en la plataforma que el ICETEX indica por correo; sin ese cargue la postulación no vale. La de 2025-2 tuvo inscripciones del 19 de agosto al 1 de septiembre de 2025. Si no hay convocatoria abierta, el ICETEX tiene una Línea de Protección Constitucional con subsidios a la tasa para personas con discapacidad certificada.
Caso práctico: Juan, 22 años, tiene baja visión certificada (70% pérdida funcional), estrato 2, y quiere estudiar Trabajo Social en una universidad privada. Como ya está inscrito en el RLCPD, se postula al Fondo para Estudiantes con Discapacidad: la matrícula de $4.000.000 por semestre cabe dentro del tope de 8 SMMLV ($14.007.240), así que el fondo la cubre completa y puede sumar un sostenimiento de hasta $7.003.620 por semestre. En 8 semestres son $32.000.000 solo de matrícula, que no devuelve si se gradúa y pide la condonación al ICETEX. En una universidad privada no tendría la gratuidad, así que el fondo es su mejor vía.
Programas SENA para personas con discapacidad: formación gratuita
El SENA es la alternativa más accesible para formación técnica y tecnológica sin costo:
- Formación titulada: técnico y tecnólogo, completamente gratis. La oferta y la inscripción están en Betowa, la plataforma del SENA; Sofia Plus quedó para los servicios administrativos, como certificados.
- Ajustes razonables obligatorios: la Ley 1618 de 2013 obliga al SENA, como a toda entidad educativa, a proveer intérpretes de Lengua de Señas Colombiana (LSC) para sordos, materiales en formatos accesibles para personas con discapacidad visual y apoyos tecnológicos.
- Cursos complementarios gratuitos: disponibles en Betowa en cientos de áreas; muchos no exigen bachillerato.
- Renta Joven + SENA: si tiene entre 14 y 28 años, está en el Sisbén A, B o C hasta el C18 y está matriculado en el SENA, Prosperidad Social le puede pagar $200.000 por cada mes de formación verificado, girados de a dos meses. Las personas con discapacidad en ese perfil pueden aplicar.
Apoyos de permanencia en la universidad: a qué tiene derecho
Una vez admitido en cualquier institución de educación superior, la universidad tiene obligaciones concretas de ajustes razonables bajo la Ley 1618 de 2013 y la Ley 1346 de 2009:
- Intérprete de LSC para estudiantes sordos, en clases, exámenes y asesorías académicas.
- Materiales en formato accesible (texto digital, braille o audio) para estudiantes con discapacidad visual.
- Tiempo adicional en evaluaciones para quienes tengan dificultades motoras o cognitivas debidamente certificadas.
- Accesibilidad física: rampas, baños adaptados, ascensores. Si la infraestructura no cumple, la institución debe habilitar una alternativa o sede accesible.
- Tecnologías de asistencia: lectores de pantalla, software de ampliación, teclados adaptados.
Solicite estos apoyos por escrito a la Oficina de Bienestar Estudiantil desde el primer semestre, sin esperar a que se los ofrezcan. Si la universidad no responde en 15 días hábiles, interponga un derecho de petición (Ley 1755/2015) citando el artículo 11 de la Ley 1618/2013. La tutela procede en casos urgentes de negativa injustificada.
Cómo aplicar paso a paso a becas y créditos para personas con discapacidad
- Obtenga el certificado de discapacidad y la inscripción en el RLCPD: se piden a la secretaría de salud, que ordena la valoración de un equipo multidisciplinario (Resolución 1197 de 2024 del Ministerio de Salud). No lo expide el médico tratante de la EPS.
- Esté atento a la convocatoria del Fondo para Estudiantes con Discapacidad en icetex.gov.co: la de 2025-2 abrió en agosto.
- Verifique la gratuidad: si va a una institución pública, confirme en admisiones que lo reportaron al Ministerio de Educación y revise su grupo en sisben.gov.co.
- Reúna los documentos: certificado de discapacidad, cédula, carta de admisión o comprobante de matrícula y la consulta del Sisbén.
- Radique en línea en icetex.gov.co o en la Oficina de Bienestar Estudiantil de su institución.
- Solicite los apoyos de permanencia por escrito el primer día de clases. No espere a tener dificultades para pedirlos.
Preguntas frecuentes sobre becas y estudios para personas con discapacidad
¿Qué cubrimiento tienen las becas para personas con discapacidad?
Depende de la vía. La Política de Gratuidad paga la matrícula ordinaria en instituciones públicas. El Fondo para Estudiantes con Discapacidad cubrió en 2025-2 hasta 8 SMMLV de matrícula y hasta 4 SMMLV de sostenimiento por semestre, como crédito 100 % condonable. Los apoyos de permanencia —intérpretes, materiales accesibles, tiempo adicional— son obligatorios por ley y no tienen costo para el estudiante. Sumados, pueden cubrir toda la matrícula y parte de la manutención.
¿Las becas aplican para cualquier carrera universitaria?
En general sí. La gratuidad aplica a cualquier programa de pregrado en instituciones públicas. El Fondo para Estudiantes con Discapacidad cubre programas técnicos profesionales, tecnológicos y universitarios. La única restricción habitual es que la institución esté registrada en el SNIES con registro calificado vigente. Algunos fondos específicos pueden priorizar áreas de alta empleabilidad, pero no excluyen otras carreras. Verifique en snies.mineducacion.gov.co que su programa está vigente.
¿Los apoyos aplican también para estudios de posgrado?
Los apoyos de permanencia (intérpretes, materiales accesibles, tiempo adicional) son obligatorios en todos los niveles de educación formal, incluidas la maestría y el doctorado, porque la Ley 1618 de 2013 no distingue niveles. La gratuidad y el Fondo para Estudiantes con Discapacidad son solo para pregrado. Para un posgrado, la vía es un crédito ICETEX de posgrado o las becas propias de cada universidad.
¿Existe algún estipendio mensual además de la matrícula?
Sí. El Fondo para Estudiantes con Discapacidad incluyó en 2025-2 un sostenimiento de hasta 4 SMMLV por semestre. Además, Renta Joven (Prosperidad Social) paga a jóvenes de 14 a 28 años en el Sisbén: en el SENA, $200.000 por mes verificado; en universidades e institutos, $400.000 por matrícula y $400.000 por permanencia en cada periodo. Las PcD en ese perfil pueden aplicar si están matriculadas. Algunas universidades públicas tienen además sus propios fondos de permanencia con apoyo alimentario y de transporte.
¿Qué apoyos dentro del salón de clases puede pedir?
Puede solicitar: intérprete de LSC (si es sordo), materiales en braille o audio (si tiene discapacidad visual), tiempo adicional en evaluaciones (para cualquier discapacidad certificada), software de accesibilidad y ajustes en la infraestructura física. Solicítelos por escrito a Bienestar Estudiantil al inicio del semestre. Si la institución no responde, el derecho de petición (Ley 1755/2015) exige respuesta en 15 días hábiles. Ante negativa injustificada, la tutela procede invocando el artículo 67 de la Constitución y el artículo 11 de la Ley 1618/2013.
Para complementar esta información, consulte la guía sobre ICETEX Colombia: créditos, tipos y requisitos y el artículo RLCPD: registro de personas con discapacidad. También le puede interesar la guía sobre beneficios fiscales para personas con discapacidad en 2026.
Actualizado el 15 de octubre de 2026
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