Estatutos SAS modelo y cláusulas clave 2026

Los estatutos SAS modelo son el documento privado que crea legalmente la Sociedad por Acciones Simplificada ante la Cámara de Comercio. No requieren notaría. Deben incluir nombre de la empresa, domicilio, objeto social, capital suscrito, representante legal, duración y causales de disolución. Se pueden redactar sin abogado usando el modelo oficial de las Cámaras de Comercio colombianas, disponible gratis en su portal virtual.

Un error en los estatutos puede retrasar la matrícula mercantil o crear conflictos internos entre socios en el futuro. Esta guía 2026 explica cada cláusula obligatoria, los errores más frecuentes y el procedimiento exacto para presentar los estatutos ante la Cámara de Comercio de forma correcta.

Para qué sirven los estatutos de una SAS

Los estatutos son la “Constitución” de la empresa: el documento fundacional que define las reglas de juego entre accionistas, la forma en que se toman decisiones, cómo se distribuyen utilidades y bajo qué condiciones se puede disolver la sociedad. Una vez inscritos en la Cámara de Comercio, son públicos y vinculantes para todos los accionistas.

Para la DIAN, los estatutos son el documento que certifica el objeto social (las actividades económicas que la empresa puede realizar) y determina la responsabilidad del representante legal. Cualquier actividad no incluida en el objeto social puede generar observaciones en auditorías o complicar la facturación electrónica.

Documentos necesarios para constituir la SAS 2026

Antes de redactar los estatutos, tenga listos:

Documento Descripción Dónde obtenerlo
Estatutos SASDocumento privado firmado por el accionista fundadorModelo en portal CCB o redacción propia
Formulario RUESSolicitud oficial de matrícula mercantilRUES.org.co o ventanilla Cámara
Formulario PRE-RUTSolicitud provisional de NIT ante la DIANSe diligencia en la Cámara de Comercio
Cédula del fundadorCopia de la cédula de ciudadanía o extrañjeraPersonal del accionista
Pago derechos matrículaTarifa Confecámaras 2026 según activosEn la Cámara o pago en línea

Cláusulas obligatorias de los estatutos SAS: guía completa

La Ley 1258 de 2008 (artículo 5) establece que los estatutos de una SAS deben contener como mínimo estos elementos. La ausencia de cualquiera de ellos puede generar devolución del trámite por parte de la Cámara de Comercio:

  1. Nombre de la sociedad: debe incluir la expresión “Sociedad por Acciones Simplificada” o la abreviatura “S.A.S.” al final. Verificar disponibilidad en RUES antes de redactar.
  2. Domicilio principal: ciudad o municipio donde funciona la empresa (ej. Bogotá D.C.). No es necesario incluir la dirección exacta en los estatutos, solo el municipio.
  3. Término de duración: puede ser indefinido (“la sociedad tendrá duración indefinida”). Esta fórmula es la más usada y evita trámites de prórroga.
  4. Objeto social: actividades que la empresa puede realizar. Puede ser amplio y general: “La sociedad podrá realizar cualquier actividad lícita de carácter civil o comercial”. Un objeto general evita restricciones futuras si el negocio diversifica.
  5. Capital autorizado, suscrito y pagado: el capital autorizado es el máximo que puede emitir; el suscrito, el comprometido por los accionistas; el pagado, el efectivamente entregado. En muchas SAS pequeñas los tres coinciden (ej. capital autorizado y pagado: $1.000.000).
  6. Forma de administración y representación legal: quién actúa como representante legal (gerente). Debe incluir nombre completo, cédula y facultades del cargo.

Cláusulas opcionales pero recomendadas para el modelo de estatutos

La Ley 1258 permite incluir cláusulas adicionales que protegen a los accionistas y regulan situaciones frecuentes en el crecimiento de la empresa:

  • Restricción a la transferencia de acciones: prohíbe vender acciones a terceros sin aprobación de los demás accionistas durante un periodo determinado. Muy útil en startups donde los fundadores quieren mantener el control.
  • Derecho de preferencia: obliga al accionista que quiere salir a ofrecer primero sus acciones a los demás socios antes de venderlas a un tercero.
  • Clases de acciones: permite crear acciones ordinarias y acciones con voto múltiple (hasta 25 votos por acción, según la ley), útil cuando hay un fundador que quiere mantener control aunque diluya su participación económica.
  • Junta directiva: la SAS no la exige, pero si se incluye, hay que definir número de miembros, periodo y mecanismo de elección.
  • Distribución de utilidades: porcentaje mínimo a reserva legal y mecanismo de convocatoria para la asamblea que aprueba utilidades.

Costo y tiempo del trámite de constitución SAS 2026

Concepto Costo aproximado 2026 Observación
Derechos de matrícula$350.000–$800.000Según activos; tarifas Confecámaras
Inscripción del documento privadoIncluida en derechosSin costo adicional
Notaría$0No se requiere para SAS
Honorarios abogado (si lo contratas)$200.000–$800.000Opcional; puede hacerse sin abogado
Tiempo total del trámite1–3 días hábilesMás rápido en trámite virtual

Paso a paso para presentar los estatutos en la Cámara de Comercio

  1. Redacte los estatutos usando el modelo de la Cámara de Comercio de Bogotá o adaptando un modelo propio. Firme el documento como accionista fundador.
  2. Consulte disponibilidad del nombre en RUES.org.co antes de redactar — si el nombre ya existe, el trámite será devuelto.
  3. Diligencie el formulario RUES de matrícula mercantil (F-001) y el formulario PRE-RUT. Ambos están disponibles en la ventanilla de la Cámara o en el portal virtual.
  4. Pague los derechos de matrícula en taquilla, en línea o mediante PSE según la Cámara de su ciudad.
  5. Presente la documentación: estatutos firmados, formulario RUES, formulario PRE-RUT, copia de cédula del representante legal.
  6. Reciba la matrícula y el PRE-RUT. Luego active el RUT definitivo ante la DIAN en MUISCA DIAN.

Errores frecuentes al redactar estatutos SAS que devuelven el trámite

  • Nombre ya existente: no verificar el nombre en RUES antes de redactar. Si el nombre está tomado, la Cámara lo rechaza y hay que rehacer el documento.
  • No incluir “S.A.S.” en el nombre: la ley exige que el nombre lleve la abreviatura “S.A.S.” o la expresión completa. Omitirla genera devolución.
  • Capital pagado mayor al autorizado: error contable frecuente. El capital autorizado debe ser igual o mayor al suscrito, y el suscrito igual o mayor al pagado.
  • Objeto social restrictivo: limitar el objeto a una sola actividad impide facturar por otras en el futuro. Usar objeto amplio y general.
  • Representante legal sin cédula completa: la Cámara verifica la identidad; una cédula incompleta o con errores de digitación genera rechazo.
  • Firma del documento: los estatutos deben estar firmados por todos los accionistas fundadores (o por uno solo si la SAS es unipersonal). Falta de firma = devolución inmediata.

Preguntas frecuentes sobre estatutos SAS modelo

¿Hay un modelo de estatutos SAS gratis en Colombia?

Sí. La Cámara de Comercio de Bogotá publica modelos de actos de constitución de SAS en su portal virtual, disponibles sin costo. También están disponibles en los portales de otras Cámaras del país (Medellín, Cali, Barranquilla). El modelo incluye todas las cláusulas obligatorias y algunas recomendadas. Es posible adaptarlo sin abogado cuando la empresa es unipersonal y el objeto social es simple.

¿Los estatutos de una SAS necesitan notaría?

No. La principal ventaja de la SAS frente a la LTDA y la SA es que sus estatutos se formalizan mediante documento privado —sin escritura pública notarial. Basta con que el documento esté firmado por el(los) accionista(s) fundador(es) y se presente ante la Cámara de Comercio junto con el formulario RUES y el PRE-RUT. Esto reduce costos y tiempo de constitución considerablemente.

¿Qué cláusulas son obligatorias en los estatutos de una SAS?

Según el artículo 5 de la Ley 1258 de 2008, son obligatorias: nombre de la sociedad con la expresión S.A.S., domicilio principal, término de duración (puede ser indefinido), objeto social (puede ser amplio y general), capital autorizado/suscrito/pagado con número de acciones y valor nominal, y forma de administración y representación legal. La ausencia de cualquiera de estas cláusulas genera devolución del trámite.

¿Puedo redactar los estatutos SAS sin abogado?

Sí, en la mayoría de casos. La Ley 1258 de 2008 diseñó la SAS para que emprendedores sin conocimientos jurídicos pudieran constituirla. Usando el modelo de la Cámara de Comercio de su ciudad y siguiendo las instrucciones de esta guía, un accionista único puede redactar y presentar sus estatutos sin asistencia profesional. Se recomienda abogado solo cuando hay varios accionistas con reglas complejas de distribución, restricciones de transferencia elaboradas o emisiones de múltiples clases de acciones.

¿Puedo cambiar los estatutos después de constituida la SAS?

Sí. Las reformas estatutarias en una SAS se aprueban mediante acta de asamblea de accionistas (o decisión unipersonal si hay un solo accionista) y se registran en la Cámara de Comercio como inscripción de reforma. No requieren notaría. El costo de inscripción de la reforma es una tarifa fija de la Cámara (alrededor de $50.000–$100.000 en 2026 según la cámara). Cambios comunes: actualización del representante legal, ampliación del objeto social o aumento de capital.


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