Donación de órganos en Colombia 2026: todo lo que debe saber

La donación de órganos en Colombia funciona bajo el principio de donación presunta desde la entrada en vigencia de la Ley 1805/2016: todos los colombianos mayores de 18 años son considerados donantes potenciales al momento de la muerte, a menos que hayan expresado en vida su voluntad de NO donar. Esta reforma modificó la Ley 73/1988, que antes exigía manifestar activamente la voluntad de donar. El Instituto Nacional de Salud (INS) coordina la Red Nacional de Donación y Trasplantes.

Soy donante automático: ¿qué significa realmente?

Significa que, si usted fallece en una institución de salud bajo condiciones médicas aptas para donación (muerte encefálica o paro cardiorrespiratorio irreversible), los médicos pueden proceder a evaluar la donación de órganos sin necesidad de que su familia lo autorice. Sin embargo, en la práctica, los equipos médicos siempre informán a la familia, aunque legalmente la decisión ya está tomada si usted no se opuso en vida.

Cómo oponerse a la donación de órganos

Si no desea ser donante, debe manifestarlo expresamente. Hay dos formas establecidas por la Ley 1805/2016:

  1. Ante notario público: firme una escritura de oposición a la donación de órganos. Costo aproximado: $80.000-$120.000. El notario reporta al INS para el registro.
  2. Ante su EPS: algunas EPS tienen protocolo para registrar la oposición en la historia clínica. Consulte con su EPS.

La oposición es revocable en cualquier momento por el mismo procedimiento. No existe un trámite digital unificado a nivel nacional para registrar la oposición; el INS trabaja en la implementación de un registro único.

Órganos y tejidos que se pueden donar

Órgano / tejidoDonación en muerte encefálicaDonación en vida
RiñonesSí (2)Sí (1 riñón)
HígadoSí (lobótulo parcial)
CorazónNo
PulmonesSí (2)No
PáncreasNo
IntestinoNo
CórneasSí (rara vez)
Piel y huesoParcialmente
Médula óseaNo aplica

Marco legal: Ley 1805/2016 y la reforma de la donación presunta

La Ley 1805/2016 reformó la Ley 73/1988 y la Ley 919/2004 para establecer la donación presunta en Colombia. El Decreto 2493/2004 y sus modificaciones regulan los procedimientos de extracción, conservación y trasplante de órganos. El Ministerio de Salud y el INS expiden los protocolos técnicos que siguen los equipos de trasplante. La donación es solidaria y voluntaria: la Ley prohíbe expresamente la compraventa de órganos (Art. 19), la cual está tipificada como delito penal con penas de 3 a 6 años de prisión. Ningún costo puede trasladarse al donante ni a su familia por la extracción de órganos. Los gastos del proceso de donación los asume el sistema de salud.

Lista de espera de trasplantes en Colombia

El INS gestiona la lista única nacional de espera para trasplantes. En 2025, Colombia tenía más de 4.000 pacientes en lista de espera, principalmente para riñón (más del 70% de la lista), seguido de hígado y corazón. La asignación es por criterios médicos, no por posición económica: compatibilidad de grupo sanguíneo, urgencia médica, tiempo en lista y distancia al centro de trasplante. Ningún paciente puede pagar por subir en la lista; eso es delito penal (Art. 19 Ley 1805/2016).

Papel de la familia en la donación

Aunque la Ley 1805/2016 no exige el consentimiento de la familia, en la práctica los equipos de coordinación de trasplantes siempre hablan con los familiares. Estudios del INS muestran que la negativa familiar sigue siendo la principal causa de órganos no aprovechados en Colombia, a pesar de la donación presunta. Por eso, hablar en familia sobre la voluntad de donar sigue siendo crucial. Si usted quiere donar, cóntelo: eso facilita el proceso y disminuye la carga sobre su familia en el momento del duelo.

Donación de órganos en vida: riñón e hígado

La donación en vida es posible en Colombia para órganos que pueden regenerarse o que existen en par: el riñón (el más frecuente) y un lóbulo del hígado. La Ley 1805/2016 y sus reglamentos permiten la donación entre familiares de hasta cuarto grado de consanguinidad y entre cónyuges o compañeros permanentes.

Requisitos para donar un riñón en vida en Colombia:

  • Mayor de 18 años con plena capacidad jurídica.
  • Compatibilidad sanguínea y tisular certificada por el programa de trasplante de la IPS.
  • Evaluación psiquiátrica que confirme decisión libre sin presión familiar.
  • Autorización del Comité de Trasplantes de la IPS habilitada por el INS.
  • Consentimiento informado ante notario o juez (medida protectora contra tráfico de órganos).

La venta de órganos está tipificada como delito en el Artículo 188A del Código Penal (Ley 985/2005) con penas de 3 a 6 años de prisión agravadas cuando la víctima es menor de edad o persona en situación de vulnerabilidad.

Trasplantes en Colombia: tiempos de espera por tipo de órgano (2026)

ÓrganoPacientes en lista de espera (aprox.)Tiempo medio de esperaTasa de éxito trasplante
Riñón~3.2003-7 años85-90% a 5 años
Hígado~4001-3 años75-85% a 5 años
Corazón~1206-18 meses70-80% a 5 años
Córnea~1.5006-18 meses>90% de visión recuperada
Páncreas~502-5 años60-70% a 5 años

Fuente: Instituto Nacional de Salud (INS) — ins.gov.co. Colombia tiene una de las tasas de donación por millon de habitantes más altas de Latinoamérica (aprox. 9-10 donantes efectivos por millón), aunque aún por debajo de países como España (46 por millón). La donación presunta establecida por la Ley 1805/2016 busca acercar esas cifras.

El INS y la Red Nacional de Trasplantes: cómo funciona la asignación

El Instituto Nacional de Salud (INS) coordina la Red Nacional de Trasplantes de Colombia y gestiona el sistema de asignación de órganos. Cuando un paciente es declarado en muerte encefálica en un hospital habilitado, el médico notifica al coordinador hospitalario de trasplantes, que activa el protocolo con el INS. La asignación del órgano se hace según compatibilidad, urgencia médica y tiempo de espera del receptor en lista nacional. Todo el proceso ocurre en horas; la rapidez es crítica porque los órganos tienen ventanas de viabilidad muy cortas (el corazón, por ejemplo, aguanta máximo 4-6 horas fuera del cuerpo). Consulte estadísticas y más información en ins.gov.co.

Preguntas frecuentes sobre donación de órganos en Colombia

¿En Colombia soy donante automático de órganos?

Sí, desde la Ley 1805/2016 todos los colombianos mayores de 18 años son presumidos donantes al morir, a menos que hayan manifestado expresamente su oposición ante notario o EPS. Antes de esta ley, tenía que decir explícitamente que SERÍA donante. Ahora el sistema es a la inversa: si no dijo que no quiere donar, se asume que sí.

¿Cómo me opongo a donar mis órganos?

Vaya a una notaría pública y firme una escritura de oposición a la donación de órganos. El costo ronda $80.000-$120.000. El notario está obligado a reportar al INS para el registro nacional. También puede consultar si su EPS tiene un protocolo de registro interno. Informé también a su familia de su decisión para evitar confusiones.

¿Mi familia puede negarse si yo soy donante?

Legalmente, no. La Ley 1805/2016 no les da derecho a veto si usted no manifestó su oposición. Pero en la práctica, los equipos médicos casi siempre buscan el acuerdo familiar para proceder, especialmente en muertes imprevistas. Si usted quiere donar, cuéntelo a su familia para que lo apoyen en ese momento.

¿Cómo funciona la lista de espera de trasplantes?

El INS maneja la lista única nacional. La asignación se hace por criterios médicos: compatibilidad de grupo sanguíneo y HLA, urgencia médica, tiempo en lista y distancia al centro trasplantador. El dinero o las conexiones no influyen; es un sistema público. Pagar por un órgano o por una mejor posición en lista es delito en Colombia.

¿Puedo donar órganos en vida?

Sí, para algunos órganos y tejidos: un riñón (vive con el otro), lobótulo de hígado (se regenera), médula ósea y sangre. La donación en vida requiere evaluación médica completa, consentimiento informado ante un Comité de Ética y, en la mayoría de casos, que el donante y receptor tengan vínculo familiar o afectivo demostrable (para evitar el tráfico de órganos).


Consulte más en el pilar de Seguros y Otros. Le puede interesar todas las guías del pilar de Salud, cómo funciona el seguro de vida en Colombia y planes exequiales en Colombia.

Scroll to Top