Los requisitos para la Devolución del IVA 2026 son pertenecer a los grupos A, B o C1 del Sisbén IV, con la encuesta actualizada, y no estar excluido por otro programa del DPS. El pago es de $111.000 por bimestre vía SuperGiros o Banco Agrario, sin inscripción adicional.
La Devolución del IVA es uno de los subsidios del DPS con menos trámite: no requiere postulación independiente, porque se activa automáticamente para los hogares que cumplen los criterios de focalización. Sin embargo, eso no significa que todos los hogares colombianos tengan derecho a recibirla. El programa está diseñado para compensar el impacto del Impuesto al Valor Agregado en los hogares más vulnerables, y su acceso depende casi por completo de la información registrada en el Sisbén IV. Esta guía explica, con detalle, quién aplica realmente, qué documentos pueden pedirle, qué condiciones debe mantener para no perder el beneficio y en qué casos -aunque esté en Sisbén A o B- el DPS puede excluir a un hogar.
¿Quién puede aplicar a la Devolución del IVA en 2026?
El criterio principal es el Sisbén IV. Los hogares clasificados en el grupo A (pobreza extrema) y grupo B (pobreza moderada) son la población prioritaria, y en algunos casos el DPS también incluye hogares del grupo C1 cuando hay cupos disponibles y cumplen otros criterios de vulnerabilidad. No es necesario ser beneficiario de Renta Ciudadana ni de ningún otro programa para recibir la Devolución del IVA -son focalizaciones independientes, aunque pueden coincidir en el mismo hogar-. Tampoco existe un formulario de inscripción exclusivo: si el hogar cumple los criterios y está correctamente registrado, el DPS lo incorpora directamente al listado de beneficiarios para el siguiente ciclo bimestral. Lo que sí es indispensable es que la encuesta Sisbén esté vigente y refleje la composición real del hogar -número de personas, ingresos, condiciones de la vivienda-, porque las desactualizaciones son la causa más común de exclusiones que parecen injustificadas.
Documentos y datos que pide el DPS
Aunque no hay un formulario de inscripción específico, sí hay datos que deben estar correctos y actualizados en las bases del DPS y del Sisbén:
| Documento / dato | Para qué se usa | Dónde se actualiza |
|---|---|---|
| Cédula de ciudadanía del jefe de hogar | Identificar al hogar focalizado | Registraduría |
| Encuesta Sisbén IV vigente | Determinar el grupo de clasificación (A, B, C1) | Alcaldía o portal Sisbén |
| Composición del hogar (núcleo familiar) | Calcular cupos y verificar focalización | Encuesta Sisbén |
| Cuenta de ahorro o registro en SuperGiros/Banco Agrario | Recibir el giro bimestral | Operador de pago |
Condiciones para mantener el beneficio
Recibir la Devolución del IVA hoy no garantiza recibirla en el siguiente ciclo. El DPS revisa periódicamente la base de datos del Sisbén, así que cualquier cambio relevante -un aumento de ingresos reportado, una mejora en las condiciones de la vivienda, o la salida de un miembro del hogar- puede modificar el grupo de clasificación y, con él, la elegibilidad. También es importante mantener activo el medio de pago: si la cuenta bancaria se cierra o el registro en SuperGiros queda inactivo por falta de cobro durante varios ciclos, el giro puede quedar retenido hasta que se actualice. No existe ninguna gestión, pago ni “renovación” que el beneficiario deba hacer activamente más allá de mantener actualizada su información en el Sisbén y cobrar el giro dentro de los plazos del operador.
Cómo verificar si su hogar está focalizado, paso a paso
Para confirmar si su hogar cumple los requisitos sin esperar a que llegue -o no- el giro, siga estos pasos: primero, ingrese al portal del Sisbén y consulte el grupo de clasificación de su hogar con el número de cédula del jefe de hogar; segundo, si su grupo es A, B o C1, consulte en el portal de Prosperidad Social si su hogar aparece en el listado de beneficiarios de la Devolución del IVA para el ciclo vigente; tercero, si su grupo es C2 o superior y considera que su situación económica cambió, puede solicitar una actualización de la encuesta Sisbén ante la alcaldía, lo cual puede tomar varias semanas en reflejarse; y cuarto, si todo está correcto pero el pago no aparece, espere la fecha oficial del próximo ciclo antes de radicar un reclamo, porque las actualizaciones de focalización no son instantáneas.
Excepciones: hogares que no califican aunque estén en Sisbén A o B
Estar en el grupo A o B del Sisbén no es garantía absoluta. El DPS excluye, entre otros casos, a hogares donde ya se identifica una duplicidad de beneficios incompatibles dentro del mismo núcleo familiar, hogares con información inconsistente -por ejemplo, direcciones que no corresponden o documentos de identidad reportados como anulados-, y hogares cuya encuesta Sisbén tiene más de cierto tiempo sin actualizarse y ha sido marcada para revisión. También puede ocurrir que el cupo asignado al municipio para un ciclo determinado se agote antes de cubrir a todos los hogares elegibles, lo que retrasa -pero no necesariamente cancela- la inclusión de algunos hogares al siguiente periodo. Si un hogar cree que cumple los requisitos pero no ha recibido el giro en dos ciclos consecutivos, debe verificar primero su estado en el Sisbén antes de radicar cualquier reclamo.
Caso práctico: la familia de Rosa y por qué sí califica
Rosa vive con sus dos hijos y su madre en una vivienda de estrato 1 en un municipio de Córdoba. Su núcleo familiar está clasificado en Sisbén grupo B desde la última encuesta, actualizada hace ocho meses. Ninguno de los miembros del hogar recibe pensión ni tiene otro subsidio incompatible registrado. Aunque Rosa nunca llenó un formulario específico para la Devolución del IVA, al consultar su cédula en el sistema del DPS aparece como beneficiaria activa, y cada dos meses recibe $111.000 a través de SuperGiros. La clave de su caso es que la información de su hogar está completa y actualizada: dirección correcta, composición familiar real y ningún dato pendiente de verificación en el Sisbén.
Resumen: requisitos según grupo del Sisbén
| Grupo Sisbén IV | ¿Aplica a la Devolución del IVA? | Observación |
|---|---|---|
| A (pobreza extrema) | Sí, prioritario | Mayor probabilidad de inclusión automática |
| B (pobreza moderada) | Sí | Sujeto a cupos y actualización de encuesta |
| C1 | En algunos casos | Depende de cupos disponibles por municipio |
| C2 en adelante / D | No | Fuera de la población focalizada del programa |
Preguntas frecuentes sobre los requisitos de la Devolución del IVA
¿Sisbén C recibe la Devolución del IVA?
Solo el subgrupo C1 puede ser incluido, y únicamente cuando hay cupos disponibles en el municipio después de cubrir a los grupos A y B, que son prioritarios. Los subgrupos C2, C3, C4 y los del grupo D no hacen parte de la población focalizada para este subsidio. Si su hogar está en C1 y no ha recibido el pago, puede consultar en el portal del DPS si aparece como beneficiario activo para el ciclo vigente.
¿Pueden recibir la Devolución del IVA los extranjeros?
Sí, siempre que tengan una encuesta Sisbén vigente que los clasifique en los grupos A, B o C1 y cuenten con un documento de identificación válido en Colombia, como la cédula de extranjería o el Permiso por Protección Temporal (PPT) para población venezolana. La nacionalidad no es el criterio determinante: lo que define la elegibilidad es la focalización socioeconómica del hogar registrada ante el Sisbén, igual que para los hogares colombianos.
¿Hay un tope de ingresos para recibir la Devolución del IVA?
No existe un tope de ingresos expresado en pesos como tal; la elegibilidad depende del puntaje y grupo asignado por el Sisbén IV, que combina ingresos, gastos del hogar, características de la vivienda y composición familiar en un solo índice. Dos hogares con ingresos similares pueden quedar en grupos distintos según estas otras variables. Por eso, la forma más confiable de saber si su hogar califica es consultando directamente su grupo Sisbén, no calculando solo el ingreso mensual.
¿Cuántas personas debe tener el hogar para recibir la Devolución del IVA?
No hay un número mínimo o máximo de integrantes exigido. El beneficio se asigna por hogar -no por persona-, y el monto de $111.000 por bimestre es el mismo independientemente de si el hogar tiene dos o seis miembros. Lo que sí influye es que la composición del hogar esté correctamente registrada en la encuesta Sisbén, porque hogares mal registrados -por ejemplo, con personas que ya no viven ahí- pueden generar inconsistencias que retrasan el pago.
¿Sirve la Devolución del IVA si soy trabajador independiente?
Sí. La condición laboral -ser independiente, empleado formal o estar desempleado- no es un criterio de exclusión directa para la Devolución del IVA. Lo relevante es el resultado de la encuesta Sisbén, que tiene en cuenta los ingresos reportados por todos los miembros del hogar. Un trabajador independiente con ingresos bajos y registrados correctamente en el Sisbén puede calificar igual que un hogar sin ingresos laborales, siempre que el grupo asignado sea A, B o C1 con cupo disponible.
Consulte más información sobre los subsidios y bonos del DPS. También le puede interesar cómo funciona la Devolución del IVA y los grupos del Sisbén IV.
