ICA Bogotá 2026: cálculo, tarifas y declaración

El ICA Bogotá (Impuesto de Industria y Comercio) grava las actividades comerciales, industriales y de servicios ejercidas en la capital. La tarifa oscila entre 4 por mil (actividades industriales básicas) y 13,8 por mil (servicios financieros), según el código CIIU de la actividad. Se liquida sobre los ingresos brutos obtenidos en Bogotá y se declara anualmente ante la Secretaría de Hacienda Distrital (shd.gov.co). Requiere RIT activo.

El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un tributo distrital, no nacional: no lo administra la DIAN sino la Secretaría de Hacienda Distrital de Bogotá. Cada municipio colombiano tiene su propio ICA con sus propias tarifas. Este artículo cubre específicamente el ICA de Bogotá D.C., basado en el Acuerdo Distrital 65 y sus modificaciones, vigente para 2026.

Tarifas del ICA Bogotá 2026 por tipo de actividad

Las tarifas se expresan en ‰ (por mil): un número de por mil se aplica directamente sobre los ingresos brutos de la actividad en Bogotá. La tarifa la determina el código CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) de cada actividad económica:

Tipo de actividad (CIIU) Tarifa ICA Bogotá Ejemplos
Industrial básica 4,14 ‰ Producción de alimentos, textiles, madera
Comercio al por menor 6,9 ‰ Tiendas, supermercados, ferreterías, papelerías
Servicios profesionales y técnicos 9,66 ‰ Médicos, abogados, ingenieros, arquitectos, contadores
Servicios en general 9,66 ‰ Restaurantes, hoteles, agencias, consultoría, diseño
Actividades financieras y de seguros 13,8 ‰ Bancos, aseguradoras, cooperativas de ahorro

Nota: las tarifas exactas dependen del código CIIU de la actividad. Para confirmar la tarifa de su actividad específica, consulte el portal de la Secretaría de Hacienda Distrital o el Acuerdo Distrital vigente.

Cómo calcular el ICA Bogotá que debe pagar

La fórmula es sencilla: ICA = Ingresos brutos en Bogotá × tarifa (en tanto por mil).

Ejemplo: Andrés es ingeniero de sistemas independiente en Bogotá con ingresos brutos de $120.000.000 en 2025. Su actividad (consultoría en sistemas) cae en la tarifa de servicios profesionales del 9,66‰. ICA a pagar: $120.000.000 × 0,00966 = $1.159.200. Además, si tiene aviso o letrero en su oficina, paga el complementario de avisos y tableros: 15% de $1.159.200 = $173.880. Total: $1.333.080.

Segundo ejemplo: Clara tiene una tienda de ropa en el centro de Bogotá con ingresos brutos de $200.000.000. Tarifa comercio al por menor: 6,9‰. ICA: $200.000.000 × 0,0069 = $1.380.000. Si no tiene aviso externo, no aplica el complementario.

RIT Bogotá: el registro previo a declarar ICA

El Registro de Información Tributaria (RIT) es el registro de contribuyentes del ICA y otros tributos distritales en Bogotá. Equivale al RUT de la DIAN pero administrado por la Secretaría de Hacienda Distrital. Sin RIT activo, no puede declarar ni pagar el ICA.

  • El RIT es obligatorio para toda persona natural o jurídica que realice actividades comerciales, industriales o de servicios en Bogotá.
  • Se obtiene de forma gratuita en el portal de la SHD o en los puntos de atención presenciales de la Secretaría de Hacienda (Cl. 17 N° 6B-24 en Bogotá, entre otras sedes).
  • Debe actualizarse cuando cambia la dirección, la actividad económica o los datos del negocio.

Cuándo y cómo declarar el ICA en Bogotá

El ICA en Bogotá se declara anualmente. La Secretaría de Hacienda Distrital fija los plazos cada año mediante decreto, generalmente en los primeros meses del año (marzo-mayo) para el año gravable anterior. Para 2026 (declarando ingresos de 2025), el plazo exacto estará disponible en shd.gov.co a comienzos de año.

El trámite de declaración se hace en línea mediante el SDH Virtual en el portal de la Secretaría de Hacienda. Necesita el RIT activo y la Clave SDH (similar a la firma electrónica de la DIAN). El sistema calcula automáticamente el ICA y el complementario de avisos y tableros, genera el recibo de pago y puede abonarse por PSE o en bancos corresponsales.

Complementario de avisos y tableros: el 15% adicional

Si tiene cualquier aviso, tablero, letrero o cartel visible al público en el local o establecimiento (incluyendo vitrina o fachada), debe pagar el complementario de avisos y tableros, que es el 15% del valor del ICA. Si pagó $1.000.000 de ICA, el complementario es $150.000 adicionales. Si no tiene ninguna clase de publicidad exterior visible, no aplica este complementario. Es el tributo más olvidado por los nuevos comerciantes en Bogotá.

Preguntas frecuentes — ICA Bogotá

¿Qué es el RIT en Bogotá y para qué sirve?

El RIT (Registro de Información Tributaria) es el registro de contribuyentes de los tributos distritales de Bogotá (ICA, predial, sobretasa a la gasolina, etc.), administrado por la Secretaría de Hacienda Distrital. Es el equivalente al RUT de la DIAN para el ámbito distrital. Sin RIT activo no puede declarar ni pagar el ICA en Bogotá. Se solicita gratis en el portal sdh.gov.co o en las oficinas de la SHD.

¿Cuál es la tarifa del ICA en Bogotá para independientes?

Depende de la actividad. Los profesionales independientes (médicos, abogados, ingenieros, contadores, psicólogos, arquitectos) generalmente caen en la tarifa de servicios del 9,66 por mil. Para ingresos de $80.000.000 en 2025, el ICA sería $80.000.000 × 0,00966 = $772.800. Consulte el código CIIU de su actividad en el portal de la SHD para confirmar la tarifa exacta, ya que puede haber subcategorías con tarifas distintas.

¿Cuándo declaro el ICA en Bogotá?

El ICA en Bogotá es anual. La Secretaría de Hacienda publica el calendario tributario distrital a comienzos de cada año. El plazo suele estar entre marzo y junio para el año gravable anterior. Si presentó tarde o no declaró, también debe pagar una sanción por extemporaneidad. Consulte las fechas exactas en shd.gov.co.

¿Si no facturé nada en el año, debo pagar ICA?

Si no tuvo ingresos por actividad comercial, industrial o de servicios en Bogotá, el ICA será cero ($0 × tarifa = $0). Sin embargo, si está registrado con RIT como contribuyente activo, es conveniente presentar la declaración en cero para que la SHD no genere una liquidación de aforo (estimación de ingresos). Si su actividad fue completamente inactiva, puede solicitar el retiro del RIT para no quedar obligado a declarar en los años siguientes.

¿Un independiente en Bogotá debe pagar ICA?

Sí, si presta servicios en Bogotá como actividad habitual y con finánimo de lucro. Un médico, abogado, diseñador o contador que tiene clientes en Bogotá y factura desde allí está sujeto al ICA distrital. La base es el total de ingresos brutos de la actividad en la ciudad. Quienes tienen ingresos por debajo del umbral de exención que fija el Concejo Distrital en cada acuerdo anual pueden quedar exonerados; consulte el umbral vigente para el año gravable en el portal SHD.

Retención de ICA: qué es y cuándo te la practican

Al igual que la DIAN tiene retención en la fuente, Bogotá tiene retención de ICA. La practican grandes empresas y entidades públicas del distrito cuando pagan a proveedores de bienes o servicios gravados con ICA. La tarifa de retención de ICA es el 50% de la tarifa del impuesto que aplique a la actividad. Ejemplo: si la tarifa de su actividad de servicios es 9,66‰, la retención que le practican es 9,66 × 50% = 4,83‰ sobre el valor del contrato.

Usted descuenta esa retención al declarar el ICA anualmente. Si la suma de retenciones de ICA que le practicaron en el año supera el ICA total calculado, tiene saldo a favor que puede pedir a la Secretaría de Hacienda Distrital. Los comprobantes de retención de ICA deben conservarse para soportar el descuento.

Diferencias entre el ICA Bogotá y el de otras ciudades colombianas

El ICA es un impuesto municipal: cada ciudad tiene sus propias tarifas, plazos y sistema de declaración. Para referencia comparativa:

Ciudad Tarifa servicios aprox. Periodicidad
Bogotá D.C. 9,66 ‰ Anual
Medellín ~10 ‰ (varía por CIIU) Bimestral
Cali ~8 ‰ (varía por CIIU) Bimestral
Barranquilla ~7 a 10 ‰ Bimestral

Bogotá es la única de las cuatro grandes ciudades con periodicidad anual en el ICA para la mayoría de contribuyentes. En Medellín, Cali y Barranquilla, la declaración es bimestral, lo que implica mayor carga administrativa para quien opera en esas ciudades. Si tiene actividad en varias ciudades, debe declarar el ICA en cada una por los ingresos generados en cada municipio.

Exoneraciones y descuentos del ICA Bogotá que aplican en 2026

La Secretaría de Hacienda Distrital puede otorgar descuentos por pronto pago y exenciones para ciertas actividades. Para 2026, las más relevantes son:

  • Descuento por pago anticipado: la SHD otorga descuentos del 5% al 10% cuando el ICA se paga antes del vencimiento del plazo ordinario. Consulte el calendario tributario distrital 2026 en shd.gov.co para conocer el porcentaje exacto y las fechas de descuento.
  • Actividades sin ánimo de lucro: entidades sin ánimo de lucro registradas y reconocidas (cooperativas, ONG, fundaciones) pueden quedar exoneradas del ICA si cumplen requisitos del Estatuto Tributario de Bogotá (Acuerdo Distrital 65). Deben acreditar la naturaleza jurídica ante la SHD.
  • Micro y pequeños negocios con ingresos bajos: el Concejo Distrital puede fijar un ingreso mínimo por debajo del cual el ICA es cero. Para 2025-2026, este umbral varía; consulte la resolución anual de la SHD para el año gravable aplicable.

Si tiene dudas sobre si aplica alguna exención, comuníquese con la línea de atención de la Secretaría de Hacienda Distrital (601-338-5000 en Bogotá D.C.) o acuda a los puntos de atención presenciales. La consulta previa evita sanciones y aclara situaciones particulares que los portales web no resuelven fácilmente.


Consulte cómo obtener y actualizar el RIT Bogotá. También puede revisar el IVA Colombia 2026 y las sanciones DIAN que aplican igualmente en IVA e ICA.

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