Para afiliarse a una EPS del régimen subsidiado con el Sisbén, vaya a la EPS de su elección con cédula y certificado Sisbén grupo A o B, y solicite la afiliación. Es gratuita, no requiere pago de aportes mensuales y entra en vigor desde el primer día del mes siguiente. Los recursos los aporta el Estado a través de ADRES (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud), que reemplazó al antiguo Fosyga en 2017.
En 2026, el régimen subsidiado cubre a todos los hogares con Sisbén A o B que no estén en el régimen contributivo (como trabajadores con contrato formal). Si su hogar está en grupo C o D del Sisbén, la afiliación al subsidiado es más restringida y depende de la capacidad de pago determinada por la alcaldía. La cobertura del régimen subsidiado es la misma que la del contributivo: Plan de Beneficios en Salud (PBS) completo.
¿Qué es el régimen subsidiado y cómo funciona?
El régimen subsidiado es la modalidad de salud para colombianos que no tienen capacidad de pago para aportar al régimen contributivo. El Estado paga la Unidad de Pago por Capitación (UPC) de cada afiliado con recursos del Presupuesto General de la Nación y los departamentos. Desde la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026), el Gobierno profundizó el modelo de subsidiado para reducir las brechas de cobertura.
La diferencia entre régimen subsidiado y contributivo no es de calidad de atención (ambos tienen el mismo Plan de Beneficios en Salud), sino de cómo se financia: en el contributivo, empleados y empleadores aportan el 12,5% del salario; en el subsidiado, el Estado paga el 100% de la UPC por cada afiliado.
Paso a paso para afiliarse con el Sisbén
- Verifique su grupo Sisbén: consulte en sisben.gov.co que tiene grupo A o B activo. Descargue el certificado PDF.
- Elija una EPS del régimen subsidiado habilitada en su municipio. La lista de EPS habilitadas por zona está disponible en adres.gov.co.
- Diríjase a la sede de la EPS elegida con cédula de ciudadanía y certificado Sisbén. Si tiene menores de edad en el hogar, lleve sus documentos (TI o registro civil).
- Diligencie el formulario de afiliación que le entrega la EPS. Incluya a todos los miembros del hogar que quiere afiliar.
- Espere la confirmación: la afiliación entra en vigencia el primer día del mes siguiente a la solicitud. ADRES valida el grupo Sisbén contra la base del DNP antes de activarla.
¿Qué EPS del régimen subsidiado puede elegir?
Las EPS habilitadas en el régimen subsidiado varían por departamento y municipio. En 2026, algunas de las EPS subsidiadas con mayor cobertura nacional son:
| EPS | Cobertura principal | Situación 2026 |
|---|---|---|
| Nueva EPS | Nacional (mayor cobertura subsidiada) | Bajo intervención del Gobierno desde 2022; sigue operando |
| Mutual Ser | Costa Caribe y región Caribe | Activa |
| Coosalud | Sur del país | Activa |
| Salud Total | Nacional | Activa |
| Savia Salud | Antioquia | Activa (departamental) |
| Emssanar | Nariño, Cauca, sur occidente | Activa |
Antes de ir, confirme qué EPS está habilitada en su municipio específico consultando en adres.gov.co. En zonas rurales dispersas puede haber una sola EPS habilitada.
¿Cuánto cuesta la salud con Sisbén A o B?
En el régimen subsidiado con grupos A y B, el afiliado no paga aportes mensuales. El costo de bolsillo en el momento de usar los servicios es mínimo:
- Consulta médica general: sin copago para grupos A y B (subsidiado pleno).
- Urgencias: sin copago.
- Medicamentos del PBS: sin copago para grupos A y B.
- Cirugías y hospitalización del PBS: sin copago.
- Copagos: solo aplican en grupos C y D del subsidiado, y en algunos servicios especializados según la resolución del Ministerio de Salud vigente.
¿Qué pasa si subo de grupo Sisbén: pierdo la EPS subsidiada?
Si el DNP actualiza su grupo y pasa de A/B a C o D por mejora de condiciones (empleo formal, mejora de vivienda, etc.), puede perder el derecho al régimen subsidiado. Esto ocurre porque ADRES hace cruces periódicos con la base del Sisbén IV y actualiza los registros de afiliación.
Si queda sin EPS porque le cambiaron el grupo, tiene 3 opciones: (1) afiliarse al régimen contributivo como independiente (aporte del 12,5% sobre sus ingresos, mínimo sobre 1 SMMLV = $1.423.500, es decir $177.938/mes); (2) solicitar revisión del grupo en la alcaldía si considera que el cambio fue incorrecto; o (3) verificar con la alcaldía si califica para el subsidiado por incapacidad de pago aunque esté en grupo C.
Régimen subsidiado vs. contributivo: diferencias clave
| Aspecto | Subsidiado | Contributivo |
|---|---|---|
| Quién paga | El Estado (ADRES) | Empleado + empleador (12,5% del salario) |
| Requisito principal | Sisbén A o B | Contrato laboral o declaración de independiente |
| Plan de beneficios | PBS completo | PBS completo (igual) |
| Copagos consulta general | Sin copago (grupos A/B) | Cuota moderadora según IBC |
| Acceso a especialistas | Con orden del médico general | Con orden del médico general |
| Emergencias | Sin costo para A/B | Sin costo en urgencias |
Preguntas frecuentes
¿Me cambian automáticamente de EPS si subo de grupo?
No es automático en el momento, pero ADRES hace cruces periódicos con la base Sisbén IV y actualiza los registros. Cuando el sistema detecta que su grupo cambió a C o D, la EPS puede notificarle que su afiliación en el subsidiado termina. Esto suele ocurrir en el corte trimestral o semestral de ADRES, no inmediatamente. Si le llega esa notificación y cree que el cambio fue incorrecto, reclame en la alcaldía antes de que la afiliación se corte.
¿Pierdo la EPS si mi empleador me da contrato formal?
Sí. Si consigue un empleo formal con contrato laboral, pasa automáticamente al régimen contributivo: su empleador y usted aportan el 12,5% del salario. No puede estar en ambos regímenes al mismo tiempo. La transición al contributivo la hace su empleador al inscribirlo en la nómina. En ese momento, la afiliación al subsidiado queda inactiva. Si pierde ese empleo, puede volver al subsidiado si mantiene el grupo Sisbén A o B.
¿Pay copagos en el régimen subsidiado?
Los afiliados en grupos A y B del Sisbén IV en el régimen subsidiado pleno no pagan copagos en consultas, medicamentos del PBS ni urgencias. Los copagos solo aplican para grupos C y D del subsidiado (si acceden por incapacidad de pago certificada), y para algunos servicios que estén por fuera del PBS. Para cualquier servicio dentro del PBS con grupo A o B, el acceso es sin costo de bolsillo.
¿Puedo tener medicina prepagada si estoy en el subsidiado?
No es lo habitual, pero no hay una prohibición legal explícita para que una persona en el subsidiado contrate un plan complementario privado. En la práctica, los planes de medicina prepagada cuestan entre $150.000 y $600.000 mensuales según el nivel, lo que los hace inaccesibles para hogares en grupo A o B del Sisbén. Si en algún momento su situación económica mejora, puede evaluar un plan complementario en el régimen contributivo.
¿Cuánto tarda en activarse la afiliación?
La afiliación al régimen subsidiado entra en vigor el primer día del mes siguiente a la solicitud. Si se afilia el 15 de junio, su cobertura inicia el 1 de julio. Durante ese período de espera, las urgencias médicas se atienden sin importar el estado de afiliación, por mandato de la Ley 100 de 1993. Para servicios programados (consultas, especialistas), debe esperar a que la afiliación esté activa.
Consulte su grupo en consultar Sisbén por cédula. Para saber a qué más beneficios da acceso el Sisbén, lea beneficios Sisbén grupo A. Más guías en Sisbén en Colombia.
