Traslado AFP a Colpensiones: requisitos y paso a paso 2026
Trasladarse de una AFP (Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia) a Colpensiones es un proceso que hoy aplica principalmente para cotizantes en régimen de transición (mujeres con 50+ años o hombres con 55+ años al 1 de julio de 2025). Para la mayoría de cotizantes jóvenes, la Reforma Pensional Ley 2381 de 2024 ya los puso automáticamente en Colpensiones para las primeras 1.300 semanas desde enero de 2025. El proceso requiere doble asesoría, solicitud escrita y traslado del capital vía bono pensional.
Antes de la Reforma 2024, el traslado AFP → Colpensiones era una decisión frecuente, especialmente para trabajadores de mediana edad que preferan la certidumbre del régimen público. Hoy, la mayoría de esos cotizantes ya están en Colpensiones por efecto automático de la reforma. Si usted está en régimen de transición y quiere hacer el traslado formal, esta guía explica el proceso completo.
¿A quién aplica el traslado AFP → Colpensiones en 2026?
Situaciones donde el traslado formal aún es relevante:
| Perfil | ¿Aplica el traslado? | Razón |
|---|---|---|
| Cotizante en régimen de transición (50+ mujeres / 55+ hombres en AFP el 1 jul 2025) | Sí | Puede optar por el RPM completo bajo reglas pre-reforma |
| Cotizante menor de esas edades en AFP | Parcialmente | Sus primeras 1.300 semanas ya van a Colpensiones automáticamente; no hay traslado manual para esto |
| Cotizante con más de 1.300 semanas en AFP | Para las semanas adicionales | El excedente sigue en AFP; puede redirigir aportes futuros |
Requisitos para el traslado a Colpensiones
- Estar en régimen de transición (mujeres 50+ / hombres 55+ al 1 de julio de 2025 afiliados a AFP).
- No haber iniciado el trámite de pensión: una vez iniciada la solicitud de pensión en AFP, el traslado no procede.
- Completar el proceso de doble asesoría: obligatorio según Ley 797 de 2003 y Ley 2381 de 2024.
- No estar en mora con el sistema pensional.
Documentos requeridos
| Documento | Para qué sirve |
|---|---|
| Cédula de ciudadanía original | Identificación del solicitante |
| Certificado de saldo de la AFP | Acredita el capital acumulado que se trasladará como bono pensional |
| Extracto de historia laboral de Colpensiones | Verificar semanas cotizadas en RPM en periodos anteriores |
| Formulario de solicitud de traslado (Colpensiones) | Solicitud formal del cambio de régimen |
| Constancia de doble asesoría | Prueba de que recibió asesoría de ambas entidades |
Paso a paso: cómo trasladarse de AFP a Colpensiones
- Solicitar asesoría a la AFP: contacte a su AFP (Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia) y pida la asesoría de traslado. La AFP debe presentarle una proyección de su pensión si se queda en RAIS.
- Solicitar asesoría a Colpensiones: acuda a una oficina de Colpensiones o solicite la asesoría en el portal. Colpensiones le presenta su proyección de pensión en RPM con los aportes acumulados.
- Firmar la constancia de doble asesoría: una vez recibidas ambas asesorías, firme el documento que acredita que tomó la decisión informado.
- Presentar la solicitud de traslado en Colpensiones: entregar el formulario de solicitud con todos los documentos en una oficina presencial de Colpensiones. El trámite no puede hacerse completamente en línea por la exigencia de firma física.
- Colpensiones notifica a la AFP: Colpensiones informa a la AFP el traslado aprobado. La AFP tiene un plazo para emitir el bono pensional.
- Emisión del bono pensional: la AFP emite el bono por el valor de los aportes acumulados. Colpensiones lo incorpora al historial del trabajador. El proceso completo puede tardar entre 3 y 6 meses.
¿Qué pasa con el capital acumulado en la AFP?
Los aportes acumulados en la AFP no se pierden. Se convierten en un bono pensional:
- Bono pensional tipo A: para trabajadores del sector privado. La AFP emite el título por el valor actualizado de los aportes. Colpensiones lo redime cuando el trabajador solicita la pensión.
- Bono pensional tipo B: para servidores públicos que tuvieron aportes en el extinto ISS o en el sector público antes de la Ley 100.
- El bono suma al cálculo: el capital del bono se suma al historial de Colpensiones para calcular la pensión, junto con las semanas cotizadas antes y después del traslado.
Costos y tiempos del traslado
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Costo del trámite | Gratuito |
| Tiempo de doble asesoría | 1–2 semanas (se hacen en díferentes visitas) |
| Tiempo de aprobación del traslado | 30–60 días hábiles desde la solicitud |
| Tiempo de emisión del bono pensional | Hasta 6 meses (la AFP tiene plazo legal) |
| Dónde se hace | Presencialmente en oficinas de Colpensiones (no disponible completamente en línea) |
Errores frecuentes al tramitar el traslado
- Hacer solo una asesoría: el traslado sin la doble asesoría es nulo. Ambas asesorías son obligatorias y deben quedar documentadas.
- No verificar el saldo del bono antes de firmar: revise que el monto del bono pensional que emite la AFP coincide con sus extractos históricos.
- Esperar a estar cerca de la pensión: el bono pensional puede demorar meses en ser emitido y redimido. Hacer el traslado con pocos años por delante puede generar retrasos en el reconocimiento de la pensión.
- Dejarse asesorar por intermediarios no autorizados: el trámite es gratuito. Cualquier persona que cobre por «gestionar» el traslado está haciendo algo innecesario o fraudulento.
Preguntas frecuentes sobre el traslado AFP a Colpensiones
¿Conviene trasladarse a Colpensiones en 2026?
Para quienes están en régimen de transición, Colpensiones conviene cuando: el salario es bajo o medio (Colpensiones garantiza pensión mínima de $1.423.500/mes), hay alta expectativa de vida (pensión de por vida sin riesgo de que el capital se agote), o se priorizan los sobrevivientes (pensión vitalicia para el cónyuge). AFP conviene para salarios altos con más de 1.300 semanas proyectadas y alta tolerancia al riesgo financiero.
¿Hay un plazo de edad para trasladarse?
Para el régimen de transición, la restricción varía según la normativa de transición de la Ley 2381. Antes de la reforma, la regla general era que no se podía trasladar si faltaban menos de 10 años para la edad de pensión. En el régimen de transición, esta restricción puede aplicarse de forma diferente. Consulte directamente con Colpensiones su situación específica antes de iniciar el proceso.
¿Qué pasa con los ahorros en la AFP si me traslado?
Los ahorros se trasladan mediante un bono pensional. La AFP no los devuelve en efectivo: emite un título valor (el bono) que Colpensiones incorpora al cálculo de la pensión. El valor del bono es el capital acumulado en la AFP hasta la fecha del traslado, actualizado. No hay pérdida del ahorro: el dinero sigue siendo suyo, solo cambia de administrador.
¿Pierdo la rentabilidad del fondo privado al trasladarme?
Al trasladarse, la AFP liquida los aportes a valor de mercado en la fecha del traslado. La rentabilidad generada hasta ese momento queda capturada en el bono. A partir del traslado, los nuevos aportes entran al sistema de reparto de Colpensiones (que no tiene una cuenta individual con rendimientos de mercado). La «rentabilidad» de Colpensiones es implícita: se refleja en la tasa de reemplazo y la garantía de pensión mínima.
¿Qué es el bono pensional y cómo funciona?
El bono pensional es un título valor que emite la AFP cuando el cotizante se traslada a Colpensiones. Representa el valor actualizado de todos los aportes acumulados en la cuenta individual de la AFP. Colpensiones redime el bono al momento de liquidar la pensión: el monto del bono se suma al cálculo del derecho pensional. Sin bono, Colpensiones solo reconocería las semanas cotizadas directamente en el RPM.
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