Licencia de paternidad Colombia 2026

La licencia de paternidad en Colombia dura 2 semanas (14 días hábiles) y la paga la EPS al 100% del Ingreso Base de Cotización del padre, según la Ley 2114 de 2021. Aplica para padres empleados en el sector privado o público, e independientes con cotización activa. En 2026 no hay cambios en la duración ni en el porcentaje de pago respecto a lo establecido en 2021.

Antes de la Ley 2114, la licencia de paternidad era de apenas 8 días hábiles (Ley 755 de 2002). El cambio a 2 semanas representó casi el doble del tiempo anterior y convirtió a Colombia en uno de los países con mayor avance en licencias parentales de Suramérica. Aquí explicamos cómo solicitarla, calcular el monto y qué hacer si la EPS pone obstáculos.

Qué es la licencia de paternidad y a quién aplica

La licencia de paternidad es el período de descanso remunerado que la ley le garantiza al padre biológico o adoptante tras el nacimiento o la adopción de un hijo. Durante esos 14 días hábiles, el padre no pierde el vínculo laboral ni el salario: la EPS paga el monto directamente al trabajador o reembolsa al empleador, según el mecanismo acordado.

El marco legal vigente es el artículo 2 de la Ley 2114 de 2021, que modificó el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo y estableció las 2 semanas actuales. Esta ley también introdujo la licencia parental flexible: la madre puede ceder hasta 6 semanas al padre a partir de la semana 13 de la licencia de maternidad, aumentando en la práctica el tiempo del padre hasta un máximo de 8 semanas si la madre así lo decide.

Requisitos para solicitar la licencia de paternidad en 2026

  • Estar cotizando activamente al sistema de salud en el régimen contributivo (como empleado o como independiente) al momento del nacimiento o la adopción.
  • Haber cotizado durante el período de gestación: la ley no exige un número mínimo de semanas como en maternidad, pero el padre debe estar vinculado al sistema. Si hay periodos de mora recientes, la EPS puede objetar el pago.
  • Presentar el certificado de nacido vivo (o el acta de adoptabilidad del ICBF en caso de adopción) para acreditar el hecho que origina la licencia.
  • Solicitarla dentro de los 30 días siguientes al parto o a la entrega del menor. Si supera ese plazo sin causa justificada, la EPS puede negar el reconocimiento.

Cuánto pagan: fórmula y tabla de montos 2026

El pago es el 100% del IBC durante los 14 días hábiles de la licencia. La fórmula oficial:

Monto total = (IBC mensual × 14) ÷ 30

IBC mensual del padreMonto total licencia paternidad
$1.423.500 (SMMLV 2026)$664.300 aprox.
$2.000.000$933.333 aprox.
$3.000.000$1.400.000 aprox.
$5.000.000$2.333.333 aprox.
$8.000.000$3.733.333 aprox.

Caso real: Carlos trabaja como asesor comercial en Bogotá con un IBC de $2.500.000. Nació su primer hijo en mayo de 2026. Carlos notificó a su jefe el mismo día. La empresa radicó ante la EPS el certificado de nacido vivo y la nómina. Cálculo: ($2.500.000 × 14) ÷ 30 = $1.166.667 totales por los 14 días hábiles. La EPS aprobó y pagó al empleador dentro de los 5 días hábiles siguientes a la radicación.

Paso a paso para solicitar la licencia de paternidad

  1. Obtener el certificado de nacido vivo en la clínica u hospital donde nació el bebé. Sin este documento la EPS no procesa la solicitud.
  2. Notificar al empleador el mismo día del parto o a más tardar al día siguiente. Entregue copia del certificado de nacido vivo al área de Recursos Humanos.
  3. El empleador radica ante la EPS con: certificado de nacido vivo, cédula del padre, planilla de cotización del mes anterior y carta de la empresa con el IBC del trabajador. La EPS tiene 5 días hábiles para responder.
  4. Si es trabajador independiente: radique usted mismo ante su EPS con certificado de nacido vivo, cédula y comprobante de pago de la cotización del mes del parto o del mes inmediatamente anterior.
  5. Iniciar la licencia: puede comenzar el día del parto o dentro de los 30 días siguientes. Lo más conveniente es empezar el mismo día o al día siguiente para acompañar a la madre en el postparto inmediato.

Antes y después de la Ley 2114: qué cambió para los papas

AspectoAntes de 2021Desde Ley 2114 de 2021
Duración8 días hábiles14 días hábiles (2 semanas)
Licencia parental adicionalNo existíaHasta 6 semanas cedidas por la madre desde sem. 13
Padres adoptantesAplicaba con 8 díasAplica con 14 días hábiles
IndependientesSí con cotización activaIgual requisito, mayor duración

Qué hacer si la EPS niega o demora la licencia de paternidad

La negativa más frecuente es por periodos de mora en la cotización. Si la EPS alega mora pero usted cotizó durante el embarazo, exija por escrito el certificado de semanas cotizadas y compárelo con sus recibos de pago. Si hay error, corrija la planilla con el empleador y vuelva a radicar la solicitud.

Si la negativa persiste sin causa justificada, tiene dos caminos: interponer una reclamación ante la Superintendencia Nacional de Salud (línea gratuita 018000 513700), o presentar una tutela ante un juez, que debe resolverse en 10 días hábiles. Los jueces han amparado sistemáticamente el derecho a la licencia de paternidad cuando el padre cotizó activamente, incluso ante moras menores.

Licencia parental flexible: cómo el padre puede acceder a hasta 8 semanas

Además de las 2 semanas propias de la licencia de paternidad, la Ley 2114 de 2021 creó un mecanismo adicional: la madre puede ceder voluntariamente hasta 6 semanas de su licencia de maternidad al padre, a partir de la semana 13. Esto significa que un padre en Colombia puede acceder a un máximo de 8 semanas totales de permiso remunerado si la madre decide ceder las semanas correspondientes.

Origen del tiempoSemanas / díasCondición
Licencia propia paternidad14 días hábiles (2 semanas)Derecho autónomo del padre
Licencia parental cedida por la madreHasta 6 semanas (desde sem. 13 de la licencia de la madre)Decisión voluntaria y escrita de la madre
Total máximo posible~8 semanasSolo si la madre cede el máximo de 6 semanas

Para que el padre reciba las semanas cedidas, deben cumplirse estas condiciones: la madre lo solicita por escrito ante su empleador y su EPS, el padre está cotizando activamente, y la madre conserva mínimo 12 semanas de sus 18 para la recuperación postparto. Las semanas cedidas las paga la EPS del padre sobre el IBC de él, no el de la madre.

Errores frecuentes al solicitar la licencia de paternidad

Los tres errores que generan más rechazos o demoras en la EPS:

  • Radicar tarde: esperar más de una semana después del parto para notificar al empleador genera demoras innecesarias. La EPS no rechaza por esto, pero el empleador puede retrasar el trámite. Notifique el mismo día o al día siguiente.
  • No tener el certificado de nacido vivo a mano: la clínica lo entrega al momento del alta. Si sale sin él, puede solicitarlo de nuevo en la institución donde nació el bebé; no lo rechace el día del parto pensando que lo puede conseguir después.
  • Mora en la cotización: si el mes anterior al parto tiene mora, la EPS lo detecta en la verificación de planillas. Antes del parto, revise con su empleador que las planillas estén al día. Un mes de mora puede retrasar el pago varias semanas.

Preguntas frecuentes sobre la licencia paternidad

¿Cuántos días exactamente dura la licencia de paternidad?

La Ley 2114 de 2021 establece 2 semanas, que corresponden a 14 días hábiles (de lunes a viernes, sin contar fines de semana ni festivos). En el calendario eso equivale aproximadamente a 18 o 19 días naturales, según los festivos que caigan en el período. La EPS calcula el pago sobre los 14 días hábiles efectivos, no sobre días calendario. Si en el período hay festivos, el tiempo de descanso aumenta pero el monto pagado corresponde a los 14 días hábiles.

¿Los padres adoptantes tienen licencia de paternidad?

Sí. El padre adoptante tiene derecho a 14 días hábiles de licencia de paternidad, contados desde la entrega legal del menor. El trámite ante la EPS se hace con el acta de adoptabilidad del ICBF en lugar del certificado de nacido vivo. No hay restricción de edad del menor adoptado para que el padre acceda a su licencia, a diferencia de la madre adoptante (cuya licencia de maternidad aplica solo para menores de 7 años).

¿Es obligatorio vivir con la madre para tener la licencia de paternidad?

No. La licencia de paternidad es un derecho del padre reconocido por la filiación del bebé, no por el tipo de relación que tenga con la madre. Basta el certificado de nacido vivo que acredite la paternidad (si el padre ya fue registrado) o el reconocimiento del menor en la Registraduría. La ley no exige convivencia ni unión marital de hecho. Si el padre aún no está registrado en el certificado, puede tramitar el reconocimiento en la Registraduría y luego solicitar la licencia.

¿Los independientes pueden pedir licencia de paternidad?

Sí, siempre que estén cotizando activamente al sistema de salud como independientes en el régimen contributivo. El trámite lo hace el padre directamente ante su EPS: lleva el certificado de nacido vivo, su cédula y el comprobante de pago de la cotización del mes del parto o del mes anterior. La EPS debe pagar el mismo monto que le correspondería a un empleado con el mismo IBC declarado.

¿Los empleados del sector público también tienen licencia de paternidad?

Sí. Los servidores públicos —empleados del gobierno nacional, departamental o municipal, fuerzas militares, docentes oficiales— tienen los mismos derechos que los trabajadores del sector privado: 14 días hábiles al 100% del IBC. El trámite pasa por la entidad empleadora, que adelanta el requerimiento ante la EPS o entidad de salud correspondiente. Algunos contratos del sector público contemplan días adicionales en convenciones colectivas o en reglas propias de la entidad.


Más información sobre derechos de salud y trabajo en la guía de Salud en Colombia. También le puede interesar la licencia de maternidad 2026 con todos los datos sobre las 18 semanas, y cómo presentar una tutela en salud si la EPS niega el pago de la licencia.

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