Liquidación sociedad patrimonial unión libre

La liquidación de la sociedad patrimonial es el proceso legal que divide los bienes adquiridos durante una unión marital de hecho cuando la pareja se separa o cuando uno de los compañeros fallece. Según la Ley 54 de 1990, la sociedad patrimonial nace automáticamente después de dos años de convivencia singular, permanente y exclusiva. La liquidación puede hacerse ante notaría si hay acuerdo entre las partes, o ante el juez de familia si no lo hay. El costo notarial oscila entre $500.000 y $1.500.000 más los derechos de registro de los bienes.

Muchas parejas en Colombia conviven años sin saber que la Ley 54/1990 les genera automáticamente una sociedad de bienes similar a la sociedad conyugal de los casados. Cuando la relación termina, sin liquidarla correctamente pueden surgir conflictos sobre inmuebles, vehículos, ahorros y negocios adquiridos durante la convivencia.

¿Qué es la sociedad patrimonial de unión libre?

La Ley 54 de 1990 reconoce la unión marital de hecho y establece que los compañeros permanentes que conviven de forma singular y permanente por más de dos años tienen una sociedad patrimonial. Esta sociedad incluye todos los bienes adquiridos a título oneroso durante la convivencia: inmuebles, vehículos, saldos de cesantías, ahorros, negocios.

No hacen parte de la sociedad patrimonial: los bienes que cada uno tenía antes de iniciar la convivencia, los que adquieran por herencia, legado o donación durante la unión, y los frutos de los bienes propios si así se pactó. El concepto es análogo a la sociedad conyugal de los matrimonios (arts. 1781 y ss. del Código Civil).

Disolución vs. liquidación: la diferencia

EtapaQué ocurreCómo se formaliza
DisoluciónLa sociedad deja de crecer: ya no se agregan más bienes a la masa comúnSeparación de hecho, fallecimiento, acuerdo notarial o sentencia
LiquidaciónSe hace el inventario y se dividen los bienes entre los compañerosEscritura notarial (con acuerdo) o proceso judicial (sin acuerdo)

La disolución puede ocurrir automáticamente cuando la pareja se separa de hecho, pero la liquidación siempre requiere un acto formal: escritura notarial o sentencia judicial. Sin liquidación, los bienes quedan en copropiedad indefinida entre los compañeros o sus herederos, lo que puede generar problemas al querer vender o hipotecar.

Documentos necesarios

  • Cédulas de ciudadanía de ambos compañeros
  • Declaración de unión marital de hecho (escritura notarial o sentencia judicial que reconoce la unión)
  • Inventario de bienes de la sociedad: certificados de tradición de inmuebles, tarjetas de propiedad de vehículos, extractos bancarios, saldos de cesantías
  • Certificados de tradición y libertad actualizados de los inmuebles (supernotariado.gov.co)
  • Avaluos comerciales de bienes que no tengan valor de mercado obvio
  • Acuerdo de división firmado por ambas partes (si el trámite es notarial)

Costos y tiempos del trámite

ConceptoValor estimado 2026
Escritura de liquidación notarial$500.000 – $1.500.000 según cuantía
Registro ORIP por cada inmueble0,5% del valor del bien
Traspaso de vehículos (RUNT)$80.000 – $200.000 por vehículo
Honorarios de abogado (recomendado)Variable (desde $300.000 por asesoría)
Proceso judicial (sin acuerdo)Variable; puede durar 1 a 3 años
Tiempo trámite notarial (con acuerdo)1 – 3 semanas

Paso a paso del trámite notarial

  1. Reconocimiento de la unión: si no existe escritura o sentencia que reconozca la unión marital, debe declararse primero ante notaría (ambos de acuerdo) o ante juez de familia. La Ley 54/1990 exige acreditar la convivencia de más de 2 años.
  2. Elabore el inventario: liste todos los bienes adquiridos durante la convivencia con su valor comercial. Separe los bienes propios (anteriores a la unión o recibidos por herencia) de los sociales.
  3. Acuerde la división: ambas partes deciden qué le corresponde a cada una. La división por mitades es la más común pero no es obligatoria; pueden acordar otra proporción.
  4. Acuda a la notaría: puede ir a cualquier notaría del país. El notario redacta la escritura de disolución y liquidación de sociedad patrimonial.
  5. Firmen la escritura: ambos compañeros deben firmar. Si alguno está en el exterior, puede otorgar poder notarial o consular.
  6. Registre los bienes en la ORIP: los inmuebles asignados a cada parte deben registrarse en la ORIP del municipio donde estén ubicados para formalizar la transferencia de propiedad.
  7. Tramite el cambio de vehículos en el RUNT: los vehículos asignados deben actualizarse en el RUNT para que queden a nombre del nuevo titular.

Ejemplo práctico con cifras

María y Carlos convivieron 8 años. Durante ese tiempo compraron un apartamento avaluado en $320.000.000 y un carro avaluado en $80.000.000. Decidieron dividir los bienes: María se queda con el apartamento y le paga a Carlos $120.000.000 (para compensar su mitad del carro más el excedente). Costos del trámite: escritura de liquidación $1.200.000 + registro ORIP inmueble 0,5% × $320.000.000 = $1.600.000 + traspaso RUNT $120.000 = $2.920.000 en total. El trámite notarial tardó 12 días hábiles.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo de convivencia se necesita para que exista sociedad patrimonial?

Según el artículo 4 de la Ley 54 de 1990, la sociedad patrimonial nace cuando la pareja ha convivido de manera singular y permanente por más de dos años continuos. “Singular” significa que ninguno de los dos tiene otra unión marital o matrimonio vigente. Si la convivencia ha sido menor a dos años o no ha sido continua, no existe sociedad patrimonial como tal, aunque puede haber acuerdo de copropiedad sobre bienes comunes.

¿Se puede liquidar ante notaría sin abogado?

Sí, si ambas partes están de acuerdo y no hay menores de edad involucrados en la división. El notario le explica el proceso. Sin embargo, se recomienda contar con asesoría jurídica si hay bienes de alto valor, deudas compartidas o incertidumbre sobre qué bienes pertenecen a la sociedad y cuáles son propios. Los errores en esta etapa pueden generar problemas al vender los bienes en el futuro.

¿Cuánto cuesta la liquidación notarial?

El costo de la escritura notarial de liquidación oscila entre $500.000 y $1.500.000 según el valor total de los bienes a liquidar. A eso se suman los derechos de registro en la ORIP (0,5% por cada inmueble asignado) y los costos de traspaso de vehículos en el RUNT. Para una pareja con un apartamento de $300 millones y un carro, el costo total puede rondar los $2.500.000 a $3.500.000.

¿Cuánto tarda el trámite?

Si hay acuerdo entre las partes, el trámite notarial tarda entre 1 y 3 semanas desde que se radican todos los documentos. El registro en la ORIP de los inmuebles agrega 5 a 15 días hábiles. Si no hay acuerdo y el proceso va a un juez de familia, puede tardar entre 1 y 3 años. Por eso siempre es más ventajoso buscar un arreglo negociado.

¿Qué bienes entran a la sociedad patrimonial?

Entran los bienes adquiridos a título oneroso durante la convivencia: inmuebles comprados, vehículos, ahorros, cesantías acumuladas en el periodo de unión, participaciones en empresas constituidas durante la convivencia. No entran los bienes que cada uno tenía antes de iniciar la convivencia, los recibidos por herencia, legado o donación, ni los bienes personales como indemnizaciones por daño personal.


Para más información sobre unión marital de hecho y sus efectos legales, consulte unión marital de hecho en Colombia. Si la liquidación incluye inmuebles, revise costos de registro en SNR y ORIP.

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