Para crear empresa como único dueño en Colombia, la figura vigente es la SAS unipersonal (Ley 1258/2008): se registra ante la Cámara de Comercio en 1 a 3 días hábiles sin notaría ni capital mínimo. En la práctica, las Cámaras ya no inscriben nuevas empresas unipersonales (EU, Ley 222/1995) desde que la SAS reemplazó esa figura en 2009. La matrícula mercantil parte desde $171.000 según activos.
Cada año miles de colombianos constituyen empresa solos para formalizar su actividad independiente, proteger su patrimonio personal o acceder a licitaciones y créditos empresariales. Elegir la figura correcta —SAS de un socio o persona natural comerciante— marca la diferencia entre pagar más impuestos de lo necesario o quedar expuesto con los bienes propios ante una deuda del negocio.
Empresa unipersonal en Colombia: qué cambió con la SAS
La empresa unipersonal (EU) fue creada por el artículo 71 de la Ley 222/1995: una persona jurídica constituida por un solo titular. Desde la Ley 1258/2008 (SAS), las Cámaras de Comercio del país dejaron de inscribir nuevas EU porque la SAS ofrece las mismas ventajas con menos restricciones: no requiere escritura pública, no exige capital mínimo y puede tener uno o más accionistas.
Las EU ya constituidas siguen existiendo hasta que sus dueños decidan transformarlas o liquidarlas. Si usted tiene una EU activa, puede convertirla en SAS mediante un acta de transformación ante la Cámara de Comercio sin perder el NIT ni el historial comercial. Para nuevos proyectos, la opción es la SAS unipersonal o la persona natural comerciante.
SAS unipersonal o persona natural comerciante: cuál le conviene
La decisión más importante al emprender solo es si crear una empresa (SAS de un socio) o actuar directamente como persona natural. Ambas opciones son legales; la diferencia principal está en la responsabilidad patrimonial y la imagen ante clientes y bancos.
| Factor | SAS unipersonal | Persona natural comerciante |
|---|---|---|
| Responsabilidad | Limitada al capital aportado | Ilimitada (bienes personales en riesgo) |
| NIT | NIT de la empresa, separado del dueño | Cédula funciona como NIT |
| Contabilidad obligatoria | Sí (NIIF Pymes si supera topes) | Solo si supera topes legales |
| Costo de matrícula 2026 | Desde $171.000 (CCB Bogotá, según activos) | Desde $71.000 persona natural |
| Imagen comercial | Mayor credibilidad ante empresas grandes | Adecuada para negocios pequeños |
| Contratación pública (SECOP) | Sin restricciones de cuantía | Puede participar con límites |
Regla práctica: si el negocio maneja deudas, arriendo de local, maquinaria costosa o clientes corporativos, la SAS protege su patrimonio personal. Para consultoría o servicios profesionales de bajo riesgo, la persona natural simplifica la operación.
Documentos para crear la SAS unipersonal
La SAS no requiere escritura pública ni notaría (Ley 1258/2008, art. 5). El documento de constitución es privado: usted lo redacta y firma. Necesita:
- Cédula de ciudadanía del accionista único (o cédula de extranjería con visa vigente)
- Razón social verificada en el RUES sin homonimia
- Dirección del domicilio principal de la empresa
- Objeto social con códigos CIIU de las actividades económicas
- Capital autorizado, suscrito y pagado (no hay mínimo legal; puede ser $1.000)
- Forma de administración y nombre del representante legal (puede ser el mismo dueño)
- Duración de la sociedad (indefinida es lo más común)
- Formulario de matrícula mercantil diligenciado ante la CCB
La Cámara de Comercio de Bogotá ofrece modelos de estatutos descargables en ccb.org.co. Para otras ciudades consulte la cámara de su municipio a través de confecamaras.com.co.
Costos de crear una SAS de un solo socio en 2026
| Concepto | Valor aproximado 2026 | Quién lo cobra |
|---|---|---|
| Matrícula mercantil SAS (activos mínimos) | Desde $171.000 | Cámara de Comercio |
| Registro de libros contables | ~$27.000 por libro | Cámara de Comercio |
| NIT en DIAN | Gratuito (automático tras CCB) | DIAN |
| Firma electrónica DIAN (para facturar) | Gratuito | DIAN |
| Redacción estatutos por abogado | $300.000–$800.000 (opcional) | Profesional privado |
Total mínimo si usted mismo redacta los estatutos: entre $200.000 y $260.000. Verifique la tarifa exacta en ccb.org.co, ya que las tarifas de matrícula se actualizan cada enero.
Pasos para registrar la SAS unipersonal: guía 2026
- Verificar el nombre: ingrese a rues.org.co, busque la razón social deseada en “Consulta de nombre”. Si no existe, está disponible. La disponibilidad no se reserva: proceda de inmediato.
- Redactar el documento de constitución: use el modelo gratuito de la CCB. Incluya nombre, objeto, capital, domicilio, representante legal y duración. Fírmelo como accionista único. No requiere autenticación ante notaría.
- Radicar en la Cámara de Comercio: ingrese al portal virtual de su cámara (ej. ccb.org.co para Bogotá) o acuda presencialmente. Cargue el documento de constitución en PDF y diligencie el formulario de matrícula.
- Pagar la matrícula: el sistema calcula el valor según los activos declarados. Pague en línea con tarjeta o en ventanilla.
- Recibir el certificado de existencia: en 1 a 3 días hábiles recibirá el certificado de existencia y representación legal, que confirma la creación legal de la empresa.
- Obtener el NIT: si tramitó el proceso electrónico, el NIT queda asignado automáticamente en la DIAN. Si fue presencial, acuda a un punto DIAN con el certificado de existencia.
- Activar obligaciones en DIAN: ingrese a muisca.dian.gov.co, actualice el RUT como persona jurídica y defina si es responsable de IVA o pertenece al Régimen Simple de Tributación.
- Abrir cuenta bancaria empresarial: presente el certificado de existencia y cédula. Algunos bancos permiten apertura 100% digital.
Errores frecuentes al registrar empresa solo
- Elegir un nombre con homonimia: la CCB rechaza el registro si ya existe empresa igual o similar. Verifique en RUES antes de redactar los estatutos.
- Declarar $0 en capital sin respaldo: aunque es legal, un capital declarado irrisorio puede generar desconfianza en bancos y clientes. Declare el capital real que aporta al negocio.
- No registrar libros contables: la SAS está obligada a llevar contabilidad. Sin libros registrados, las operaciones carecen de respaldo legal.
- Objeto social genérico: “comercio en general” puede ser insuficiente en licitaciones o contratos específicos. Incluya las actividades con sus códigos CIIU.
- No activar el RUT como persona jurídica: si empieza a facturar antes de completar el RUT, puede incurrir en sanciones de la DIAN.
Preguntas frecuentes sobre empresa unipersonal
¿Puede una sola persona crear empresa en Colombia?
Sí. La Ley 1258/2008 permite constituir una SAS con un único accionista. También puede actuar como persona natural comerciante sin crear una empresa separada. La antigua empresa unipersonal (EU, Ley 222/1995) ya no se constituye como figura nueva, pero si ya tenía una, puede seguir operando o transformarla en SAS mediante acta de reforma ante la Cámara de Comercio, sin perder NIT ni historial.
¿En qué se diferencia la empresa unipersonal de la SAS?
La EU (Ley 222/1995) era una figura restringida a una sola persona natural como titular. La SAS (Ley 1258/2008) puede tener uno o más accionistas, naturales o jurídicos; no requiere notaría ni escritura pública; y la responsabilidad del accionista se limita al monto de su aporte. La SAS unipersonal ofrece las mismas ventajas de la EU con mayor flexibilidad y menores costos de constitución.
¿Cuánto cuesta crear una SAS de un solo dueño?
El costo mínimo incluye la matrícula mercantil (desde $171.000 en CCB Bogotá para activos mínimos), el registro de libros contables (~$27.000 por libro) y el NIT en la DIAN (gratuito). Si contrata abogado para redactar los estatutos, agregue $300.000–$800.000. Total mínimo si usted mismo los redacta usando el modelo gratuito de la CCB: entre $200.000 y $260.000. Confirme la tarifa vigente en ccb.org.co.
¿Cuánto tarda el registro de la SAS unipersonal?
Por canal virtual el proceso tarda 1 a 2 días hábiles desde que paga la matrícula. Por canal presencial puede tardar 2 a 3 días hábiles. Si hay errores en los documentos o el nombre presenta homonimia, la cámara devuelve el trámite para corrección, lo que puede extender el tiempo varios días adicionales. El NIT queda disponible inmediatamente después de que la CCB aprueba la matrícula.
¿Puede agregar socios después de constituir la SAS como único accionista?
Sí. La SAS permite agregar accionistas en cualquier momento mediante reforma de estatutos aprobada en asamblea. El acta de reforma se inscribe ante la Cámara de Comercio. El NIT y la razón social pueden mantenerse igual; solo cambia la estructura accionaria. El costo de inscribir el acta de reforma es similar al de inscribir cualquier acto ante la CCB.
Consulte más información en el pilar de empresa y emprendimiento. También le puede interesar tipos de sociedad en Colombia y la guía completa de cómo crear una empresa SAS.
