El cambio de nombre por notaría en Colombia se hace mediante escritura pública, una sola vez en la vida, con un costo de entre $190.000 y $270.000 en 2026 según la Superintendencia de Notariado y Registro. Después de firmar la escritura, hay que inscribirla como nota marginal en el registro civil de nacimiento y tramitar la nueva cédula con el nombre actualizado ante la Registraduría.
El Decreto 999 de 1988 permite que cualquier persona mayor de edad cambie su nombre (no los apellidos, salvo excepciones) ante notario, sin necesidad de un proceso judicial ni de explicar las razones. Es uno de los trámites notariales más sencillos que existen, pero tiene una restricción importante: solo se puede usar esta vía una vez. Si la persona ya cambió su nombre antes por escritura y quiere volver a cambiarlo, necesita un proceso judicial de jurisdicción voluntaria, que es más lento y costoso.
Qué se puede cambiar y qué no
Por esta vía se puede cambiar el nombre de pila (por ejemplo, de “María del Carmen” a “Camila”), agregar o quitar un segundo nombre, o corregir la ortografía de un nombre mal escrito en el registro original. Los apellidos, en cambio, no se pueden modificar por esta vía salvo en casos especiales: hijos reconocidos tardíamente por el padre (que pueden tomar su apellido mediante escritura de reconocimiento de paternidad), adopción, o cuando hay un error evidente del funcionario al inscribir el registro (que se corrige como rectificación, no como cambio de nombre).
Desde el Decreto 1227 de 2015, en el mismo trámite notarial también se puede solicitar el cambio del componente sexo registrado (de masculino a femenino o viceversa) en el registro civil de nacimiento, sin necesidad de certificados médicos, dictamen psicológico ni cirugía. Esta opción también tiene límite de una sola vez por persona.
Documentos para el cambio de nombre
- Cédula de ciudadanía original.
- Copia reciente del registro civil de nacimiento (idealmente expedido en los últimos tres meses).
- Si la persona está casada o tiene hijos: copia del registro civil de matrimonio y de los registros de los hijos, porque la notaría puede notificar el cambio para que también se anote en esos documentos.
- Solicitud escrita indicando el nombre actual y el nuevo nombre deseado (la notaría suele tener un formato preimpreso).
- Si se solicita también el cambio del componente sexo: la solicitud expresa de ese cambio, sin requerir documentos médicos adicionales.
Costo y tiempo del trámite en 2026
Las tarifas notariales subieron desde el 1 de febrero de 2026 con el IPC de 2025 (5,10%). La escritura de cambio de nombre, sumando los gastos de papel notarial y copias, cuesta entre $190.000 y $270.000 según la notaría y la ciudad. Ese valor no incluye la nueva cédula: una vez inscrita la escritura en el registro civil, hay que solicitar el duplicado o rectificación de la cédula ante la Registraduría, que en 2026 cuesta $76.100 según la Resolución 1500 de 2026.
| Concepto | Costo aproximado 2026 | Tiempo estimado |
|---|---|---|
| Escritura de cambio de nombre en notaría | $190.000 – $270.000 | Mismo día (firma) + revisión |
| Inscripción de la nota marginal en registro civil | Incluido o tarifa mínima | 1 a 4 semanas (según si es el mismo municipio) |
| Rectificación / nueva cédula en Registraduría | $76.100 | 2 a 4 semanas tras agendar cita |
Paso a paso para cambiar el nombre
- Reúne la cédula y el registro civil de nacimiento actualizado, y piensa bien el nombre nuevo: una vez protocolizada la escritura, no se puede repetir el trámite por esta vía.
- Agenda cita en cualquier notaría del país (no tiene que ser donde naciste).
- El notario redacta la escritura con el nombre anterior y el nuevo, y la firmas el mismo día.
- La notaría protocoliza el documento y envía copia a la oficina de registro civil donde está inscrito tu nacimiento para que anoten la nota marginal del cambio.
- Si naciste en otro municipio, la notaría envía el documento por correo certificado a esa oficina, lo que alarga el tiempo de inscripción.
- Con el registro civil ya actualizado, agenda cita en la Registraduría Nacional para tramitar la nueva cédula con el nombre vigente.
- Mientras llega la nueva cédula, conserva la copia de la escritura y el registro civil actualizado: muchas entidades los aceptan como prueba del cambio mientras se expide el nuevo documento.
Caso práctico: cambio de nombre y actualización de documentos
Valentina, de 28 años, nació inscrita como “Edinson Valentina” y desde adolescente usa solo “Valentina”. Va a una notaría en Medellín (aunque nació en Montería), paga $230.000 por la escritura y firma el mismo día. Como nació en otro municipio, la notaría envía la escritura a la Registraduría de Montería para anotar el cambio en el registro civil original, lo que tarda tres semanas. Una vez actualizado el registro, Valentina agenda cita en la Registraduría de Medellín, paga $76.100 por la nueva cédula y, en total, el proceso completo —desde la firma de la escritura hasta tener la cédula nueva en la mano— le toma alrededor de dos meses.
Errores frecuentes al cambiar el nombre
- No verificar si ya usó esta vía antes. Si una persona ya cambió su nombre por escritura notarial en el pasado, el notario rechazará una segunda solicitud y deberá acudir a un juez.
- Olvidar actualizar otros documentos. El registro civil de matrimonio, los registros de los hijos, el RUT, las cuentas bancarias y los títulos académicos no se actualizan solos; cada entidad requiere que se le presente la escritura o el registro civil corregido.
- Pensar que cambia los apellidos. El cambio de nombre por notaría no permite modificar apellidos salvo en los casos especiales mencionados; si lo que se busca es corregir un apellido mal escrito, el trámite correcto es la rectificación de cédula o de registro civil, no el cambio de nombre.
- No prever el tiempo de envío entre municipios. Si naciste en una ciudad y haces el trámite en otra, la inscripción de la nota marginal puede tardar varias semanas adicionales por el correo entre oficinas de registro civil.
- Dejar pasar mucho tiempo sin tramitar la nueva cédula. Mientras el documento de identidad no se actualice, el nombre de la cédula y el del registro civil no coinciden, lo que puede generar problemas en bancos, notarías o trámites laborales.
Tips para que el trámite salga bien a la primera
Antes de ir a la notaría, pide una copia reciente de tu registro civil de nacimiento para que el notario verifique los datos exactos tal como aparecen inscritos; si hay errores previos en ese registro (por ejemplo, un apellido mal escrito), conviéne resolverlos primero como rectificación, porque mezclar ambos trámites en una sola escritura puede complicar la revisión. Si naciste en un municipio distinto al de la notaría donde haces el trámite, pregúnta directamente cuánto tiempo toma el envío de la nota marginal, porque varía mucho según la oficina de destino. Y guarda varias copias auténticas de la escritura: las vas a necesitar para actualizar el RUT en la DIAN, el registro civil de matrimonio si estás casado, y los registros de tus hijos si los tienes.
Diferencia entre cambio de nombre, rectificación y corrección de errores
Estos tres trámites se confunden seguido, pero son distintos y la notaría los trata de forma diferente. El cambio de nombre es una decisión voluntaria de la persona (no hubo error, simplemente quiere usar otro nombre) y se hace por escritura, una sola vez. La rectificación de cédula corrige datos que ya cambiaron por otra vía (por ejemplo, actualizar la cédula después de un cambio de nombre ya inscrito en el registro civil) y se tramita directamente en la Registraduría, sin pasar por notaría. La corrección de errores en el registro civil aplica cuando hubo un error del funcionario al inscribir (un apellido mal escrito, una letra cambiada) y se corrige mostrando el documento que prueba el dato correcto (cédula de los padres, certificado médico de nacimiento), sin que cuente como el único cambio de nombre permitido por la ley.
| Trámite | Dónde se hace | Cuántas veces |
|---|---|---|
| Cambio de nombre voluntario | Notaría (escritura pública) | Una vez (luego solo vía judicial) |
| Corrección de error en el registro | Oficina de registro civil / Registraduría | Sin límite, mientras se demuestre el error |
| Rectificación de datos en la cédula | Registraduría | Cada vez que cambien los datos base |
Cambio de nombre de niños y adolescentes
Los padres pueden solicitar el cambio de nombre de un hijo menor de edad ante notaría, siempre que ambos estén de acuerdo (o quien tenga la patria potestad, si es uno solo) y presenten el registro civil de nacimiento del menor junto con sus propias cédulas. Si los padres no se ponen de acuerdo sobre el cambio, el caso debe resolverlo un juez de familia con participación del Defensor de Familia del ICBF, que evalúa si el cambio conviene al interés superior del menor. Una vez el menor cumple 18 años, si quiere cambiar de nuevo su nombre, tiene derecho a hacerlo por su cuenta ante notaría, como cualquier adulto, sin que el cambio hecho por sus padres en la infancia cuente como su única oportunidad: la ley reconoce que esa primera decisión no la tomó directamente la persona afectada.
Preguntas frecuentes sobre el cambio de nombre
¿Cuántas veces se puede cambiar el nombre?
Por escritura notarial, solo una vez en la vida (Decreto 999 de 1988). Si ya usó esa opción y necesita otro cambio, debe presentar una demanda de jurisdicción voluntaria ante un juez de familia, que evaluará si existen razones suficientes (por ejemplo, riesgo de seguridad, identidad de género no resuelta en el primer cambio, o un error grave en el primer trámite). El proceso judicial es más lento y normalmente requiere abogado.
¿Qué pasa con mis documentos anteriores?
Los documentos expedidos con el nombre anterior (diplomas, certificados laborales, contratos) siguen siendo válidos legalmente; no es necesario reimprimirlos. Lo que sí conviene es tener a mano la escritura de cambio de nombre y el registro civil actualizado para presentarlos junto con esos documentos antiguos cuando una entidad lo solicite, de modo que quede claro que la persona del documento anterior y la actual son la misma.
¿Cuánto cuesta el trámite completo?
Contando la escritura notarial ($190.000 – $270.000) y la nueva cédula en la Registraduría ($76.100 en 2026), el costo total ronda entre $266.000 y $346.100. Si el nacimiento fue inscrito en un municipio distinto al de la notaría, puede haber un costo adicional menor por el envío certificado del documento entre oficinas de registro civil, que normalmente asume la notaría dentro de la tarifa.
¿Se puede cambiar el componente de género en el mismo trámite?
Sí. El Decreto 1227 de 2015 permite que, en la misma escritura o en una escritura separada ante notario, una persona mayor de edad solicite el cambio del componente sexo (masculino o femenino) en su registro civil, sin necesidad de cirugía, hormonización ni certificados médicos o psicológicos. Igual que el cambio de nombre, esta opción solo puede usarse una vez por esta vía notarial.
¿Se necesita abogado para este trámite?
No. El cambio de nombre por escritura notarial lo puede solicitar directamente la persona interesada, sin abogado, presentando su cédula y registro civil. Solo se necesita abogado si el trámite debe hacerse por vía judicial, ya sea porque la persona ya usó la opción notarial antes o porque hay un menor de edad involucrado y los padres no están de acuerdo, caso en el cual decide un juez de familia con el Defensor de Familia del ICBF.
Si lo que necesitas corregir es un error en tu cédula (no el nombre completo), revisa el trámite de rectificar cédula. Si tu hijo aún no tiene registrado el apellido del padre, consulta cómo funciona el registro civil de nacimiento, y si tu cédula se perdió o está dañada, revisa cómo tramitar un duplicado de cédula.
