Devolución de saldos AFP: cómo recuperar sus ahorros si no se pudo pensionar

La devolución de saldos AFP es el mecanismo por el que un afiliado que cumple la edad de pensión — 57 años las mujeres, 62 los hombres — sin haber acumulado las semanas mínimas exigidas puede recuperar todos los aportes realizados al fondo privado más los rendimientos generados. El trámite se hace directamente con la AFP (Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia) y el fondo tiene cuatro meses para hacer el pago; si se excede, paga intereses de mora a su favor.

No alcanzar las semanas mínimas es más frecuente de lo que parece: periodos de informalidad, trabajo por cuenta propia sin cotización continua o empleos en el exterior dejan a muchos trabajadores por debajo del umbral al llegar a la edad de retiro. En los fondos privados, ese escenario tiene solución clara: la devolución de saldos no es una penalización, es simplemente el reembolso de un ahorro personal.

Qué es la devolución de saldos en un fondo privado de pensiones

En el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), cada afiliado tiene una cuenta personal donde se acumulan sus aportes más los rendimientos de las inversiones del fondo. Cuando llega a la edad de pensión sin el capital suficiente para financiar una pensión mínima de 1 SMMLV ($1.750.905 en 2026), ni tiene las semanas que le darían derecho a la garantía de pensión mínima del Estado, el afiliado tiene derecho a retirar todo ese capital.

Esto es diferente a lo que ocurre en Colpensiones: en el RPM, el equivalente se llama indemnización sustitutiva de vejez y el cálculo es más complejo porque es un sistema de reparto solidario, no de ahorro individual. En la AFP, lo que recibe es literalmente su plata: el capital que usted y sus empleadores aportaron durante toda su vida laboral, más los rendimientos generados por las inversiones del fondo.

Quién tiene derecho a la devolución de saldos AFP

Cumple los requisitos si:

  • Está afiliado a un fondo privado de pensiones (AFP), no a Colpensiones.
  • Ha cumplido la edad mínima de retiro: 57 años (mujeres) o 62 años (hombres).
  • Su saldo en la cuenta de ahorro individual no alcanza para financiar una pensión equivalente al 110% del salario mínimo mensual vigente, ni tiene las semanas para la garantía de pensión mínima del Estado.
  • No es beneficiario de pensión de invalidez ni de una pensión de sobrevivencia activa.

Si su saldo sí alcanza para la pensión mínima (o tiene más de 1.150 semanas cotizadas para la garantía de pensión mínima del Estado), la AFP no puede darle la devolución: debe pensionarlo. Consulte con el fondo cuál es su situación exacta antes de iniciar el trámite.

Documentos necesarios para solicitar la devolución

  • Cédula de ciudadanía original.
  • Historia de aportes o extracto de cuenta individual de la AFP (pídalo al fondo o descárguelo desde el portal digital).
  • Planillas PILA recientes si ha cotizado en los últimos meses.
  • Certificado de cuenta bancaria activa a su nombre para el desembolso.
  • Si tiene bono pensional reconocido: el número de radicado o el certificado de reconocimiento.

Cada AFP puede pedir documentos adicionales según el caso. Llame o chatée con el fondo antes de ir a la oficina para confirmar la lista completa y agilizar el proceso.

Paso a paso del trámite de devolución de saldos AFP

  1. Contacte a su AFP: Llame a la línea de atención, entre al portal digital o acuda a una oficina. Informe que quiere solicitar la devolución de saldos por no tener semanas suficientes para pensionarse.
  2. Entregue la documentación: El fondo le indicará si acepta los documentos por correo electrónico, carga digital o solo de forma presencial.
  3. Verificación interna: La AFP revisa su historia de aportes, confirma que no tiene derecho a pensión mínima y calcula el saldo total a devolver (aportes + rendimientos + bono pensional si aplica).
  4. Expedición del acto de reconocimiento: El fondo emite un documento que reconoce su derecho a la devolución y el monto liquidado.
  5. Desembolso: La AFP tiene cuatro (4) meses desde la radicación completa de la solicitud para hacer el pago. Si se excede, debe pagar intereses de mora.

Cuánto recibirá: así se calcula el monto de la devolución

ComponenteDetalle
Aportes del trabajador y el empleadorTodo lo aportado durante la vida laboral (16% del IBC por mes cotizado)
RendimientosLos generados por las inversiones del fondo durante todos los periodos cotizados
Bono pensional (si aplica)Si tiene bono tipo C por cotizaciones previas al ISS antes de 1994, se suma al saldo
Descuentos posiblesAportes al sistema de salud según su situación al momento del retiro

Caso Carlos, 63 años, 850 semanas cotizadas, AFP Porvenir: Carlos no tiene semanas suficientes para pensión mínima en su AFP. Su saldo acumulado es $32.000.000 y los rendimientos generados suman $8.500.000 adicionales. No tiene bono pensional. Total a recibir: aproximadamente $40.500.000 en un único desembolso, libre de impuesto de renta porque es capital propio ahorrado, no un ingreso laboral.

El plazo de cuatro meses y qué pasa si el fondo se demora

El artículo 66 de la Ley 100 de 1993 establece que la AFP tiene cuatro meses para realizar la devolución una vez radicada la solicitud con todos los documentos. Si el fondo no cumple ese plazo, está obligado a pagar intereses de mora sobre el saldo adeudado a la tasa que fije la Superintendencia Financiera de Colombia.

Si su fondo se excede del plazo sin respuesta, puede interponer queja ante la Superintendencia Financiera de Colombia, que es el organismo de vigilancia y control de las AFP. La queja puede radicarse en línea o en sus oficinas.

Devolución de saldos AFP vs. indemnización sustitutiva en Colpensiones

AspectoDevolución de saldos (AFP)Indemnización sustitutiva (Colpensiones)
Base del pagoSaldo real acumulado + rendimientosFórmula legal sobre los aportes al RPM
¿Incluye rendimientos de mercado?No directamente (es cálculo actuarial)
Forma de pagoUn solo desembolsoUn solo desembolso
Grava rentaNoNo
Permite pensión futuraNo (se cierra la cuenta individual)No (se liquida la relación con el RPM)

Si usted tiene semanas cotizadas tanto en AFP como en Colpensiones (porque en algún momento se trasladó de un régimen al otro), la AFP calcula la devolución solo sobre los periodos bajo RAIS. Los periodos en Colpensiones quedan en manos del RPM para la indemnización sustitutiva correspondiente. Las dos entidades tramitan su parte de forma independiente.

Preguntas frecuentes sobre la devolución de saldos AFP

¿Cuánto tiempo tarda la devolución de saldos AFP?

La ley le da a la AFP hasta cuatro meses desde la radicación completa para hacer el desembolso. En la práctica, algunos fondos resuelven en 30 a 60 días si la documentación está completa y no hay inconsistencias en la historia laboral. Si el fondo supera los cuatro meses sin pagar, empiezan a correr intereses de mora a su favor.

¿Debo pagar impuestos sobre la plata que me devuelven?

No. La devolución de saldos AFP no está sujeta a impuesto de renta porque es capital propio: es el dinero que usted y sus empleadores aportaron durante toda su vida laboral, más los rendimientos. No es un ingreso laboral ni un premio. La DIAN no grava este tipo de devolución bajo las reglas vigentes del Estatuto Tributario colombiano.

¿La devolución es un pago único o en cuotas?

En los fondos privados, la devolución de saldos es un pago único. Recibe todo el capital acumulado en un solo desembolso a la cuenta bancaria que indique. Esto es diferente a la modalidad de retiro programado (para quienes sí se pensionan): esa sí es mensual. La devolución de saldos no genera pagos futuros periódicos.

¿Puedo usar ese dinero para comprar vivienda o para lo que quiera?

Sí. Una vez desembolsada la devolución de saldos, el dinero es suyo sin restricciones. Puede usarlo para comprar vivienda, invertirlo, ahorrarlo o destinarlo a cualquier fin personal. No hay obligación de usarlo para fines pensionales específicos, a diferencia de los retiros parciales de cesantías, que sí tienen destinación definida por ley.

¿Los rendimientos del fondo también me los devuelven?

Sí. El saldo que recibe incluye tanto los aportes (del trabajador y del empleador) como todos los rendimientos generados por las inversiones del fondo durante los años que estuvo afiliado. Es una de las ventajas frente a la indemnización sustitutiva de Colpensiones, que no devuelve rendimientos de mercado en el mismo sentido.


Consulte más información sobre el sistema pensional en nuestra sección de Pensiones. Si sus semanas sí alcanzan para pensionarse, compare las opciones en la guía de fondos de pensiones en Colombia. También le puede interesar revisar la indemnización sustitutiva de vejez en Colpensiones si cotizó en ambos regímenes.

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