Cuotas moderadoras y copagos EPS 2026

Las cuotas moderadoras EPS en 2026 son los valores que pagan los afiliados al régimen contributivo por cada consulta, examen o fórmula: $5.000, $20.100 o $52.800 según el ingreso del cotizante. Los copagos los pagan solo los beneficiarios, como porcentaje del servicio y con tope anual desde $748.882. En el régimen subsidiado no hay cuotas moderadoras. Regula el Ministerio de Salud.

Muchos afiliados se sorprenden en la caja de la EPS porque no saben a qué nivel pertenecen o desconocen los topes legales. Desde 2026 los valores ya no dependen del salario mínimo: la Circular Externa 048 de 2025 de MinSalud los expresó en Unidades de Valor Básico (UVB), que en 2026 vale $12.110. A continuación, la tabla completa para 2026 y cómo saber cuánto le cobran a usted.

Cuotas moderadoras y copagos EPS

Tabla de cuotas moderadoras EPS 2026 por nivel de ingreso

Las cuotas moderadoras aplican solo al régimen contributivo. Se dividen en tres rangos según el ingreso base de cotización del afiliado cotizante, y el valor es el mismo para cualquier servicio sujeto a cuota: se paga una vez por consulta, por examen o por fórmula. Valores 2026 (Circular 048 de 2025):

Tipo de servicio Nivel 1
hasta 2 SMMLV ($3.501.810)
Nivel 2
2 a 5 SMMLV
Nivel 3
más de 5 SMMLV
Consulta de medicina general, odontología o paramedicina $5.000 $20.100 $52.800
Consulta con especialista $5.000 $20.100 $52.800
Urgencias (emergencia real, triage 1 y 2) $0 $0 $0
Laboratorio clínico ambulatorio $5.000 $20.100 $52.800
Imágenes diagnósticas ambulatorias (rayos X, ecografía) $5.000 $20.100 $52.800
Fórmula de medicamentos ambulatorios (por fórmula) $5.000 $20.100 $52.800

Valores de la Circular Externa 048 de 2025 del Ministerio de Salud (0,411, 1,66 y 4,36 UVB). Las urgencias que no comprometen la vida sí pagan cuota moderadora. Confirme el valor exacto en supersalud.gov.co o con su EPS.

Copagos en hospitalización y cirugías 2026

Los copagos son distintos de las cuotas moderadoras: aplican a servicios de mayor costo como hospitalización, cirugías y procedimientos diagnósticos complejos. Se calculan como porcentaje del valor del servicio y, en el régimen contributivo, solo los pagan los beneficiarios: el cotizante no paga copagos. Cada evento tiene un tope y cada beneficiario tiene un tope por año calendario; al alcanzarlo, la EPS no puede cobrarle más copagos ese año.

Tipo de servicio Nivel 1 Nivel 2 Nivel 3
Copago (porcentaje del valor del servicio) 11,5 % 17,3 % 23 %
Tope por evento $373.715 $1.497.644 $2.995.409
Tope por año por beneficiario $748.882 $2.995.409 $5.990.696
Régimen subsidiado (quien no esté exento) Máximo 10 % del servicio; tope de $651.155 por evento y $1.302.309 por año

Cómo calcular su nivel: fórmula 2026

El nivel de cuota moderadora se determina por el Ingreso Base de Cotización (IBC) del cotizante, no por el salario bruto ni el neto. Para ubicarse:

  • Nivel 1: IBC hasta $3.501.810 (2 × $1.750.905 SMMLV). Aplica a trabajadores con salario mínimo o hasta el doble del mínimo.
  • Nivel 2: IBC entre $3.501.811 y $8.754.525 (hasta 5 SMMLV). Salarios medios y profesionales.
  • Nivel 3: IBC superior a $8.754.525. Gerentes, directivos, empleados con salario integral.

Los beneficiarios (hijos, cónyuge, padres dependientes) pagan la cuota moderadora según el nivel del cotizante al que están vinculados. Un hijo universitario sin empleo paga Nivel 1 si su papá cotizante también es Nivel 1, sin importar que el hijo no genere ingresos.

Caso real: cuánto paga Andrés en un mes con su EPS

Andrés trabaja como técnico de mantenimiento con un salario de $2.200.000 mensuales, por debajo de 2 SMMLV, y tiene hipertensión diagnosticada. En mayo de 2026 usó estos servicios:

Servicio Cuota moderadora (Nivel 1)
Consulta medicina general $5.000
Laboratorio (hemograma + glucosa, una orden) $5.000
Consulta cardiología (control de su hipertensión) $0
Medicamento formulado (antihipertensivo) $0
Total cuotas moderadoras del mes $10.000

¿Por qué la cardiología y el antihipertensivo salen en $0? Porque Andrés es hipertenso, y el Decreto 1652 de 2022 exime de cuota moderadora la atención integral de la hipertensión arterial en el régimen contributivo. Si su EPS le cobra por esos controles, le está cobrando de más.

Si Andrés hubiera tenido que hospitalizarse, no pagaría copago: es el cotizante. Distinto es el caso de su hija, que es su beneficiaria. Si la hospitalizan y la cuenta es de $2.000.000, el copago sería el 11,5 %: $230.000, por debajo del tope de $373.715 por evento. Si la cuenta fuera de $5.000.000, el 11,5 % daría $575.000, pero la EPS solo puede cobrar $373.715. Y en todo el año, la hija no pagará más de $748.882 en copagos. Guarde los recibos: son el soporte para exigir que no le cobren más al llegar al tope.

Servicios exentos de cuotas moderadoras y copagos

El Decreto 1652 de 2022 (incorporado al Decreto 780 de 2016) fija qué servicios y qué afiliados no pagan. Los más útiles de conocer:

  • Urgencias con compromiso vital o funcional: no pagan cuota moderadora. La clasificación la hace el triage con los criterios de la Resolución 5596 de 2015, no el criterio del médico que lo atiende después.
  • Enfermedades crónicas priorizadas: diabetes tipo I y II, hipertensión arterial, EPOC, trasplantados, enfermedades huérfanas, trastornos mentales y desnutrición o anemia en menores de 5 años no pagan cuota moderadora en su tratamiento.
  • Enfermedades de alto costo: los eventos de alto costo definidos por MinSalud no pagan copago.
  • Primer servicio del año: en cada año calendario, la primera consulta o el primer servicio sujeto a cuota está exento, salvo la consulta de medicina general.
  • Promoción y mantenimiento de la salud: controles de las rutas de atención, como crecimiento y desarrollo, y las vacunas del PAI.
  • Control prenatal, parto y puerperio: las intervenciones de la ruta materno-perinatal están exentas.
  • Régimen subsidiado: no paga cuotas moderadoras en ningún servicio. Los copagos sí existen (máximo 10 %), aunque varias poblaciones especiales están exceptuadas.

¿Qué pasa si su EPS le cobra de más?

Tres situaciones en las que tiene derecho a exigir devolución:

  • Cobro en servicio exento: urgencias de riesgo vital, vacunas, alto costo. Presente el reclamo en la EPS, que debe resolverlo en máximo 72 horas (Supersalud), y si no responde, escale a la Supersalud por la línea 01 8000 513 700.
  • Cobro por encima del tope anual: lleve los comprobantes y exija por escrito la suspensión de cobros. El tope aplica por año calendario (enero a diciembre).
  • Nivel mal asignado: si su EPS le cobra Nivel 2 y usted gana menos de 2 SMMLV, solicite corrección al área de afiliaciones con el certificado de ingresos o contrato de trabajo.

Cuándo se actualizan los valores

Los valores se actualizan al inicio de cada año mediante una circular del Ministerio de Salud, normalmente el 31 de diciembre o en los primeros días de enero. Desde 2026 el ajuste sigue la UVB, que se mueve con la inflación y no con el salario mínimo: por eso, con un mínimo que subió 23 %, la cuota del primer rango solo pasó a $5.000. El rango de cada afiliado sí se sigue midiendo en salarios mínimos: menos de 2, de 2 a 5 o más de 5 SMMLV. Consulte la circular vigente en minsalud.gov.co o pregunte en el punto de atención de su EPS: están obligados a informar la tarifa vigente para su nivel antes de la consulta.

Preguntas frecuentes sobre cuotas moderadoras y copagos

¿Cuánto se paga por hospitalización en la EPS?

La hospitalización no tiene cuota moderadora sino copago, y solo lo paga el beneficiario, no el cotizante. En 2026 es el 11,5 % de la cuenta si el cotizante gana menos de 2 SMMLV, el 17,3 % entre 2 y 5 y el 23 % por encima de 5, con topes por evento de $373.715, $1.497.644 y $2.995.409. En el año, un beneficiario no paga más de $748.882, $2.995.409 o $5.990.696 según el rango. Los eventos de alto costo no tienen copago. Guarde todos los recibos de la EPS para hacer valer el tope anual.

¿Las urgencias tienen cuota moderadora en 2026?

Cuando hay riesgo real para la vida —accidente grave, infarto, dificultad respiratoria severa, convulsiones— las urgencias son gratuitas: cero cuota moderadora, cero copago. Si usted va a urgencias por una gripa leve o algo que podía esperar a consulta programada, la EPS sí puede cobrar cuota moderadora de urgencias al mismo valor que medicina general. La distinción la hace el médico de triage. Si le cobraron y considera que era urgencia real, interponga queja ante la Supersalud.

¿Existe un tope anual para cuotas moderadoras y copagos?

Sí, para los copagos: cada beneficiario tiene un tope por año calendario de $748.882 (cotizante con menos de 2 SMMLV), $2.995.409 (de 2 a 5) o $5.990.696 (más de 5), y además un tope por evento. Alcanzado el tope anual, los copagos del resto del año son $0. Las cuotas moderadoras no tienen tope anual: cada consulta, examen o fórmula paga su cuota. Lleve un registro de sus cobros de copago desde enero para reclamar la suspensión cuando llegue al límite.

¿Las cirugías tienen copago?

Para los beneficiarios, sí: pagan el 11,5 %, 17,3 % o 23 % de la cirugía según el ingreso del cotizante, sin pasar del tope por evento ($373.715, $1.497.644 o $2.995.409). El cotizante no paga copago. Tampoco tienen copago las cirugías asociadas a enfermedades de alto costo: oncología, trasplantes, quemaduras graves. Si en el año ya alcanzó el tope de copagos, cualquier cirugía adicional ese año es gratuita aunque sea programada. El tope aplica sobre el total acumulado sin importar el tipo de servicio.

¿El régimen subsidiado paga cuotas moderadoras?

No. En el régimen subsidiado no se cobran cuotas moderadoras en ningún servicio. Lo que sí puede haber es copago: como máximo el 10 % del servicio, con tope de $651.155 por evento y $1.302.309 por año en 2026, y con varias poblaciones especiales exceptuadas. Si una IPS le cobra cuota moderadora estando en el subsidiado, tiene derecho a exigir la devolución. Verifique su grupo en el portal Sisbén.


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Actualizado el 15 de octubre de 2026

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