El día sin IVA no está vigente en Colombia durante 2026: el Gobierno nacional no ha decretado una jornada de exención desde octubre de 2023, y en marzo de 2025 la Corte Constitucional archivó el proyecto que buscaba volverlo permanente. La DIAN y el Ministerio de Comercio no han anunciado fecha nueva.
Cada pocos meses circulan publicaciones en redes sociales anunciando un supuesto “día sin IVA” con fecha y lista de productos, pero en la mayoría de los casos se trata de promociones comerciales de cadenas privadas que usan el nombre para llamar la atención, no de una medida tributaria oficial. Esta guía explica qué fue el día sin IVA, por qué dejó de aplicarse, cómo funcionaba cuando existía y qué hacer si una tienda usa el término hoy.
¿Qué fue el día sin IVA y por qué dejó de aplicarse?
El día sin IVA fue una jornada en la que el Gobierno eximía del Impuesto al Valor Agregado (19% en la mayoría de los casos) a ciertas categorías de productos, siempre que el comercio estuviera inscrito ante la DIAN y el pago se hiciera por medios electrónicos. Se realizó tres veces en 2021, tres en 2022 y una sola vez en 2023 (octubre). Desde 2024 el Gobierno no ha vuelto a decretar ninguna jornada, y en la práctica la medida quedó suspendida.
La razón de fondo es que el día sin IVA nació como una medida transitoria de reactivación económica tras la pandemia, con vigencia anual sujeta a decreto del Ministerio de Hacienda. Al no renovarse el decreto ni aprobarse una ley que la convirtiera en política permanente, la jornada simplemente dejó de existir sin que mediara una derogación formal explicada al público — por eso sigue generando búsquedas y confusión cada temporada de descuentos.
Marco legal: de la Ley 2155 de 2021 al archivo del proyecto en 2025
El fundamento original está en los artículos 38 y 39 de la Ley 2155 de 2021 (Ley de Inversión Social), desarrollados año a año mediante decretos reglamentarios como el Decreto 1314 de 2021, que fijó las categorías de bienes, los topes en UVT y las condiciones de pago. La Ley 2277 de 2022 (reforma tributaria) ya redujo el alcance frente a los años anteriores y dejó la puerta abierta a que el Gobierno decidiera, año por año, si convocaba o no la jornada.
Entre 2023 y 2025 se presentaron proyectos de ley para convertir el día sin IVA en una política de Estado con fecha fija anual. Sin embargo, el proyecto fue objetado por el Ejecutivo y, finalmente, en marzo de 2025 la Corte Constitucional ordenó archivar la iniciativa, dejando el tema nuevamente en manos de un eventual decreto del Gobierno de turno. Mientras no se publique un nuevo decreto en el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o la DIAN, no existe jornada vigente.
Cómo funcionaba el día sin IVA cuando estuvo vigente (2021-2023)
Aunque hoy no aplica, entender la mecánica sirve para reconocer si el Gobierno la reactiva en el futuro y para distinguirla de las promociones privadas. Estas eran las condiciones centrales:
- El comercio debía estar registrado previamente ante la DIAN como participante de la jornada.
- El pago debía hacerse con tarjeta débito, crédito o medios electrónicos como PSE o billeteras digitales — las compras en efectivo no calificaban.
- Cada comprador podía adquirir hasta 3 unidades del mismo producto con el beneficio.
- El precio del producto, sin incluir IVA, no podía superar un tope expresado en UVT según la categoría.
- Aplicaba tanto en tiendas físicas como en compras por internet, siempre que la entrega o facturación quedara registrada el día de la jornada.
Topes de valor por categoría de producto
Los decretos de 2021-2023 fijaron los siguientes topes por unidad, expresados en UVT. La tabla muestra su equivalencia con la UVT 2026 ($52.374) como referencia, en caso de que el Gobierno retome estos mismos parámetros si decreta una nueva jornada:
| Categoría | Tope histórico (UVT) | Equivalente con UVT 2026 |
|---|---|---|
| Vestuario, calzado y complementos | 20 UVT | $1.047.480 |
| Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones | 80 UVT | $4.189.920 |
| Elementos y equipos deportivos | 80 UVT | $4.189.920 |
| Juguetes y juegos | 10 UVT | $523.740 |
| Útiles escolares | 5 UVT | $261.870 |
| Insumos para el sector agropecuario | 80 UVT | $4.189.920 |
Estos valores son una referencia histórica para entender cómo operaba la medida, no representan un beneficio activo en 2026. Si el Gobierno decreta una nueva jornada, los topes definitivos los fijará el decreto correspondiente, que normalmente se publica con pocas semanas de anticipación.
Qué hacer si una tienda anuncia su propio “día sin IVA”
Es común que grandes almacenes, plataformas de comercio electrónico y marcas de tecnología (especialmente alrededor de octubre, fecha en la que históricamente se realizaba la jornada oficial) lancen campañas llamadas “día sin IVA” o “IVA gratis” como estrategia de mercadeo, asumiendo ellos mismos el valor del impuesto como descuento. Esto es legal, pero no es una exención tributaria real: la factura sigue incluyendo el IVA, solo que el comercio lo descuenta del precio final.
Antes de comprar bajo una de estas promociones, conviene revisar tres cosas: que el precio anunciado ya incluya el descuento equivalente al IVA (no que se cobre aparte), que el producto no haya subido de precio días antes para simular el descuento, y que la política de garantía y devolución sea la misma de siempre. Si considera que el comercio incurre en publicidad engañosa, puede presentar una queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
Día sin IVA frente a otras formas de ahorrar en compras
Mientras no exista una jornada oficial, hay otros mecanismos —reales y vigentes en 2026— que sí reducen el costo de las compras o devuelven parte del IVA pagado, según el perfil del comprador:
| Mecanismo | ¿Quién aplica? | Beneficio aproximado |
|---|---|---|
| Devolución de IVA (DPS) | Hogares Sisbén grupos A y B | $111.000 cada bimestre |
| Black Friday / Cyber Monday | Público general | Descuentos de 10% a 50% según comercio |
| Compras a productores de bienes exentos | Empresas que compran insumos exentos del art. 477 ET | Precio sin IVA desde el origen |
| Promociones “IVA gratis” de comercios | Público general, según marca | Descuento equivalente al 19% asumido por el comercio |
Caso práctico: comprar un computador con y sin exención de IVA
Diana quiere comprar un computador portátil de $3.500.000 más IVA (19%), es decir $4.165.000 en total. En 2023, si el equipo cumplía el tope de 80 UVT sin IVA vigente para esa fecha y la tienda estaba inscrita, Diana se habría ahorrado $665.000 correspondientes al IVA, pagando solo $3.500.000 con tarjeta débito.
En 2026, sin jornada oficial, Diana tiene dos caminos reales: esperar una campaña de descuento del comercio (que puede o no igualar el 19%, y que ella debe verificar comparando precios previos) o, si pertenece a un hogar Sisbén A o B, seguir recibiendo la devolución bimestral de IVA de $111.000, que no depende de esta compra puntual sino de su consumo general. Ninguna de las dos opciones equivale automáticamente al ahorro que ofrecía el día sin IVA, por lo que conviene comparar precios en varias tiendas antes de decidir.
Calendario histórico: cuándo se aplicó el día sin IVA
Aunque hoy no hay ninguna fecha programada, conocer el calendario histórico ayuda a entender el patrón que siguió el Gobierno y a identificar si en algún momento se anuncia una nueva jornada. Estas son las fechas en las que se realizó desde su creación:
| Año | Jornadas realizadas | Detalle |
|---|---|---|
| 2021 | 3 | 28 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre, amparadas en la Ley 2155 de 2021 y el Decreto 1314 de 2021 |
| 2022 | 3 | Jornadas realizadas durante el año bajo decretos reglamentarios anuales, con los mismos topes por categoría |
| 2023 | 1 | Única jornada del año, en octubre, ya con el alcance ajustado por la Ley 2277 de 2022 |
| 2024 | 0 | No se decretó ninguna jornada |
| 2025 | 0 | El proyecto para volverlo permanente fue archivado por la Corte Constitucional en marzo |
| 2026 | Sin fecha | No existe decreto vigente ni anuncio oficial de la DIAN o el Ministerio de Comercio |
El patrón muestra una reducción progresiva: de tres jornadas anuales en 2021 y 2022 a una sola en 2023, y ninguna desde 2024. Si el Gobierno decide retomarla, lo más probable es que lo anuncie mediante un decreto específico cercano a octubre, que ha sido el mes más recurrente en años anteriores, pero hasta la fecha de esta publicación no existe ningún anuncio oficial en ese sentido.
Preguntas frecuentes sobre el día sin IVA
¿Cuándo es el día sin IVA en 2026?
No hay fecha porque la jornada no está vigente. El Gobierno no ha decretado ningún día sin IVA desde octubre de 2023, y el proyecto para fijarlo como política permanente fue archivado por la Corte Constitucional en marzo de 2025. Si el Ejecutivo decide reactivarlo, debe publicarse un decreto específico en el Ministerio de Hacienda o el Ministerio de Comercio, usualmente con pocas semanas de anticipación.
¿Qué cubre el día sin IVA cuando se aplica?
Históricamente cubrió vestuario y calzado, electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones, elementos deportivos, juguetes, útiles escolares e insumos agropecuarios, cada uno con un tope de precio máximo por unidad expresado en UVT. Servicios, alimentos, bebidas alcohólicas, combustibles y vehículos nunca estuvieron incluidos. Si se decreta una nueva jornada, el decreto correspondiente definirá si mantiene estas mismas categorías.
¿Cuáles son los topes del día sin IVA?
En los decretos de 2021-2023 los topes eran 20 UVT para vestuario, 80 UVT para tecnología y elementos deportivos, 10 UVT para juguetes y 5 UVT para útiles escolares, sin incluir el IVA en el precio de referencia. Con la UVT 2026 ($52.374), esos topes equivaldrían aproximadamente a $1.047.480, $4.189.920, $523.740 y $261.870 respectivamente, pero son cifras de referencia histórica, no un beneficio activo.
¿Se puede comprar en línea en el día sin IVA?
Cuando la jornada estuvo vigente, sí aplicaba a compras por internet, siempre que el pago se hiciera por medios electrónicos y la compra (no necesariamente la entrega) quedara registrada en la fecha decretada. Mientras no exista una jornada oficial, comprar en línea no genera ninguna exención automática de IVA, sin importar lo que indique el nombre de la promoción del comercio.
¿Qué hago si me cobran IVA y no debían?
Si en una futura jornada oficial un comercio inscrito le cobra el IVA sobre un producto que cumplía los requisitos, puede solicitar la factura corregida directamente en el punto de venta. Si el comercio se niega, puede presentar un derecho de petición o una queja ante la SIC. Si lo que ocurrió fue que una tienda usó el nombre “día sin IVA” en una promoción propia sin que exista decreto oficial, no hay un cobro indebido desde el punto de vista tributario: revise si el descuento ofrecido le sigue conviniendo frente a otras tiendas.
Consulte más información sobre impuestos y trámites DIAN. También le puede interesar cómo funciona el IVA en Colombia y la declaración bimestral de IVA si su negocio es responsable de este impuesto.
