El modelo de tutela en salud es un formato escrito que usted puede diligenciar sin abogado para exigir a su EPS medicamentos, procedimientos o citas que le han negado. Se presenta ante cualquier juzgado del país o en línea por el portal de la Rama Judicial. El trámite es completamente gratuito y el juez tiene 10 días hábiles para responder según el Decreto 2591 de 1991.
No existe un único formato oficial obligatorio para la tutela. Lo que la ley exige es que el escrito contenga ciertos elementos mínimos: datos del accionante, datos del accionado, hechos, derechos vulnerados y petición. Este artículo le presenta el modelo más usado para tutelas en salud, explica cómo adaptar cada sección a su caso y dónde presentarlo.
Estructura del modelo de tutela en salud
Una tutela en salud tiene seis secciones obligatorias. A continuación encontrará la estructura básica con explicación de cómo diligenciar cada una:
SEÑOR JUEZ [CIVIL MUNICIPAL / PENAL MUNICIPAL]:
Yo, [NOMBRE COMPLETO DEL ACCIONANTE], identificado/a con cédula de ciudadanía No. [NÚMERO] de [MUNICIPIO], domiciliado/a en [DIRECCIÓN], actuando en nombre propio / como representante de [NOMBRE DEL PACIENTE si es diferente], me permito presentar ACCIÓN DE TUTELA contra [NOMBRE DE LA EPS o IPS], con fundamento en los siguientes:
HECHOS:
1. Soy beneficiario/a del [régimen contributivo / subsidiado] de la EPS [NOMBRE EPS], afiliado con el No. [Número de afiliación].
2. El día [FECHA], el médico tratante [NOMBRE DEL MÉDICO, ESPECIALIDAD] formuló [MEDICAMENTO/PROCEDIMIENTO/CITA] debido a mi diagnóstico de [DIAGNÓSTICO].
3. Al solicitar la autorización a la EPS el día [FECHA], la entidad negó / no respondió en el plazo legal / condicionó la atención a [CONDICIÓN IMPUESTA].
4. La demora / negativa vulnera mi derecho a la salud porque [CONSECUENCIAS: deterioro, dolor, riesgo de complicación].
DERECHOS VULNERADOS:
Derecho a la salud (artículo 49 C.P.), derecho a la vida (artículo 11 C.P.) y derecho a la dignidad humana (artículo 1 C.P.), en conexidad con el derecho a recibir los servicios de salud del Plan de Beneficios según la Ley 100 de 1993 y la Resolución 2292 de 2021 del Ministerio de Salud.
PRETENSIONES:
Se ordene a la EPS [NOMBRE] que en el término máximo de 48 horas a partir de la notificación del fallo autorice y garantice la entrega/práctica de [DESCRIPCIÓN ESPECÍFICA del medicamento, cirugía, cita], según la orden médica del [FECHA].
PRUEBAS:
1. Copia de cédula de ciudadanía.
2. Copia de la orden médica o fórmula del Dr./Dra. [NOMBRE].
3. Copia de la respuesta de la EPS o constancia de que no respondió en el plazo legal.
4. [Cualquier documento adicional que refuerce el caso].
Atentamente,
[NOMBRE COMPLETO]
C.C. [NÚMERO] de [MUNICIPIO]
Teléfono: [NÚMERO]
[Ciudad], [FECHA]
Cómo llenar cada sección según su caso
Los errores más comunes se cometen en los Hechos y las Pretensiones. Aquí le explicamos cómo adaptar cada sección:
| Sección | Qué escribir | Error frecuente |
|---|---|---|
| Hechos | Fechas exactas, nombre del médico, medicamento o procedimiento específico, consecuencias reales de la negativa | Describir el caso de forma genérica sin fechas ni nombres |
| Derechos vulnerados | Mencionar artículos de la Constitución (11, 49) y normas del PBS | Solo escribir “derecho a la salud” sin artículos |
| Pretensiones | Pedir exactamente qué se quiere: el medicamento X, la cirugía Y, la cita con especialista Z | Pedir “que me atiendan mejor” sin especificar qué |
| Pruebas | Lista los documentos adjuntos; incluir los que tenga aunque estén incompletos | No incluir la orden médica por creer que no es necesaria |
Adaptaciones del modelo según el tipo de caso
El modelo base aplica para cualquier caso, pero hay algunos ajustes según el tipo de servicio que se solicita:
- Medicamento no PBS: en los hechos explique por qué el medicamento es necesario aunque no esté en el plan básico (hay jurisprudencia sólida en que los jueces ordenan medicamentos no PBS cuando son el único tratamiento disponible). Adjunte la justificación del especialista.
- Cita con especialista demorada: en los hechos especifique cuántos días llevan esperando la cita y qué riesgo implica la demora. El médico de cabecera puede ayudarle a documentar la urgencia.
- Cirugía reprogramada o cancelada: adjunte la historia clínica que muestre la fecha original y las reprogramaciones. Los jueces son muy receptivos con cirugías que llevan meses aplazadas.
- Tratamiento integral para enfermedad crónica: mencione que la jurisprudencia de la Corte Constitucional (T-760 de 2008 y posteriores) establece el derecho al tratamiento integral, no solo a una prestación aislada.
Dónde presentar la tutela completada
Tiene dos opciones para radicar la tutela, ambas con el mismo valor legal:
- En línea: ingrese al portal de la Rama Judicial de Colombia y use el formulario de tutela en línea. Puede adjuntar los documentos de soporte en PDF. Recibirá confirmación de radicación por correo electrónico.
- Presencial: lleve la tutela impresa (o escrita a mano) a cualquier juzgado civil municipal, penal municipal o promiscuo municipal del país. No tiene que ser el juzgado de su ciudad ni el de la ciudad de la EPS. Puede radicarlo en el juzgado de su barrio.
- Con ayuda gratuita: la Defensoría del Pueblo y la Persenía Municipal le ayudan a redactar y radicar la tutela sin costo. Acérquese con los documentos del caso.
Errores comunes al diligenciar el modelo de tutela
Evite estos errores que debilitan o invalidan la tutela:
- Dirigirla al juzgado equivocado: aunque cualquier juzgado puede recibirla, en la práctica debe dirigirse a un juez civil, penal o promiscuo municipal, no a la fiscalía ni a la policía.
- No identificar correctamente al accionado: si demanda a la IPS (clínica) cuando la responsable es la EPS, la tutela puede perderse. Identifique quién tomó la decisión de negar el servicio.
- Pretensiones vagas: “que me atiendan” o “que me den mi medicina” sin especificar cuál medicamento, qué dosis y desde cuándo.
- No firmar el documento: la tutela debe estar firmada por el accionante o por quien actúa en su representación. Sin firma, el juzgado puede inadmitirla.
- Copiar la plantilla sin adaptar los hechos: los jueces identifican fácilmente cuando los hechos son genéricos. Personaliícela con detalles reales del caso.
Cómo presentar la tutela en línea por el portal de la Rama Judicial
La Rama Judicial habilitó la presentación de tutelas en línea, lo que agiliza el proceso y evita desplazamientos. Para usarlo: busque el formulario de “tutela en línea” en el portal de la Rama Judicial, diligencie los datos del modelo (accionante, accionado, hechos, petición) y adjunte los documentos en PDF. El sistema asigna automáticamente un juzgado y le envía confirmación al correo con el número de radicado. El juzgado asignado notificará a la EPS o IPS accionada y el proceso sigue exactamente igual que si hubiera ido en persona.
Para quienes no tienen acceso a internet o tienen dificultades con el proceso digital, la Defensoría del Pueblo y la Persenía Municipal tienen funcionarios que ayudan con la radicación en línea o presencial de forma completamente gratuita. Lleve los documentos del caso y le redactan el escrito en la misma visita.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de tutela en salud
¿El modelo de tutela tiene alguna versión oficial del Estado?
No existe un único formulario oficial obligatorio. La Constitución y el Decreto 2591 de 1991 solo exigen que la tutela contenga los datos del accionante, el accionado, los hechos y la petición. Puede escribirla a mano, en Word o usar cualquier plantilla disponible. Lo que importa es el contenido, no el formato visual. La Defensoría del Pueblo tiene modelos en su portal como referencia.
¿Es gratis conseguir el modelo y presentar la tutela?
Sí. Todo el proceso de tutela es gratuito: no hay aranceles judiciales, no necesita abogado y la Defensoría le ayuda sin costo. Si alguien le cobra por un “modelo especial” o por “radicar la tutela más rápido”, es una estafa. El juzgado tiene la obligación legal de recibir cualquier tutela bien diligenciada, sin cobro alguno.
¿El modelo sirve para cualquier caso de salud?
La estructura base sirve para la mayoría de casos (medicamento negado, cirugía sin autorizar, cita demorada, tratamiento interrumpido). Solo cambian los hechos específicos, los documentos adjuntos y la petición final. Para casos muy especializados (enfermedades huérfanas, tratamientos no PBS costosos, disputas de cobertura entre EPS) es recomendable buscar asesoría de la Defensoría o un abogado, aunque tampoco es obligatorio.
¿Cuántas copias necesita para radicar la tutela?
Para radicación presencial, lleve la tutela original más una copia para que el juzgado le selle el duplicado como comprobante de radicación. Adjunte los documentos de soporte también en copia: el juzgado se queda con los originales o copias según el procedimiento. Para radicación en línea, suba todo en formato PDF y guarde el correo de confirmación como comprobante.
¿Qué pasa si el juzgado no responde en 10 días?
El incumplimiento del plazo de 10 días hábiles por parte del juez es inusual pero ocurre. Si pasan más de 10 días hábiles sin fallo, puede presentar un memorial recordando el plazo al juzgado o acudir al Consejo Seccional de la Judicatura para reportar el retardo. En la práctica, la mayoría de jueces falla a tiempo, especialmente en casos de salud donde la urgencia es visible.
Antes de usar el modelo, revise la guía completa sobre cómo poner una tutela por salud paso a paso. Si su problema puede resolverse antes sin llegar a tutela, lea cómo presentar una queja ante la EPS o Supersalud.
