Reclamar SOAT por accidente

Para reclamar el SOAT por accidente en Colombia, acuda a urgencias: el hospital lo atiende sin cobro previo y factura directamente a la aseguradora. Los amparos 2026 cubren hasta $46.691.200 en gastos médicos, $35.018.400 por muerte y $8.754.600 en gastos funerarios (Decreto 056/2015, SMLDV 2026 = $58.364). Si el vehículo no tiene SOAT, ADRES cubre los mismos valores vía Fondo de Víctimas.

El SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito), creado por la Ley 769 de 2002, protege a todas las víctimas de accidentes viales sin importar quién fue el responsable. Opera desde el primer momento de la atención de urgencias y ampara a conductores, pasajeros y peatones por igual. Cada año más de 45.000 personas resultan lesionadas en accidentes de tránsito en Colombia, pero muchas familias no reclaman los amparos por desconocimiento del proceso.

Amparos del SOAT en 2026: cuánto cubre cada uno

El Decreto 056 de 2015 del Ministerio de Hacienda fija los amparos en Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes (SMLDV). Con el SMMLV 2026 de $1.750.905, el SMLDV equivale a $58.364. Los montos máximos son:

Amparo SMLDV Valor 2026
Gastos médicos y hospitalarios 800 $46.691.200
Muerte o incapacidad total y permanente 600 $35.018.400
Incapacidad permanente parcial hasta 180 hasta $10.505.520
Gastos funerarios 150 $8.754.600
Gastos de transporte al centro médico 10 $583.640

Fuente: Decreto 056 de 2015, Ministerio de Hacienda. Montos calculados con SMLDV 2026 = $58.364 (SMMLV $1.750.905 ÷ 30).

Quién tiene derecho a reclamar el SOAT

El SOAT ampara a toda persona lesionada en un accidente de tránsito en el territorio colombiano, sin importar si va dentro del vehículo asegurado, en otro vehículo o es peatón. Tienen derecho a reclamar:

  • El conductor del vehículo asegurado, incluso si fue el causante del accidente.
  • Los pasajeros del vehículo asegurado (buses, taxis, motos, carros particulares).
  • Los pasajeros y el conductor del otro vehículo involucrado.
  • Peatones atropellados por cualquier vehículo con SOAT vigente.
  • Ciclistas y motociclistas afectados en el accidente.
  • Los herederos o familiares del fallecido (cónyuge, hijos, padres dependientes).

No es necesario demostrar culpa ni esperar fallo judicial. El amparo opera desde el primer momento de la atención de urgencias, sin importar quién ocasionó el accidente.

Documentos para reclamar el SOAT por accidente

Prepare estos documentos antes de radicar la reclamación formal ante la aseguradora:

  • Copia de cédula del accidentado o del reclamante (en caso de fallecimiento).
  • Informe de Policía de Tránsito o croquis oficial. Si no hubo agente, puede sustituirse por declaración extrajuicio ante notaría.
  • Historia clínica y facturas de atención médica firmadas por la IPS.
  • Número de póliza SOAT del vehículo causante (foto de la plaqueta o consulta en fasecolda.com).
  • Certificado médico que acredite incapacidad o secuelas permanentes, si aplica.
  • Certificado de defunción y registro civil en caso de fallecimiento.
  • Documentos de parentesco (registro civil, matrimonio) si reclaman familiares del fallecido.

Pasos para reclamar el SOAT después del accidente

El proceso de reclamación tiene dos fases: la atención inmediata (sin trámite previo) y la reclamación formal con documentos.

  1. Acudir a urgencias sin pago previo. Cualquier clínica u hospital está obligado por ley a atender al accidentado sin exigir pago anticipado. Informe que es un accidente de tránsito; la IPS facturará directamente a la aseguradora del SOAT.
  2. Identificar el SOAT del vehículo causante. En la escena, tome foto a la plaqueta del SOAT del vehículo que ocasionó el accidente. Si el vehículo huyó o no tiene SOAT, aplica el Fondo de Víctimas de ADRES.
  3. Solicitar el informe de Policía de Tránsito. El agente levanta el croquis oficial. Pida copia certificada. Sin agente en el lugar, solicite declaración ante notaría.
  4. Contactar a la aseguradora del SOAT. Consulte en fasecolda.com cuál aseguradora cubre la placa del vehículo. Llame a su línea de atención o radique en el portal web dentro de los 30 días siguientes al accidente.
  5. Radicar la reclamación formal. Presente los documentos listados. La aseguradora tiene 15 días hábiles para responder (Código de Comercio, art. 1080).
  6. Escalar si hay negativa injustificada. Si la aseguradora niega sin fundamento o tarda más de 15 días hábiles, radique queja ante la Superintendencia Financiera: superfinanciera.gov.co.

Qué pasa si el vehículo no tiene SOAT o huyó de la escena

Cuando el vehículo causante no tiene SOAT vigente o no fue identificado (atropellamiento con fuga), ADRES administra el Fondo de Víctimas (antiguo Fosyga), que cubre exactamente los mismos amparos: gastos médicos hasta $46.691.200, muerte hasta $35.018.400 y funerarios hasta $8.754.600.

  1. La IPS atiende la urgencia y reporta el caso a ADRES como accidente sin SOAT identificado.
  2. Reúna el informe policial o constancia de que el vehículo no fue identificado.
  3. Radique directamente en www.adres.gov.co o en los puntos de atención de ADRES en su ciudad.
  4. ADRES verifica la ausencia de SOAT del vehículo causante y procesa el pago de los amparos.

Si la IPS ya cobró por urgencias sin reportar a ADRES, puede tramitar el reintegro directo presentando las facturas ante ADRES con el informe del accidente.

Caso práctico: Carlos, accidente en moto en Medellín

Carlos, 28 años, conducía su moto por la Autopista Norte de Medellín cuando un carro invadió su carril. Cayó y sufrió fractura de clavícula y dos costillas. El carro tenía SOAT vigente con Allianz Seguros.

La ambulancia lo llevó a la Clínica Las Américas, que lo atendió sin cobro previo. Los gastos de urgencias, cirugía y 3 días de hospitalización sumaron $9.800.000. Allianz pagó directamente a la clínica (dentro del tope de $46.691.200). Carlos tuvo incapacidad médica de 45 días pero sin secuelas permanentes, así que no aplicó el amparo de incapacidad permanente parcial. El trámite tardó 9 días hábiles desde la radicación de documentos. Carlos no pagó un peso de su bolsillo.

Errores que pueden anular su reclamación del SOAT

  • No conservar el número de SOAT del vehículo causante. Sin este dato no puede localizar la aseguradora. Tome foto en la escena del accidente.
  • Pagar los gastos médicos sin informar que fue accidente de tránsito. Si la IPS no factura al SOAT sino a su EPS, el reembolso posterior es engorroso.
  • Esperar más de dos años para reclamar. El plazo de prescripción es de dos años desde el accidente. Pasado ese tiempo, pierde el derecho al amparo.
  • No solicitar el informe policial en la escena. Una declaración ante notaría puede sustituirlo, pero si hay posibilidad de que el agente haga el croquis, es preferible.
  • Firmar finiquito antes de conocer todas las secuelas. Si quedó con incapacidad permanente, espere el concepto médico definitivo antes de firmar cualquier acuerdo con la aseguradora.

Preguntas frecuentes sobre reclamar el SOAT por accidente

¿Cuánto cubre el SOAT en gastos médicos en 2026?

El SOAT cubre hasta 800 SMLDV en gastos médicos y hospitalarios. Con el SMLDV 2026 de $58.364, eso equivale a $46.691.200. Cubre urgencias, cirugías, hospitalización, medicamentos y rehabilitación derivados del accidente. Si los gastos superan ese tope, el exceso queda a cargo de la EPS del lesionado o del responsable civil del accidente según la vía que elija.

¿Me atienden en urgencias si el carro no tiene SOAT?

Sí, obligatoriamente. Toda IPS debe atender la urgencia sin cobro previo. Cuando el vehículo causante no tiene SOAT vigente, el hospital reporta el caso a ADRES, que cubre los mismos amparos mediante el Fondo de Víctimas. Puede reclamar directamente en www.adres.gov.co con los documentos del accidente.

¿Cómo cobro la indemnización por muerte en el SOAT?

Los beneficiarios (cónyuge, hijos, padres o hermanos dependientes) deben radicar ante la aseguradora: certificado de defunción, croquis policial, documentos de parentesco y cédula del reclamante. La aseguradora tiene 15 días hábiles para pagar. El monto máximo es 600 SMLDV = $35.018.400 en 2026, más 150 SMLDV = $8.754.600 por gastos funerarios si aplica como amparo separado.

¿Mi hijo menor lesionado en un accidente también está cubierto?

Sí. Los menores de edad tienen exactamente los mismos amparos que los adultos. La reclamación la presenta el padre, madre o representante legal. Si el menor quedó con incapacidad permanente, el pago se consigna en cuenta del representante legal, quien debe destinarlo a la recuperación del niño. El SOAT no hace distinción por edad del afectado.

¿El SOAT paga los gastos funerarios?

Sí. El amparo de gastos funerarios cubre hasta 150 SMLDV = $8.754.600 en 2026. Se reclama presentando facturas de la funeraria, certificado de defunción e informe del accidente ante la aseguradora. Este amparo es independiente del de muerte: si hay fallecimiento, la familia puede reclamar ambos por separado ante la misma aseguradora del SOAT del vehículo causante.


Consulte más información en la sección de Vehículos. También le puede interesar la guía sobre el SOAT 2026: tarifas y cómo comprarlo y cómo reportar un choque a la aseguradora.

Scroll to Top