Disolución sociedad conyugal notaría 2026: pasos y costos

La disolución sociedad conyugal ante notaría termina el régimen patrimonial compartido del matrimonio sin que sea necesario el divorcio. Basta la escritura pública firmada por ambos cónyuges. El costo parte de $45.000 en honorarios notariales y el registro en la ORIP cuesta el 0,5 % del valor declarado. Supervisa la Superintendencia de Notariado y Registro.

Muchas parejas dan este paso sin divorciarse: proteger el patrimonio personal cuando uno de los dos inicia una empresa con riesgo de deudas, separar las finanzas cuando los proyectos de vida van en direcciones distintas, o preparar un eventual reparto de bienes de forma ordenada. Este artículo le explica documentos, costos 2026, los seis pasos del trámite y los errores que más demoran el proceso.

Disolución y liquidación: dos figuras distintas con costos diferentes

Antes de ir a la notaría conviene tener claro qué quiere hacer. Confundirlas genera sorpresas en la factura:

TrámiteQué haceCosto notarial
Solo disoluciónTermina la sociedad; lo que cada uno adquiera desde esa fecha es propio. No reparte bienes actuales.Cuantía indeterminada: $45.000–$100.000
Disolución + liquidaciónTermina y reparte los bienes comunes en el mismo acto.Cuantía determinada: escala progresiva según valor del patrimonio (Decreto 188/2013)

Si hay acuerdo sobre el reparto, lo más económico es hacer los dos en una sola escritura. Si necesitan tiempo para ponerse de acuerdo, pueden disolver primero y liquidar después en escritura separada.

Causales de disolución según el Código Civil (artículo 1820)

La sociedad conyugal puede terminar por cinco causas. La vía notarial voluntaria solo aplica para la separación de bienes convencional:

  • Separación de bienes convencional (notaría): ambos cónyuges de acuerdo → escritura pública (artículo 199 CC).
  • Separación de bienes judicial: cuando uno la solicita ante juez de familia por derroche o deudas graves del otro.
  • Divorcio o separación de cuerpos: disuelven la sociedad como efecto automático.
  • Muerte de uno de los cónyuges o declaración de muerte presunta.
  • Sentencia de nulidad del matrimonio.

Si ambos cónyuges están de acuerdo, la notaría es la vía más rápida y económica. Si hay conflicto, el proceso va ante el juzgado de familia, donde los honorarios de abogado y los plazos son considerablemente mayores.

Documentos que debe llevar a la notaría

Tenga todo listo desde la primera visita. Una pieza faltante obliga a regresar y retrasar el trámite:

  • Cédulas de ciudadanía originales de ambos cónyuges.
  • Registro civil de matrimonio original (actualizado si la notaría lo exige con menos de 3 meses de expedición).
  • Si incluye liquidación: certificados de libertad y tradición de los inmuebles (disponibles en supernotariado.gov.co por $18.750 cada uno), tarjetas de propiedad de vehículos y paz y salvo predial del año en curso de cada inmueble.
  • Si actúa por apoderado: escritura de poder con facultad expresa para “disolver y liquidar la sociedad conyugal”.

Costos 2026 con ejemplo real

ConceptoValor aproximado 2026
Escritura notarial — solo disolución (cuantía indeterminada)$45.000 – $100.000
Escritura notarial — con liquidación (cuantía determinada, Decreto 188/2013)Escala progresiva según valor del patrimonio
Impuesto de registro ORIP (Ley 223/1995 art. 226)0,5 % del valor del acto
Derechos de anotación en el folio de matrícula~$89.900
Copia auténtica de escritura (por folio)$18.750

Caso Carlos y Sofía: quieren disolver y liquidar su sociedad conyugal. Tienen un apartamento avaluado comercialmente en $280.000.000 y ahorros comunes de $40.000.000. Carlos se queda con el apartamento y le reconoce a Sofía $160.000.000 en efectivo. Patrimonio total declarado en la escritura: $320.000.000. Honorarios notariales (Decreto 188/2013, cuantía determinada): aproximadamente $960.000. Impuesto de registro ORIP: $1.600.000 (0,5 % de $320M). Derechos de anotación: ~$89.900. Copias auténticas (4 folios × 2 copias): $150.000. Total del proceso: aproximadamente $2.799.900. Si solo hubieran disuelto sin liquidar, el costo habría sido de $45.000–$100.000 más el ORIP y la anotación.

Seis pasos del trámite ante la notaría

  1. Solicite cita en cualquier notaría del país. No tiene que ser la notaría donde se casaron. Lleve el inventario de bienes para que el notario calcule el costo exacto antes de la firma.
  2. Elaboración de la minuta. El notario redacta la escritura con la voluntad de disolver y, si aplica, el inventario y reparto de bienes. Revise cada ítem antes de firmar.
  3. Firma de la escritura. Ambos cónyuges comparecen ante el notario y firman en el mismo acto. Si uno actúa por apoderado, presenta la escritura de mandato con la facultad expresa.
  4. Pago de derechos notariales y retiro de copias. Cancele los honorarios según el Decreto 188/2013 y solicite mínimo dos copias auténticas de la escritura.
  5. Radicación y pago en la ORIP. Presente la copia auténtica en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y pague el impuesto de registro en línea en ventanillaregistro.orip.co o en las taquillas de la ORIP.
  6. Verificación del folio actualizado. Entre 10 y 15 días hábiles después, descargue el certificado de libertad y tradición en supernotariado.gov.co para confirmar que la anotación de separación de bienes quedó inscrita.

Sociedad patrimonial de unión libre: ¿aplica el mismo trámite?

Las parejas en unión libre no tienen sociedad conyugal sino sociedad patrimonial de hecho, regulada por la Ley 54 de 1990 modificada por la Ley 979 de 2005. Puntos clave:

  • La sociedad patrimonial de hecho existe legalmente si la convivencia lleva más de 2 años y ninguno de los dos tiene impedimento matrimonial (como estar casado con un tercero).
  • La Ley 979/2005 permite disolverla ante notaría mediante escritura pública, con los mismos documentos y tarifas que en el matrimonio.
  • Si la pareja no lleva 2 años juntos, no existe sociedad patrimonial reconocida legalmente.
  • En caso de conflicto sobre los bienes o si uno de los compañeros niega la unión, la vía es judicial ante el juzgado de familia.

Errores que demoran o invalidan el trámite

  • Paz y salvo predial vencido: debe ser del año en curso. Con predial atrasado, la notaría no protocoliza la escritura si hay inmuebles involucrados.
  • No registrar en la ORIP: la escritura firmada pero no inscrita no es oponible a terceros. Un acreedor puede desconocer la separación y embargar bienes como si aún fueran de la sociedad.
  • Omitir bienes en el inventario: los activos no declarados en la liquidación pueden reclamarse judicialmente con posterioridad.
  • Poder sin facultad expresa: un poder general de representación no es suficiente. Debe decir explícitamente “para disolver y liquidar la sociedad conyugal”.
  • Confundir separación de cuerpos con separación de bienes: son dos figuras distintas; la separación de cuerpos también disuelve la sociedad conyugal, pero además suspende el deber de cohabitación.

Preguntas frecuentes sobre la disolución sociedad conyugal

¿Puedo disolver la sociedad conyugal sin divorciarme?

Sí. La separación de bienes convencional (artículo 199 del Código Civil) termina el régimen patrimonial compartido pero conserva el vínculo matrimonial. Desde la fecha de la escritura, cada cónyuge administra y adquiere bienes de forma independiente. El matrimonio mantiene sus efectos civiles, de seguridad social y de herencia. Para divorciarse además, habría que tramitar una escritura de divorcio notarial por mutuo acuerdo o acudir a un proceso judicial.

¿Cuánto cuesta la disolución de la sociedad conyugal ante notaría?

Si solo disuelven sin incluir el reparto de bienes (cuantía indeterminada), los honorarios notariales van de $45.000 a $100.000. Si incluyen la liquidación, el costo sube porque se calcula en escala progresiva sobre el valor del patrimonio declarado según el Decreto 188/2013. A eso se añade el impuesto de registro en la ORIP —0,5 % del valor del acto— y los derechos de anotación (~$89.900). Pida un presupuesto exacto en la notaría antes de agendar cita.

¿Cómo se reparten los bienes en la liquidación de la sociedad conyugal?

El reparto lo deciden libremente los cónyuges; el notario solo da fe del acuerdo alcanzado. Lo más habitual es que cada uno conserve los bienes que usaba, que los ahorros y cuentas comunes se dividan a la mitad, y que quien se quede con el inmueble le reconozca al otro el 50 % de su valor en dinero o en bienes equivalentes. Si no llegan a un acuerdo, el proceso va ante el juzgado de familia, donde un juez ordena la liquidación mediante sentencia.

¿Cuánto tarda el proceso de disolución de la sociedad conyugal?

La escritura en notaría queda lista en 1 a 3 días hábiles tras la firma y el pago de derechos. El registro en la ORIP toma entre 10 y 15 días hábiles adicionales; en ciudades con mayor congestión, como Bogotá, puede extenderse hasta 20 días. En total, desde la firma de la escritura hasta tener el folio de matrícula actualizado cuente entre 2 y 4 semanas. Puede verificar el estado del registro gratis en supernotariado.gov.co.

¿La unión libre tiene sociedad patrimonial que se puede disolver en notaría?

Sí, siempre que la convivencia lleve más de 2 años y ninguno tenga impedimento matrimonial (Ley 54/1990). La Ley 979/2005 permite disolver la sociedad patrimonial de hecho mediante escritura pública notarial, con los mismos documentos y tarifas que en el matrimonio. Si la relación no cumple los 2 años, no existe sociedad patrimonial reconocida legalmente. Si hay conflicto sobre los bienes o sobre la duración de la unión, la vía es el juzgado de familia.


Consulte más información en el pilar de Notarías y Registro. También le puede interesar la guía sobre divorcio notarial en Colombia y el trámite de sucesión ante notaría.

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