Testamento en Colombia 2026: tipos, costos y cómo hacerlo

El testamento en Colombia formaliza la voluntad sobre el destino de los bienes al morir. El más común es el testamento abierto ante notaría, que desde el Decreto 019/2012 no requiere testigos adicionales. Cuesta desde $45.000 en honorarios notariales y puede revocarse o modificarse en cualquier momento.

Miles de colombianos mueren cada año sin testamento y sus familias enfrentan sucesiones largas y costosas. Conocer las opciones, los límites que impone la ley sobre la herencia y los costos reales de cada modalidad le permite tomar una decisión informada hoy.

Qué es el testamento y por qué importa en Colombia

El testamento es un acto jurídico unilateral mediante el cual una persona (el testador) expresa su voluntad sobre cómo repartir sus bienes y derechos después de morir. Está regulado en los artículos 1055 a 1068 del Código Civil colombiano. A diferencia de lo que muchos creen, no sirve solo para los ricos: cualquier persona con bienes, cuentas bancarias, inmuebles o derechos puede y debe testamentar.

Sin testamento, la herencia se reparte según los órdenes sucesorales del Código Civil (artículos 1040-1051), que priorizan hijos y cónyuge. Eso puede resultar conveniente en muchos casos, pero no permite disponer del 25 % de libre disposición ni dejar instrucciones sobre bienes específicos.

Tipos de testamento en Colombia

La ley colombiana reconoce varios tipos, cada uno con requisitos distintos:

TipoRequisitos principalesCuándo usarlo
Testamento abierto (art. 1070 CC)Escritura pública ante notaría. Desde Decreto 019/2012 no requiere testigos adicionalesLa opción más común y segura para bienes inmuebles
Testamento cerrado (art. 1080 CC)Documento sellado + 3 testigos ante notario. El contenido queda secreto hasta la muerteCuando se quiere privacidad total del contenido
Testamento privilegiado militar (arts. 1098-1100 CC)Oral ante oficial. Caduca a los 90 días de cesar el peligroCombatientes en conflicto. Uso muy restringido
Testamento marítimo (arts. 1092-1097 CC)Ante comandante del buque. Válido si se muere durante la travesía o dentro de 90 días despuésViajes marítimos prolongados

En la práctica, el 95 % de los testamentos en Colombia son de tipo abierto ante notaría. Es el más sencillo, el que queda en el registro notarial y el que da mayor certeza jurídica a los herederos.

Qué parte de la herencia puede usted decidir libremente

Esta es la pregunta que más confunde a los testadores: el Código Civil no le da libertad total sobre todos sus bienes. Cuando existen legitimarios (herederos forzosos), la herencia se divide en tres partes:

  • Legítima rigorosa (50 %): corresponde por ley a los legitimarios (hijos, y a falta de hijos, a los padres), según el artículo 1239 CC. No se puede tocar.
  • Cuarta de mejoras (25 %): el testador puede asignarla libremente entre los legitimarios, favoreciendo a unos sobre otros (artículo 1242 CC).
  • Cuarta de libre disposición (25 %): se puede dejar a cualquier persona, incluso a alguien que no sea familia (artículo 1243 CC).

Los legitimarios en Colombia son los hijos (y sus descendientes por representación) y, a falta de descendientes, los ascendientes (padres, abuelos). El cónyuge o compañero permanente tiene derechos conyugales pero no es legitimario en sentido estricto (Ley 29/1982, CC arts. 1240-1248).

Caso Lucía: tiene un apartamento valorado en $400.000.000 y tres hijos. La legítima rigorosa es $200.000.000 (50 %), que se divide en tres partes iguales: $66.666.667 para cada hijo. Con la cuarta de mejoras ($100.000.000) puede beneficiar al hijo que más lo necesite. El 25 % restante ($100.000.000) puede dejárselo a su hermana o a una fundación.

Documentos necesarios para testar ante notaría

Para el testamento abierto ordinario ante notaría colombiana necesita:

  • Cédula de ciudadanía original vigente del testador
  • Cédulas de los herederos o legatarios que se mencionan (para verificar datos)
  • Escrituras o documentos de los bienes que se incluyen (no son obligatorios para el protocolo, pero facilitan la redacción exacta)
  • Borrador o apuntes de lo que quiere disponer (opcional, pero agiliza el proceso)

No necesita testigos desde la entrada en vigor del Decreto 019/2012 (artículo 50), que simplificó el proceso del testamento abierto ante notario.

Costos reales del testamento en Colombia 2026

ConceptoValor aproximado 2026Base legal
Honorarios notariales (testamento abierto)$45.000 – $100.000Decreto 188/2013
Copia auténtica para los herederos (por folio)$18.750Decreto 188/2013
Asesoría de abogado (opcional, pero recomendada)$500.000 – $3.000.000Libre acuerdo
Testamento cerrado (incluye 3 testigos)$80.000 – $150.000Decreto 188/2013

Caso Lucía (continuación): testamento abierto de 5 folios. Honorarios: $70.000. Dos copias auténticas (una para el archivo familiar, otra para el abogado): 5 folios × $18.750 × 2 = $187.500. Total aproximado: $257.500. Con asesoría básica de abogado: $757.500 – $1.257.500.

Pasos para hacer el testamento ante notaría

  1. Decisión previa: defina qué bienes incluye, a quién los deja y en qué proporciones. Consulte un abogado si el patrimonio es complejo.
  2. Cita en la notaría: llame o agende en línea. Lleve la cédula y los datos de los herederos.
  3. Entrevista con el notario: el notario verifica la capacidad mental del testador, recibe la declaración de voluntad y la convierte en escritura pública.
  4. Lectura y firma: el notario lee el testamento en voz alta ante el testador (art. 1075 CC). El testador firma o, si no puede, lo hace a su ruego.
  5. Protocolarización: la escritura queda en el protocolo notarial. Solicite al menos dos copias auténticas.
  6. Registro opcional en Archivo General de la Nación: aunque no es obligatorio, algunos notarios recomiendan inscribir el testamento en el registro centralizado para facilitar la búsqueda futura.

Cuándo y cómo puede revocar o modificar el testamento

Según el artículo 1265 del Código Civil, el testamento puede revocarse total o parcialmente en cualquier momento, sin necesidad de dar explicaciones. La revocación se hace mediante un nuevo testamento o mediante escritura pública notarial expresa. El último testamento válido es el que rige. Si hace un nuevo testamento y no revoca expresamente el anterior, ambos coexisten y el juez de sucesión deberá interpretarlos.

No existe plazo mínimo entre testamentos. Puede testar hoy y modificar mañana. Por eso se recomienda guardar copia de todos los testamentos cronológicamente e indicar en cada uno si revoca los anteriores.

Preguntas frecuentes sobre el testamento en Colombia

¿Puedo desheredar a un hijo?

En Colombia no puede desheredar libremente a un hijo. Los hijos son legitimarios y tienen derecho a la legítima rigorosa (50 % de la herencia dividido entre ellos). Solo puede reducirles la cuarta de mejoras o la libre disposición. La ley contempla causales de desheredamiento (art. 1266 CC), como haber maltratado gravemente al testador, pero son causales estrictas que deben probarse judicialmente.

¿El testamento vale si no lo registro ante nadie más?

El testamento abierto queda protocolizado en la notaría, que es suficiente registro. No es obligatorio inscribirlo en ninguna entidad adicional. Eso sí, avísele a una persona de confianza en qué notaría quedó y con qué número de escritura, porque si nadie sabe dónde está, no puede hacerse valer al morir.

¿Cuánto tiempo dura el trámite de sucesión después de morir el testador?

La sucesión testamentaria puede tramitarse notarialmente si todos los herederos están de acuerdo y son capaces. Toma entre 2 y 6 meses. Si hay menores de edad, incapaces o conflictos entre herederos, debe hacerse ante juez de familia y puede durar 1 a 3 años. El testamento no elimina el trámite de sucesión, pero sí lo simplifica al evitar discusiones sobre la voluntad del fallecido.

¿Puede un extranjero hacer testamento en Colombia?

Sí. Un extranjero con bienes en Colombia puede testar ante notaría colombiana, siempre que sea mayor de edad y esté en plenas facultades mentales. El testamento regirá para los bienes ubicados en Colombia. Si tiene bienes en su país de origen, deberá también testar allá o bajo las reglas de derecho internacional privado aplicables.

¿Tiene validez el testamento hecho en el extranjero para bienes en Colombia?

Sí, si cumple las formalidades del país donde se otorgó y está debidamente autenticado o apostillado. El artículo 1084 del Código Civil reconoce el testamento otorgado en país extranjero conforme a las leyes del lugar. Para hacerlo valer en Colombia, los herederos deben presentarlo apostillado ante notaría o juzgado según corresponda.


Consulte más información en el pilar de Notarías y Registro. También le puede interesar cómo tramitar la sucesión y qué pasa con la mortuoria sin testamento. Para más detalles sobre costos notariales, visite la Superintendencia de Notariado y Registro.

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