Aumentar capital SAS: trámite y costos 2026

Para aumentar el capital de una SAS en Colombia, la asamblea de accionistas (o los socios por escrito) aprueban la reforma estatutaria, se actualiza el articulado y se inscribe el acto ante la Cámara de Comercio. No se requiere notaría si el aporte es en dinero. El costo oficial ronda los $73.000 y el trámite digital tarda 3–5 días hábiles en 2026.

Aumentar el capital es necesario cuando llegan nuevos inversionistas, se busca mayor cupo de crédito bancario, se van a emitir nuevas acciones o se quiere demostrar solidez patrimonial ante clientes corporativos y entidades públicas. La Ley 1258 de 2008 (Estatuto de la SAS) lo permite en cualquier momento del año sin liquidar la sociedad.

Tres tipos de capital en una SAS y cuál puede aumentar

La Ley 1258/2008 (arts. 9–11) distingue tres tipos. Entender la diferencia evita que la Cámara de Comercio devuelva la solicitud por inconsistencias:

Tipo de capitalDefinición legalSe puede aumentar
Capital autorizadoLímite máximo de acciones que la sociedad puede emitir (art. 9)Sí, con reforma estatutaria
Capital suscritoAcciones que los accionistas se comprometieron a pagar (art. 10)Sí, emitiendo nuevas acciones; no puede superar el autorizado
Capital pagadoMonto efectivamente entregado a la sociedad (art. 11)Sí, al cancelar las acciones suscritas (plazo máx. 2 años)

La reforma más común aumenta los tres tipos simultáneamente: se amplía el capital autorizado en estatutos, el nuevo inversionista suscribe acciones y paga de inmediato. Si el aporte se hará en cuotas, los estatutos deben fijar el plazo (máximo dos años según el artículo 11).

Documentos necesarios para inscribir el aumento de capital

Prepare estos documentos antes de ingresar al portal de la Cámara de Comercio:

  • Acta de asamblea o documento privado de reforma: contiene la decisión de aumentar el capital, los nuevos montos y las firmas del presidente y secretario. Si todos los accionistas firman un mismo documento sin reunirse, también es válido (art. 17 Ley 1258/2008).
  • Reforma al artículo de capital de los estatutos: versión actualizada con los tres valores. Muchas cámaras exigen el texto completo para verificar coherencia.
  • Formulario RUES: se diligencia en línea en rues.com.co.
  • Comprobante de pago de derechos de inscripción (~$73.000).
  • Escritura pública (solo si el aporte es un inmueble): para aportes en dinero o bienes muebles no se requiere notaría.

Costos y tiempos del trámite en 2026

ConceptoValor aproximado 2026Observación
Inscripción acto en Cámara de Comercio~$73.0006 UVB a $12.110 c/u; tarifa fijada por el Gobierno Nacional
Escritura pública (solo con inmuebles)$150.000–$600.000Decreto 188/2013; escala según valor del acto
Asesoría jurídica externa$200.000–$800.000Opcional; recomendada si entran nuevos socios
Tiempo canal virtual (CCB, CCM, CCC)3–5 días hábilesPresencial: 5–10 días hábiles

Paso a paso para aumentar el capital de su SAS

  1. Decida si convoca asamblea o usa decisión sin reunión: el art. 17 de la Ley 1258/2008 permite aprobar reformas por documento firmado por todos sin necesidad de asamblea. Si los estatutos la exigen, avise con al menos 5 días hábiles de antelación.
  2. Redacte el acta o documento privado: incluya el nuevo capital autorizado, monto suscrito, capital pagado, valor nominal de cada acción y número de nuevas acciones. Si el accionista pagará en cuotas, anote el plazo.
  3. Actualice el artículo de capital en los estatutos: reemplace los valores anteriores. No es necesario reescribir todos los estatutos.
  4. Ingrese al portal de su Cámara de Comercio: Bogotá usa ccb.org.co; Medellín, camaramedellin.com.co; otras ciudades, en confecamaras.com.co.
  5. Cargue los documentos y pague: adjunte el acta y la reforma en PDF. Pago con PSE o tarjeta. Conserve el comprobante.
  6. Descargue el certificado actualizado: una vez inscrito, el nuevo capital queda visible en el certificado de existencia y representación legal.
  7. Actualice el RUT en la DIAN si es necesario: si entran nuevos socios o cambia la actividad, actualice en muisca.dian.gov.co para evitar la sanción del art. 658-3 ET.

Caso práctico: empresa que recibe un inversionista ángel

Carlos tiene una SAS de software con capital autorizado de $50.000.000 y capital pagado de $20.000.000. Un inversionista ángel aportará $80.000.000 a cambio del 35 % de la empresa. El desembolso por el trámite fue:

  • Capital autorizado actualizado en estatutos: $200.000.000
  • Capital suscrito y pagado nuevo: $100.000.000 ($20M previos + $80M del inversionista)
  • Nuevas acciones emitidas: 800 (a $100.000 c/u)
  • Inscripción Cámara de Comercio Bogotá: $73.000
  • Honorarios abogado (acta + reforma estatutaria): $500.000
  • Costo total del trámite legal: $573.000

Con el certificado actualizado, Carlos duplicó su cupo de sobregiro bancario. El inversionista quedó protegido porque su participación consta en el registro mercantil, visible para cualquier tercero que consulte en RUES.

Errores frecuentes que devuelven la solicitud

  • Capital suscrito mayor al autorizado: imposible por ley (art. 9). Si va a emitir acciones que superen el capital autorizado actual, auméntelo en el mismo acto.
  • Acta sin quorum o sin firmas completas: si los estatutos exigen porcentaje mínimo de votos y el acta no lo acredita, la inscripción es rechazada.
  • Reforma incompleta: adjuntar solo el acta sin modificar el artículo de capital es el error más común. La Cámara necesita ver los tres valores actualizados en los estatutos.
  • Aportes en especie sin avaluar: el art. 13 de la Ley 1258/2008 exige que los bienes aportados estén valorados en pesos. Sin ese dato, la inscripción se niega.
  • No actualizar el RUT: si entran nuevos socios o cambia la actividad, la DIAN puede imponer sanción por no actualizar dentro de los dos meses siguientes al cambio.

Preguntas frecuentes sobre el aumento de capital en una SAS

¿Cuánto cuesta aumentar el capital de una SAS en 2026?

El costo oficial ante la Cámara de Comercio es aproximadamente $73.000 (6 UVB a $12.110 cada una). Si contrata abogado para el acta y la reforma, espere entre $200.000 y $800.000 adicionales. Si hay aportes en inmuebles, sume honorarios notariales más el 0,5 % de derechos de registro ante la ORIP (Ley 223/1995 art. 226).

¿Se necesita notaría para aumentar el capital de una SAS?

No en la mayoría de casos. El artículo 5 de la Ley 1258 de 2008 permite que las reformas estatutarias consten en documento privado. La notaría solo es obligatoria cuando el aporte es un bien inmueble, porque la transferencia de inmuebles siempre exige escritura pública (art. 1857 CC). Para aportes en dinero o activos muebles, basta el documento privado.

¿Cuánto tarda la inscripción en la Cámara de Comercio?

Por los portales virtuales, entre 3 y 5 días hábiles desde que se radican los documentos completos y se confirma el pago. En ventanilla presencial, entre 5 y 10 días hábiles. Si la solicitud tiene errores, la cámara la devuelve y el plazo se reinicia. Conviene revisar la coherencia entre acta y articulado antes de radicar.

¿Se puede aumentar el capital sin hacer asamblea física?

Sí. El artículo 17 de la Ley 1258 de 2008 permite adoptar decisiones mediante documento escrito firmado por todos los accionistas sin necesidad de reunirse. Esta modalidad es muy usada en SAS con uno o dos socios porque elimina los costos y formalidades de la convocatoria.

¿El trámite se puede hacer completamente en línea?

Sí. Las principales cámaras de comercio del país tienen portales digitales donde se sube el PDF del acta y la reforma, se paga con PSE o tarjeta y se descarga el certificado actualizado sin ir a ventanilla. La única excepción es cuando el acto incluye escritura pública por bienes inmuebles, que exige presencia notarial.


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