Denunciar discriminación LGBT en Colombia 2026

Denunciar la discriminación por orientación sexual o identidad de género en Colombia tiene respaldo legal sólido: la Ley 1482 de 2011 (modificada por Ley 1752/2015) tipificó la discriminación por estas causas como delito penal con penas de 12 a 36 meses de prisión y multa de 10 a 15 SMMLV ($17.509.050 a $26.263.575 en 2026). La Constitución artículo 13 garantiza la igualdad sin discriminación. Para denunciar acuda a la Fiscalía General (fiscalia.gov.co) o a la Defensoría del Pueblo (defensoria.gov.co, línea 01 8000 914 814).

A diferencia de la discriminación racial, la discriminación por orientación sexual se tipificó específicamente con la Ley 1752/2015, que modificó los artículos 134A y 134B del Código Penal. En 2026 el ente coordinador de políticas de igualdad es el Ministerio de las Igualdades (minigualdad.gov.co).

Tipos de discriminación por orientación sexual: ejemplos concretos

  • Laboral: despido o no contratación por ser gay, lesbiana, bisexual o trans; acoso o ambiente laboral hostil por identidad de género.
  • Comercial: negándole el ingreso o servicio en un establecimiento abierto al público (restaurante, tienda, hotel) por su orientación sexual.
  • Educativa: expulsión o acoso escolar (bullying) en colegio o universidad basado en orientación sexual o identidad de género.
  • En salud: EPS o médico que se niega a atender o da trato degradante por ser persona LGBT.
  • Familiar: vulneración de derechos de parejas del mismo sexo (uniones maritales Ley 54/1990 + Sentencia C-029/2009 CC).

Dónde denunciar: todas las instancias

Tipo de discriminación Entidad Contacto
Penal (actos de odio)Fiscalía Generalfiscalia.gov.co / 122
Cualquier tipoDefensoría del Pueblo01 8000 914 814
LaboralMinTrabajo / Inspección Trabajomintrabajo.gov.co / 01 8000 123 116
Comercial / consumidorSICsic.gov.co / 601 592 0400
EducativaSecretaría de Educación / ICETEXMinEducación mineducacion.gov.co
SaludSupersalud01 8000 513 700 / supersalud.gov.co

Pasos para denunciar ante la Fiscalía

  • Paso 1 — Documentar: guarde capturas de pantalla de mensajes, fotos del incidente (si puede tomarlas sin riesgo), nombres y datos de testigos, correos electrónicos o comunicados por escrito.
  • Paso 2 — Presentar denuncia: en línea en fiscalia.gov.co (sección “Denuncia en línea”) o presencialmente en cualquier URI de la Fiscalía. No es necesario abogado para denunciar.
  • Paso 3 — Número de radicado: exija el número de radicado de la denuncia. Con él puede hacer seguimiento en fiscalia.gov.co.
  • Paso 4 — Querellante o víctima: dentro del proceso puede constituirse como víctima (Ley 906/2004 art.11) para acceder a asistencia jurídica, reparación y acompañamiento psicosocial.

Discriminación laboral: derechos específicos

Si lo despidieron o no lo contrataron por su orientación sexual o identidad de género:

  • La Corte Constitucional ha ordenado reintegros en casos de despido discriminatorio (por ejemplo, Sentencia T-291/2016 sobre trabajador trans).
  • Puede solicitar la inspección laboral ante el MinTrabajo (mintrabajo.gov.co). El inspector puede sancionar al empleador con multas de hasta 100 SMMLV ($175.090.500 en 2026, Ley 1610/2013).
  • También puede presentar demanda ordinaria laboral ante el juez del trabajo. El juez puede ordenar reintegro + indemnización + pago de salarios dejados de percibir.

Organizaciones y recursos de apoyo LGBT en Colombia

  • Ministerio de las Igualdades (minigualdad.gov.co): entidad creada en 2023 para coordinar políticas de igualdad, incluida la población LGBTIQ+.
  • Colombia Diversa (colombiadiversa.org): organización de derechos humanos que documenta violaciones a personas LGBT y presta orientación jurídica gratuita.
  • CARIBE AFIRMATIVO: organiza litigio estratégico en la región Caribe colombiana y acompaña casos de discriminación y violencia contra personas LGBT.
  • Casa de la Diversidad Sexual (Bogotá, SDIS): espacio de atención, orientación y fortalecimiento para personas LGBTIQ+ en la ciudad. Tel.: (601) 294-1000.
  • Línea Purpura (Bogotá): 01 8000 112 137 — atención a víctimas de violencias basadas en género, incluyendo personas trans.

Importante: la discriminación por orientación sexual e identidad de género también puede denunciarse ante la Procuraduría General (procuraduria.gov.co) cuando el responsable es un funcionario público (por ejemplo, un policía que abusa en el ejercicio de sus funciones o un docente en un colegio público). La Procuraduría puede imponer sanciones disciplinarias adicionales a la acción penal.

Preguntas frecuentes sobre discriminación LGBT

¿Dónde se denuncia la discriminación por ser LGBT en Colombia?

Dependiendo del tipo: si es un acto de odio o negativa de servicio en establecimiento público, denuncia ante la Fiscalía (fiscalia.gov.co o línea 122) por los delitos de los arts. 134A-134B del Código Penal (Ley 1752/2015). Si es discriminación laboral, ante el MinTrabajo (mintrabajo.gov.co). Para cualquier vulneración de derechos, la Defensoría del Pueblo (01 8000 914 814) orienta y puede actuar como intermediario.

¿Discriminar a alguien por ser gay o trans tiene pena de cárcel en Colombia?

Sí. La Ley 1752/2015 (modifica arts. 134A y 134B del Código Penal) tipifica como delito los actos discriminatorios por orientación sexual e identidad de género. La pena es de 12 a 36 meses de prisión y multa de 10 a 15 SMMLV. Si la discriminación ocurre en el ejercicio de actividad comercial, la pena se agrava. No todos los casos terminan en prisión efectiva, pero la condena judicial sí es posible.

¿Puedo denunciar si no tengo pruebas físicas del trato discriminatorio?

Sí. El testimonio propio y de testigos tiene valor probatorio. Si hubo testigos del incidente, consiga sus datos de contacto. Mensajes de texto, correos electrónicos y publicaciones en redes sociales también son prueba. En el derecho disciplinario y civil la carga de la prueba puede invertirse: si el empleador tiene antecedentes de trato diferencial, el juez puede considerar que hubo discriminación aunque no haya prueba directa.

¿Qué pasa si la discriminación es en una empresa privada?

Una empresa privada no puede legalmente discriminar por orientación sexual. Si la discriminación es en el ámbito laboral, acuda a la Inspección de Trabajo del MinTrabajo. Si es en el ámbito comercial (negándole el servicio o acceso), puede presentar queja ante la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio, sic.gov.co) por violación al Estatuto del Consumidor (Ley 1480/2011 art. 24 sobre trato digno).

¿Y si la discriminación viene de un familiar?

Las situaciones de violencia familiar o expulsión del hogar por orientación sexual se pueden atender mediante: medida de protección en la Comisaría de Familia (actos de violencia intrafamiliar) o denuncia por violencia psicológica (Ley 1257/2008). Si es menor de edad, el ICBF puede intervenir para proteger al niño o adolescente (Ley 1098/2006 art. 39). La línea 123 conecta con atención de emergencias y puede orientar.


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