Régimen Simple de Tributación 2026: cuándo conviene

El Régimen Simple de Tributación (RST) de la DIAN consolida el impuesto de renta y el ICA municipal en una tarifa única sobre ingresos brutos: desde 0,82 % para comercio hasta 14,96 % para servicios profesionales. En 2026 pueden inscribirse contribuyentes con ingresos hasta 100.000 UVT ($5.237.400.000). Conviene cuando los costos deducibles son bajos y el cálculo de renta ordinaria generaría un impuesto mayor.

Para muchos microempresarios colombianos el RST significa dejar de presentar declaración de renta, declaración de ICA en la alcaldía e impuesto al consumo en restaurantes por separado. Todo queda en una sola declaración anual con anticipos bimestrales en el portal MUISCA.

¿Qué es el Régimen Simple de Tributación?

El RST es un modelo tributario opcional creado por la Ley 1943 de 2018, modificado por la Ley 2010 de 2019 y ajustado por la Ley 2277 de 2022. Está regulado por los artículos 903 al 916 del Estatuto Tributario. Su objetivo es reducir la carga administrativa de los pequeños y medianos contribuyentes agrupa en un solo tributo lo que antes era:

  • Impuesto de renta (DIAN)
  • Impuesto de industria y comercio — ICA (municipio)
  • Impuesto de industria y comercio avisos y tableros — ICAT
  • Impuesto al consumo para restaurantes y bares (en algunos casos)

El IVA, en cambio, no está incluido en el RST: si el contribuyente es responsable del IVA, sigue liquidándolo y presentándolo de forma independiente.

Tabla comparativa: RST vs Régimen Ordinario

AspectoRSTRégimen Ordinario
Base del impuestoIngresos brutos totalesRenta líquida (ingresos − costos − deducciones)
Tarifa0,82 % a 14,96 % (fija por tramo e actividad)Escalonada 0 % a 39 % sobre renta líquida
ICA municipalIncluido en la tarifa RSTSe paga por separado al municipio
AnticiposBimestrales (5 pagos al año)Anual al declarar (si liquidó anticipo)
Deducciones de costosNo aplicaSí reduce la base gravable
ContabilidadSimplificadaCompleta si supera umbrales de ingresos
IVANo incluido; se sigue declarando aparteNo incluido; igual
Ideal paraAlto margen, pocos costos, muchas ventasBajo margen o muchos costos deducibles

Tarifas RST 2026 por tipo de actividad

Las tarifas del artículo 908 del Estatuto Tributario (modificado por la Ley 2277 de 2022) se aplican sobre los ingresos brutos anuales y varían según la actividad y el tramo de ingresos. En pesos 2026, 6.000 UVT equivalen a $314.244.000 y 100.000 UVT a $5.237.400.000.

Actividad0 – 6.000 UVT6.001 – 15.000 UVT15.001 – 30.000 UVT30.001 – 80.000 UVT80.001 – 100.000 UVT
Tiendas pequeñas, minimercados, peluquerías2,0 %2,8 %8,1 %11,6 %14,96 %
Expendio de comidas y bebidas (restaurantes, bares)3,4 %3,8 %5,5 %7,0 %9,0 %
Comercio al por mayor y menor, telecomunicaciones0,82 %1,3 %1,64 %2,05 %3,42 %
Actividades industriales, agroindustriales1,8 %2,2 %3,9 %5,4 %6,3 %
Servicios profesionales, asesorías, consultoría5,9 %7,3 %12,0 %14,5 %14,96 %
Actividades de transporte3,5 %4,5 %5,5 %7,0 %9,0 %

¿Quién puede inscribirse en el RST en 2026?

Pueden optar por el RST las personas naturales y jurídicas que cumplan todas estas condiciones:

  • Ingresos brutos del año anterior no superiores a 100.000 UVT ($5.237.400.000 en 2026).
  • Desarrollar actividades de las categorías permitidas (comercio, servicios, pyme industrial, restaurantes, transporte).
  • No tener contratos de prestación de servicios con el Estado que superen 80.000 UVT.
  • No ser socio de entidades en el régimen ordinario que generen rentas pasivas.
  • No ser usuarios de zonas francas ni tener ingresos principalmente de rendimientos financieros, rentas de capital o dividendos.

La inscripción se hace actualizando el RUT en el portal de la DIAN antes del 31 de enero del año en que se quiere pertenecer al RST. Para quienes inician actividades, la inscripción puede hacerse en el momento del registro en el RUT.

5 pasos para inscribirse en el RST

  1. Ingrese a muisca.dian.gov.co con su usuario y clave DIAN.
  2. Seleccione «Actualizar RUT» y vaya a la hoja 3 (Responsabilidades).
  3. Agregue la responsabilidad 47 – Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación SIMPLE.
  4. Retire las responsabilidades de renta ordinaria (responsabilidad 05) e ICA si aplica.
  5. Firme electrónicamente y descargue el nuevo RUT con la casilla 53 del formulario marcada.

Caso real: Carlos decide si le conviene el RST

Carlos es consultor de sistemas en Bogotá con ingresos anuales de $180.000.000 (3.437 UVT). Sus costos son bajos: equipos, internet y transporte suman $22.000.000 al año.

Opción A: Régimen Ordinario
Renta líquida estimada: $180M − $22M = $158M. Con rentas exentas y deducciones, su base gravable quedaría alrededor de $110.000.000 (2.100 UVT). Aplica tarifa progresiva: el tramo 1.091–1.700 UVT al 19 % genera ∼$6.700.000 y el tramo 1.701–2.100 UVT al 28 % genera ∼$5.600.000. Total renta ∼ $12.300.000. Además paga ICA en Bogotá para servicios profesionales (tasa ∼ 9,66 por mil): $180M × 0,966 % = $1.739.000. Total régimen ordinario: ∼ $14.039.000.

Opción B: RST
Carlos cae en la categoría «servicios profesionales», tramo 0–6.000 UVT, tarifa del 5,9 %. RST = $180.000.000 × 5,9 % = $10.620.000. El ICA ya está incluido; no hay declaración separada.

Resultado: el RST le ahorra a Carlos ∼ $3.419.000 al año y elimina la declaración de ICA ante la alcaldía. Para él conviene claramente.

Cuándo el RST NO conviene: el contraejemplo

Luisa tiene una fábrica de muebles en Medellín con ventas de $500.000.000 al año, pero sus costos de materias primas, mano de obra y arriendo de bodega suman $430.000.000. Margen neto: $70.000.000 (14 %).

RST para actividades industriales en el tramo 0–6.000 UVT: 1,8 % de $500M = $9.000.000.
Régimen ordinario: renta líquida $70M, con deducciones su base gravable baja a ∼$50M (954 UVT), que está por debajo del mínimo exento (1.090 UVT). Impuesto de renta = $0. ICA en Medellín para industria: ∼ 4,14 por mil sobre ingresos = $500M × 0,414 % = $2.070.000. Total régimen ordinario: $2.070.000.

Para Luisa el RST costaría $6.930.000 más al año. El régimen ordinario es mejor cuando los costos son altos y la utilidad neta es baja.

Pros y contras del RST en 2026

A favor del RSTEn contra del RST
Una sola declaración anual (reemplaza renta + ICA)No permite deducir costos: paga sobre ingresos brutos
Tarifa plana por tramo: fácil de calcularPuede salir más caro si el margen de utilidad es bajo
No es agente retenedor de renta ni de IVA (salvo excepciones)Anticipos bimestrales generan flujo de caja más frecuente
Reduce carga administrativa y contador contableNo puede compensar pérdidas de años anteriores
Evita el cálculo complejo de rentas exéntas y deduccionesServicios profesionales pagan hasta 14,96 % sobre ingresos brutos
Ideal para quienes inician actividad por primera vezSalida del RST requiere esperar hasta el 31 de enero del año siguiente

¿Cómo salir del RST?

Para salir del RST y volver al régimen ordinario, el contribuyente debe actualizar el RUT antes del 31 de enero del año en que quiere hacer el cambio. El proceso es el mismo que la inscripción pero en sentido inverso: se retira la responsabilidad 47 y se vuelve a activar la responsabilidad 05 (declarante de renta ordinaria).

También hay causales de exclusión obligatoria: si los ingresos del año superan los 100.000 UVT, la DIAN excluye automáticamente al contribuyente del RST. Del mismo modo, si la DIAN detecta que el contribuyente realizó actividades no permitidas (inversiones, rentas pasivas, contratos de Estado que superan el umbral), puede excluirlo de oficio.

Preguntas frecuentes sobre el RST

¿Cuándo conviene pasarse al Régimen Simple?

Conviene cuando sus ingresos brutos son altos en relación con sus costos: restaurantes, consultores, peluquerías y comerciantes con márgenes superiores al 20-30 % suelen pagar menos en RST que en el régimen ordinario. También conviene si la contabilidad formal le cuesta más de lo que le ahorra en impuestos: muchos micro y pequeños empresarios pagan contador por el régimen ordinario cuando el RST les simplificaría todo.

¿Cuál es la tarifa del RST para mi actividad?

Depende de su actividad y de sus ingresos brutos anuales. La tarifa más baja es 0,82 % para comercio al por mayor y menor (tramo 0–6.000 UVT). La más alta es 14,96 % para servicios profesionales con ingresos entre 80.001 y 100.000 UVT. Vea la tabla de tarifas de este artículo y compare con su estimado de impuesto en el régimen ordinario antes de decidir.

¿Cómo me inscribo en el RST?

Actualice su RUT en muisca.dian.gov.co antes del 31 de enero del año en que quiere pertenecer al RST. En la hoja 3 de responsabilidades, agregue la responsabilidad 47 (RST) y retire la responsabilidad 05 (régimen ordinario). Si inicia actividades por primera vez, haga la inscripción directamente en el momento del registro del RUT.

¿El RST reemplaza también la declaración de IVA?

No. El IVA no hace parte del RST. Si usted es responsable del IVA (régimen ordinario del IVA), sigue declarando bimestralmente o cuatrimestralmente según sus ingresos, igual que antes. Lo que el RST sí absorbe es el ICA municipal y el impuesto al consumo en restaurantes y bares, además del impuesto de renta.

¿Cómo salgo del RST si no me conviene?

Actualice el RUT antes del 31 de enero del año siguiente al que desea salir del RST. Retire la responsabilidad 47 y vuelva a activar la responsabilidad 05. Si se pasa de los 100.000 UVT de ingresos ($5.237.400.000 en 2026), la DIAN lo excluye automáticamente para el año siguiente. No existe sanción por cambiar de régimen dentro de los plazos establecidos.

Anticipos bimestrales RST: cómo y cuándo pagar

El RST no se liquida en una sola cuota anual. Los inscritos hacen 5 anticipos bimestrales en MUISCA y una declaración definitiva en julio del año siguiente:

PeríodoMeses cubiertosFecha límite aproximada
1.º bimestreEnero – FebreroFinales de febrero
2.º bimestreMarzo – AbrilFinales de abril
3.º bimestreMayo – JunioFinales de junio
4.º bimestreJulio – AgostoFinales de agosto
5.º bimestreSeptiembre – OctubreFinales de octubre
Declaración anualTodo el añoJulio del año siguiente

Cada bimestre se genera en MUISCA un Recibo Electrónico de Pago (REP): ingresos del período × tarifa RST. En la declaración anual de julio, esos anticipos se descuentan del impuesto total. Si los anticipos superaron el impuesto final (porque los ingresos cayeron al cierre del año), el exceso queda como saldo a compensar. No pagar los anticipos en plazo genera intereses de mora; la DIAN los cobra igual que si fuera el impuesto definitivo.

RST e IVA: lo que hay que tener claro

Uno de los puntos que más confunde al inscribirse en el RST es el IVA. La respuesta es directa: el RST no incluye el IVA. Si vende productos o servicios gravados y supera los umbrales de responsabilidad del IVA, sigue obligado a facturar electrónicamente con IVA y a presentar las declaraciones bimestrales o cuatrimestrales en MUISCA.

Lo que sí cambia con el RST respecto al IVA: el contribuyente RST no es agente de retención de IVA ni agente retenedor de renta. Esto significa que no debe practicar retenciones a sus proveedores al pagar facturas, lo que reduce significativamente la carga administrativa de contabilidad y nómina.


Para entender mejor cómo funciona la tributación en Colombia, revise nuestra guía de DIAN e impuestos. También puede serle útil saber cómo actualizar el RUT en la DIAN para hacer el cambio de régimen.

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